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jueves, 12 de abril de 2012

Interpretativismo y no interpretativismo. (2min.)


Interpretativismo y no interpretativismo. (2min.)

©Juan B. Lorenzo de Membiela

El regreso a la historia es una huida de un presente que resulta   hostil. Para , Horwitz , se produce cuando se acumulan dudas sobre las verdades eternas. 

 En situaciones en donde la conflictividad comprometa la buena administración, quiebran los derechos, quiebran las obligaciones y se anulan los deberes. Por muchas garantías que se intenten justificar y por muchos procesos  que se instauren,  en la mayoría de las ocasiones serán  sólo excusas para justificar una ruptura de los derechos del ciudadano . Ello contribuirá  a fomentar una  decadencia ya anunciada a la que es cómodo subirse por sus indudables beneficios particulares y perversos efectos sociales . No es algo puntual , tampoco territorialmente concreto.

La crisis de la justicia aconteció en EEUU en la primera mitad del s. XX, concretándose en la actividad desarrollada por el Tribunal Supremo al interpretar la Constitución y ejercer el control constitucional de las leyes, analizando en especial la jurisprudencia Warren (1953-1969). Corrían dos posiciones doctrinales sobre la función jurisdiccional denominadas «interpretativismo» y «no interpretativismo».

El interpretativismo defendía la vinculación del juez a la ley, a sus mandatos explícitos o implícitos. El no interpretativismo sostiene la libertad del juez para actuar, desbordando el estricto marco del texto legal que interpreta, en orden a la indagación de sus principios inspiradores y de los fines por la norma queridos, realizando de este modo una labor de concreción y de plasmación de los valores fundamentales comúnmente aceptados por la sociedad de una época determinada

Frente a esta dicotomía criticadas por su parcialidad , J.H. Elt  ofrece otras alternativas , entre ellas, el procedimentalismo[1], postulando una actuación jurisdiccional más en consonancia con el sentir del momento, en el contexto propio y complejo de una sociedad democrática evolucionada y en relación con el resto de los poderes y demás instancias políticas en juego.

El resultado no es otro, no puede ser otro , que  una interactuación del juez con el resto de poderes que de algún modo puede ser rechazable  en nuestro ámbito cultural en donde todavía se defienden los principios  de imparcialidad e independencia del art. 117.1º CE ,  y cuya defensa y fiscalización corresponde al CGPJ.


[1] Elt, J.H. Democracy and Distrust. A Theory of Judicial Review («Democracia y desconfianza. Una teoría de la revisión judicial»), Harvard University Press, Cambridge ,Massachusetts,, 1930, pp. 268 y ss..

Responsabilidad y relativismo (4 minutos)





Responsabilidad y relativismo   (4 minutos)


©Juan B. Lorenzo de Membiela








Un directivo debería ser algo más que un puesto público provisionado mediante libre designación por voluntad y acción política. Única expresión para cursar lo que antaño se conocía como carrera administrativa, cursada por el transcurrir del tiempo en servicio activo. 

La madurez e institucionalización en la cultura burocrática era premisa para ejercer la gerencia en lo público garantizando una continuidad y una fidelidad a la autoridad promotora del nombramiento. Esta situación produce dos consecuencias: el mantenimiento de la estructura de poder y su gestión hacia los objetivos fijados de conformidad a la LOFAGE  aunque  modalizados a voluntad del poderdante del nombramiento. 

Supone que  la Administración se convierte en sujeto pasivo de diferentes actores, políticos, que  escenifican la intensidad de su  poder  mediante la designación de cargos afines.

No es extraña esta situación en la cultura occidental, en la UE. Se manifiesta, como apunta Peters,  en las siguientes  notas:

a) Capacidad para designar y despedir funcionarios.

b) Capacidad para reubicar  a empleados públicos  en distintas unidades, órganos y agencias.

c) Creación de equipos personales temporales, equipos de alto rendimiento de apoyo inmediato al directivo.

d) Capacidad ejecutiva para reorganizar el Gobierno.

En la organización pública anglosajona, por ejemplo, el Presidente de EEUU tiene la potestad de nombrar a 3000 personas para su rama ejecutiva. Puede  despedir a la mayoría de ellas sin necesidad de consuno con el Senado y designar a su equipo personal pero su capacidad operativa, más allá de esto,  se halla constreñida[1].  

No tantas ventajas posee  el Primer ministro británico  como tampoco sus ministros frente al secretario permanente. Thatcher modificó esa inmutabilidad ejecutiva, ampliando, aunque escasamente, las posibilidades de designación directa[2].

En la organización pública continental, Francia, Bélgica y Alemania,  disponen de potestad para designar y cesar funcionarios en puestos de responsabilidad[3].  

Es indudable las ventajas  para  la acción de gobierno designar cargos en los que se tengan confianza para ejercitar gerencia en toda su amplitud y responsabilidad . Esta situación favorece lo que recoge  López Medel con remisión a Messner[4]:

« […] Los Parlamentos dejan escapar hoy una importante parte de su derecho de legislar por medio de su cesión a la burocracia en forma de autorización para la promulgación de reglamentos . . ., y autorizan con frecuencia a los departamentos competentes de la administración para que ordenen la ejecución por la vía de la potestad reglamentaria ministerial. Mientras que la representación del pueblo, el Parlamento debe ser el legislador permite, sin embargo, el ejercicio de una considerable parte de la legislación, como "legislación delegada", por órganos que no pueden ser controlados por el legislador, por el Parlamento […] » .


De este último sistema deriva la percepción del poder administrativo como la capacidad de represión, tal y como era definida por Foucault[5]

La represión o coacción   es una opción efectiva consecuencia del ejercicio de la autoridad legitimada por el principio de jerarquía del art. 103.1º CE. 

De esa visión clásica se pasa a otra distinta consecuencia del asentamiento del Estado liberal, el énfasis en la operatividad de los derechos humanos y las continuas interacciones entre diversos países ocasionadas por la globalización económica. 

Pero también se deriva otra consecuencia, la exigencia de responsabilidad por el ejercicio de la libertad de elección.

Comenta Herbert Simon que tanto el capricho político como la política sobre una cuestión, provienen de la misma causa fundamental: la incapacidad de la gente para reflexionar sobre muchas cosas al mismo tiempo[6]. Y dada esta constante, es preciso recordar que el núcleo esencial de la Administración y sus cargos es la persona, concretamente su dignidad. 

Por imperativo de los valores constitucionales e iusnaturalistas que sustentan y legitiman  el poder político y la anuencia legislativa  ,  bien sea a través del humanismo cristiano, bien a través del socialismo moderno según Sciacca[7].

Decadencia social y regreso del hombre a su primigenia tribualidad. Se pierde perspectiva de comunidad fortaleciendo la localidad. Provocando una génesis que, desde lo jurídico, destruye la libertad, la dignidad, el honor, el núcleo esencial de la persona.

Cuando el soporte espiritual del hombre desaparece, el individuo pierde su conciencia, embarcándose a la deriva sin rumbo. Las referencias morales entran en crisis volviéndose valores vacíos, referentes inocuos de actuación. Palabras sin contenido. 

El fariseísmo útil en tanto en cuanto sirva al promotor para conservar su estatus de poder es lo único válido: la egolatría es la única confesión admisible y permitida, la esquizofrenia de la doble moral alejada de la realidad y más cercana a espurios intereses.

Los grandes hombres temían a la historia, a su juicio inclemente, más allá del uso y abuso temporal de efímeros cargos políticos, pero hoy, el relati­vismo más extremo priva al hombre de una dimensión espacial, concretándola en otra brevísima, de carácter temporal, insignificante, efímera.

 Elevando el he­donismo como fruto deseable de un presente, que es lo único válido y trascendente. Ello genera la condensación del hombre a un momento con­creto. 

Una vez que pierde su perspectiva universal, lo inminente es la angus­tia de su vida porque contempla su insignificancia. Y esa idea permite prescin­dir de la dignidad y la ética,  de lo infinito como patrimonio íntimo. 

Llegados a este punto, cualquier actitud es permitida porque el individuo pierde toda referencia y límite moral, cosificándose.



[1] Mackenzie, G. Calvin, The In-and-Outers: Presidential Appointees and Transient Government in Washington, 1963; Robert Moranto, Politics and Bureaucracy in the Modern Presidency: Careerists and Appointees in the Reagan Administration (Greenwood Press, Westport, CT, 1993).

[2] Peters, B.Guy, La política de la burocracia, Fondo de Cultura Económica, México, 1995, p. 482.

[3] Hans-Ulrich Derlien y Renate Mayntz, Party Patronage and politicization of the West German Administrative Elite 1970-1987, Governance, 1989, 2 y .eo Moulin, "Politicjzation of Belgian Administration", en Mattei Dogan i :comp.), The Mandarins ofWestern Europe (Halstad, Nueva York, 1973).

[4] Mesner, J.,  La cuestión social, Madrid,  1966, p. 616 y López Medel, J., Seguridad jurídica y socialización, Anuario de Filosofía del Derecho, Instituto Nacional de Estudios Jurídicos. X, 1963  p.18.

[5] Foucault, M., Pouvoir et savoir, en Michel Foucault. Dits et écrits II. 1976-1988, París, Gallimard, 2001, p. 401 .

[6] Simon, Herbert, A., Naturaleza y Límites de la Razón Humana, Fondo de Cultura Econó­mica, México, 1989, pp. 97-137.

[7] Sciacca, E., Interpretación de la democracia, Edersa, Madrid, 1994, p. 94.

Gobernanza e ingobernabilidad (...) ( 7 min.)

Gobernanza e ingobernabilidad en una Europa cambiante.
( 5 minutos)
©Juan B Lorenzo de Membiela

Podría coincidir con Habermas que en la sociedad occidental concurre hoy un Estado administrativo que garantiza la libertad y garantiza el poder de organización a través de cauces políticos . Y sin embargo discrepo de ello por varios motivos, uno de ellos, y sobre el cual no quiero detenerme, trata de las consecuencias de la Revolución Francesa  cuyos postulados sientan lo que ha venido en llamarse "Nuevo régimen" o "Estado moderno". Idolatrada y erosionadas sus aristas por el paso del tiempo, no supuso , sin embargo, un orden diferente al que defenestró, sino que disfrazó antiguos privilegios estamentales por otros semejantes si bien justificados bajo la oportunidad política o el bien general; conceptos abstractos que hoy son superados restando legitimidad a todo el aparataje institucional creado.

Otros diferentes, la Shoah del nacionalsocialismo, el totalitarismo del marxismo y la decadencia de la Europa de las metrópolis, han generado dos consecuencias: primera, sensibilidad ante la violación de la integridad moral y corporal. Segunda, indiferenciación de los conceptos « vencedor» y « vencido»; « dominante» y « dominado», la ambivalencia de un ser y un estar en la vida a causa de imputs generadores de incertidumbre.

Alejándonos de cadenas que se arrastran por los pecados de un ayer, se superan los límites de lo físico ponderando lo intangible. Son los tiempos del fondo que no de las formas. Es el éxodo hacia el hombre multidimensional cuando las colectividades quiebran por no satisfacer conciencias. Ante este vacío, de una magnitud asfixiante, surgen iniciativas de unos pocos, proyectos, regeneracionistas todos, dirigidos a la sociedad, a la política y a la economía. Se quiere y se necesita superar un relativismo que se ha convertido en valor, implantado en una sociedad que adopta, narcotizada, una cultura sin Dios, lo que significa una sociedad sin verdades. Superando con ello la equivalencia entre ser –verdadero-bueno-bello, como sostiene Ruiz Retegui ya que no se plantea si lo bello (que atrae) es verdad y bien.

Esto no sólo se limita a la ciencia política , a la  sociológica, también a la jurídica, porque causa una erosión profunda de los principios sobre los que se construyó el Derecho y una erosión profunda de los principios sobre los que se aplica el Derecho: usados en la interpretación jurídica para  la resolución   de procesos ,de modo transversal ,suponen una fuente indirecta del ordenamiento jurídico capaz de promover normas jurídicas. Principios fraguados en el tiempo sobre ideas cristianas en donde hay un bien y hay un mal cierto, y en donde la dignidad de la persona, la misma que ha permitido la racionalidad laica excluyente, protege a un hombre libre en su decisión personal, sin  miedos a las tiranías, a las insolencias, contumelias y oprobios.

De entre varias iniciativas quiero centrarme en una, de carácter poliédrico, de carácter expansivo, aglutinador de distintas sensibilidades sobre el cambio en la acción de gobierno a través de la organización pública y sobre el cambio en la sociedad europea respecto a sus instituciones sobre  un escenario de ingobernabilidad.

 Comprende también la percepción de la representatividad que supera los férreos límites de una democracia decimonónica anquilosada. Incapaz para gestionar corrientes de opinión dispares aún los avances en las comunicaciones telemáticas.

Mediante la gobernanza o gobernación , se pretende, además de recuperar un protagonismo de los ciudadanos, legitimar y liderar la decisión gubernativa. Para Fernández Sola, la gobernanza europea persigue, estratégicamente, modificar y adaptar las instituciones de la UE y reforzar la coherencia de sus políticas potenciando una imagen compacta de su acción y de los principios que la inspiran.

Para Rosenau y Czempiel, opera como acción del poder público sin ostentar su condición de institución; implica adoptar decisiones sin gobiernos ,en un sentido formal, pero sí con otros actores que interactúan con aquél y que participan de su acción a través de asociaciones y organizaciones no gubernamentales. Pero si esa interacción  entre gobierno y sociedad –sobre esta hipótesis se trabaja  -  no ha paliado un euroescepticismo, al menos, refleja una identidad y unos valores europeos comunes allende sus fronteras. Quizás en esa  percepción de unidad se encuentre  gran parte de su peso político .

Uno de los objetivos  más destacables de la gobernanza es la lucha contra la corrupción. Hecho éste que casi siempre ha preocupado a los gobernados pero en el cual incurren de un modo u otro los gobernantes rememorando a Lord Acton. 

Conectamos aquí con la antropología bodiniana con resonancias a Maquiavelo para quien en el hombre hay una tendencia natural hacia la corrupción. Si admitimos este imperativo intemporal , habrá que asumir que el hombre con poder es corrupto por naturaleza en atención a las obras para alcanzarlo y mantenerlo. 

O bien que el poder corrompe al hombre que cae inexorablemente en su efímera fascinación. Y no me refiero a lo excéntrico, a la corrupción ficticia y  grotesca con fines políticos o a la corrupción grosera-monetaria, de carácter delictual. Existen otras esferas de actuación personal, de corrupción más sutil, más elaborada en donde la toma de decisiones no son consecuencia de una aplicación objetiva del Derecho. Porque se persigue satisfacer, desde posiciones de preeminencia, fines cercanos al fuero interno de la autoridad y que escapando a las rigideces de los reglamentos, sólo los principios y valores de la autoridad son capaces de limitarlos .Esto también es corrupción aunque no tenga una exteriorización sórdida pero causen daños personalizados . 

Habrá , por ello, que comenzar a plantearse la sutileza y la levedad de acciones artificiosas más allá de los vistosos y estridentes escándalos, muchos de ellos inconsistentes frente a otros más discretos y silenciados por un miedo paralizante.

Otro propósito de la gobernanza trata de evitar la ingobernabilidad. De contenido  menos instrumental, más esencial, refiere  al concepto de Estado y la trascendencia de los ciudadanos en la decisión gubernativa. 

Penetramos en los ámbitos político, económico y administrativo. Más significativo, tocante a la propia existencia y efectividad del gobierno como institución investida de auctoritas. Ello ocasiona arduas polémicas doctrinales. Entre muchas, la expuesta por Mayntz, que constata una ruptura entre la teoría de la democracia y la teoría de la gobernanza política .

 Otra, la expuesta por Aguilar Villanueva, desde una perspectiva gerencial, para quien la gobernanza es un cauce para instaurar racionalidad y eficacia en el poder público para la conducción de la sociedad 11. Un instrumento para superar las incapacidades gestoras que han ocasionado daños a la sociedad, sin mayor responsabilidad, y truncado, es lo importante, oportunidades futuras y progresos lineales en la organización en provecho de todos.

Se quiera evitar la ingobernabilidad, definida como una discrasia entre el flujo de las demandas políticas y el de las respuestas institucionales  que avocaría a un régimen autocrático. Se trataría de una crisis fiscal del Estado desbordado por exigencias prestacionales.

Se caracteriza la ingobernabilidad por una creciente desigualdad social, por una desestructuración de valores, intereses y poder; por la dificultad de llegar a consensos, por la interdependencia de los procesos de decisión político- estatales con intereses socioeconómicos particulares, por exigencias cambiantes y conflictivas que surgen al Gobierno; por protestas políticas e iniciativas cívicas discrepantes con políticas gubernamentales, por el descontento y escepticismo hacia los partidos políticos, por mayorías parlamentarias inestables, por el aumento de la burocracia, por la crisis financiera que succiona al Estado. 

Todo ello junto a la reducción de la seguridad jurídica de las instituciones públicas, elementos, todos ellos , soportados por la sociedad 16 y que propicia una atmosfera de inseguridad impredecible en sus consecuencias.

Vallés habla de los problemas reales de la democracia como consecuencia de la insatisfacción por su rendimiento, acotando, como problemas esenciales: la democratización de los partidos (con eventuales elecciones primarias y riguroso control de la financiación), más democracia directa, más transparencia administrativa, más controles parlamentarios y mayor  eficacia judicial. Hoy no testimoniales sino inexistentes por la disciplina de partido, lo que justificaría modificar el término democracia parlamentaria por la de democracia de partidos . Se suma , en los últimos años, una corriente de pensamiento  que recoge la crisis  en  la organización territorial del Estado , pasando de una centrifugación territorial a otra  centrípeta fundamentándola en la eficiencia económica y gestora.

A ello se une el oscurantismo del poder, destacado por autores -Max Weber-  pero característico de los sistemas burocráticos, sin mayor relevancia científica que la propia burocracia en sí misma considerada .

En esta acepción, la gobernanza se centraría en crear un cauce de participación de la sociedad civil en los procesos de gobierno. Cooperación entre el poder legitimado y sociedad civil de la que emana esa legitimidad para alcanzar una mayor aceptación de la acción pública comunitaria 18.

 El Dictamen de 27 de mayo de 2002 del Comité Económico y Social centra el objeto de la gobernanza en superar el escepticismo del ciudadano europeo causado por percepciones erróneas, mala comunicación, participación inadecuada, falta de conocimiento e intangibilidad en la acción europea. 

Este hecho   justifica la teoría de la «Media malaise» dentro de las teorías de la desmotivación política y ,concretamente, la paradoja de Ronald Inglehart: Los públicos de las sociedades industriales avanzadas democráticas, estables y prósperas, no muestran niveles más altos de satisfacción con sus sistemas políticos que los públicos de los sistemas autoritarios y pobres; muy al contrario, por asombroso que parezca, muestran significativamente menos confianza en sus líderes e instituciones políticas que sus iguales en los países en vías de desarrollo .

Aniquilamiento del espíritu (4 min.)


Aniquilamiento del espíritu.


(4 min.)


©Juan  Lorenzo de Membiela
Doctor por la UV

Karl Lorenz explica que lo que amenaza la existencia de una especie animal no es el enemigo que con ella se alimenta sino siempre  el competidor del enemigo. El ejemplo lo expone  en su obra «  Sobre la agresión: el pretendido mal ». Cuando el hombre llega a Australia lo hizo con una especie de perro, el dingo. Revertido el animal  a su estado salvaje, no acabó con  ninguna especie que le proporcionaba sustento pero sí con otras como los grandes marsupiales  carnívoros que consumían el mismo alimento. 

Lejos del plano etológico y cercanos al  social, se constata una transposición de ese ejemplo.  El uso  del sufrimiento ajeno   para alcanzar fines   propios y luego  desechar al afligido  como mercancía usada ha sido visto, por desgracia, en varias ocasiones. Es una práctica rechazable y que responde sólo a un materialismo en ejecución de la máxima de que todo vale para alcanzar el fin, el poder, el beneficio, la ventaja oportunista   . Este hecho es reprobable. No  cabe  en una  formación moral mínima pero no he visto ningún texto que lo recoja explícitamente como regla o método de conducta.  Al menos en  textos contemporáneos. Sí se encuentra, sin embargo, en un código tan lejano  en su origen, como es el Bushido o código del guerrero japonés.  El Bushido  es básico para entender la cultura japonesa, en el pasado y en el presente,  y  dice: la bondad hacia los débiles, los labriegos o los vencidos, fue siempre exaltada como apropiada particularmente para  un Samurái ( Inazo Nítobe,2005) . La bondad doblega bajo su ascenso todo aquello que es un obstáculo para su fuerza, lo mismo que el fuego es vencido  por el agua. Conmoverse por la desgracia es la fuente de la belleza. Un hombre bueno está por consiguiente siempre afectado  por el espectáculo de los que sufren y se encuentran en dolor.

Pero hoy en nuestra sociedad la reparación del mal que causó ese dolor  es ignorada y  molesta al  « adversario »  y  al  « enemigo »   y ello porque no genera rédito alguno. Hay una decadencia en este proceder  y un sometimiento de lo espiritual a lo material.  Supone, en suma,  una cosificación de la persona que degrada su dignidad. E  Inversamente, la vileza beneficia a cualquier  organización que da un paso hacia atrás   en la   regeneración cívica, asumiendo que sin conceptos morales todo es  más asequible. Confrontando una y otra situación, el idealismo nipón se proyecta hacia la eternidad, mientras que el materialismo occidental se proyecta hacia  lo efímero.

El  idealismo es peligroso por lo que supone de desafío frente a lo comunitario.  En el conformismo  de la sociedad reside el arte de la gobernación. El gobierno de los mansos. Un conformismo aletargado hace al terror menos violento e ideológicamente menos explícito. Estadio fecundo, puerta de lo pretotalitario. Un clima social enmudecido  acaba legitimando en la sociedad   cualquier exceso político (Arteta, 2010). Este es el peligro de la falta de libertad de comunicación y de pensamiento.
Hay que callar   anímicamente al idealista y destruirlo socialmente: La « solución final ». Opción pulcra, impune, abyecta. Al  estilo de las prácticas de « curación  » o « reeducación »  soviéticas  que perseguían    distorsionar, debilitar  y  destruir las funciones mentales de los disidentes. La  divergencia fue  temida,  y se trató de eliminarla  con fármacos o con el miedo a los fármacos. En esa práctica se constató  un uso abyecto de la ciencia y una degradación  médica  ignorando  su código deontológico por miedo al poder (Levi, 2000) o por su complicidad con él.

La ingeniería del aniquilamiento del espíritu es multiforme. Hoy también se emplea. Es una lucha que tiene un principio  y un final siempre con una víctima  pero en el que intervienen  propios y ajenos. Una sociedad, y más en crisis,  necesita de anecdotarios escandalosos   para justificar lo que ya está degradado. Poco importa lo autentico, sólo es importante lo accesorio. Lo  verdadero  es el fundamento de la libertad pero hay miedo a ser libre porque al  serlo se  asumen obligaciones  en una comunidad en donde no existen el bien y el mal como categorías concretas.

Cuando la responsabilidad como concepto moral queda difuminada  también lo hace el  concepto de honor. Éste  es un  bien que se refiere a  la estimación de la persona en la sociedad y por la sociedad. Tiene  un aspecto íntimo y personal, consistente en la estimación personal de su dignidad  por ajustar su vida y su conducta a un patrón moral que la comunidad mayoritariamente estima honesto y honrado. Cuando lo mayoritario en la sociedad no responde a esos conceptos sino a otros, todo queda modulado de otro modo, diferente y distinto de lo que ha sido pero que ya  no es. Sin honor y sin responsabilidad fácil es constatar lo maleable  que resulta la sociedad y  con ello cuestionado la esencia misma de la democracia porque como declara Pieter Droist:

 « Con demasiada frecuencia, la democracia se ha identificado con los derechos populares, aunque en realidad la democracia se ha levantado gracias a la responsabilidad política y social de todos los ciudadanos. Tanto en lo que se refiere al Estado como a la comunidad de estados, la sociedad democrática, que se basa en el respeto a los derechos humanos de todas las personas y a los derechos naturales de todos los pueblos, sólo puede asegurarlos y mantenerlos cuando la responsabilidad política, económica y social que corresponde a esos derechos, se respeta plenamente […]  » .

Más preocupante  sea que en el Foro de Davos en enero de 2012 se haya planteado la operatividad de la democracia  en un escenario de  crisis que exija un gran sacrificio  social. Sin duda es la hora del liderazgo y éste sólo prosperará cuando se construya sobre la  verdad generosa y no sobre la mentira egoísta.




INCOMPATIBILIDADES DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS, EDITORIAL ARANZADI, PAMPLONA, 2012 (5 MIN.)


INCOMPATIBILIDADES DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS, EDITORIAL ARANZADI, PAMPLONA, 2012(5 MIN.)
JUAN B. LORENZO DE MEMBIELA, AUTOR DE LA OBRA “INCOMPATIBILIDADES DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS”

“La Gerencia es una ciencia y como tal debe asumirse”

31 de Enero de 2012
  • "Hablar de gestión obligatoriamente implica hablar de personas y la forma más optima de dirigirlas en un marco de respeto a su  dignidad"
  • "Toda organización comete errores  pero también muchas  alcanzan sus objetivos"
Entrevistamos en Legal Today a Juan B. Lorenzo de Membiela, un administrativista que estudia su campo desde una perspectiva profundamente valiosa para quien se dedica a este aspecto del Derecho: desde el punto de vista del funcionario, viendo la Administración como un centro de trabajo de personas con cualificación objetiva sometidas a una jerarquía; a partir de un estudio práctico en donde se conjugan sentencias de los tribunales y casuística administrativa dictada por la Comisión Superior de Personal.
Legal Today

¿Cuál es la situación en la Administración española, estatal y autonómica?
La Administración como el resto de la sociedad  sufren las consecuencias de una crisis financiera global  que ha provocado unas medidas de contención del déficit público. En ejecución de ese objetivo, las retribuciones de los empleados públicos se han reducido  desde  2010  y están congeladas  para  2012. También se ha reducido considerablemente la tasa de  reposición de efectivos, es decir, se ha  limitado provisionar las vacantes por jubilación o incapacidad u otras causas  de funcionarios en activo.  Esto ocasiona una reducción importante de personal y motiva, del mismo modo, un incremento de la carga de trabajo, notable,  en varias administraciones. Este hecho, por ejemplo, no ha tenido trascendencia en los medios.
¿Existe algún error de base jurídico en la estructura administrativa española?
Hablar de estructuras  administrativas implica hablar de diseño político sobre lo que se  quiere organizar administrativamente. No me corresponde a mí, como estudioso, pronunciarme sobre ello.
Constato un escenario de crisis y un gasto público que se generó años atrás que está siendo cuestionado hoy.  Pero son hechos  no coetáneos, producidos en  años  distintos: un  hoy crítico y un ayer muy prospero.
Cada una de esos momentos responde a circunstancias y previsiones diferentes. La crisis global está afectando a   España muy duramente  y a la zona euro y el ajuste ha llegado de modo necesario para evitar una quiebra del Estado con repercusiones muy negativas en la economía europea y mundial.
¿El Derecho puede hacer algo para mejorar las noticias que cada día saltan a la prensa...acerca de la “mala prensa” de la Administración?
El Derecho garantiza  una libertad de prensa, de opinión  e información. Información veraz como dice nuestra Constitución, pero en ocasiones es más publicitario vender una “mala administración”  que una “buena administración”. Toda organización comete errores  pero también muchas  alcanzan sus objetivos. El error en sí mismo es algo necesario pues  sin ellos no se avanzaría  en ningún proyecto que se inicie.
Mejor  de que la prensa hable mal o bien, es importante que los directivos públicos sepan motivar  a sus funcionarios  incluso ahora, cuando atravesamos momentos de alta  incertidumbre económica y altas tasas de trabajo.
¿Le parece que se habla alegremente de la Administración y sus funcionarios?
Siempre es un tema socorrido en cualquier reunión lanzar algún chiste sobre  funcionarios. Pero esa es la idiosincrasia  que hay.
Últimamente hay noticias acerca de una futura reforma del Código Penal que afectaría a los gestores públicos de fondos. ¿Cómo valora esta posibilidad?

Se está olvidando que uno de los principios de la gobernanza europea desde su Libro Blanco en 2001 es la responsabilidad  en la gestión pública. Pero la misma no ha tenido mayor trascendencia practica.   Las diferentes culturas  que coexisten en una agrupación de países como es la Unión Europea, han impedido que la gestión de lo público tenga un mismo  concepto y finalidad.
La Gerencia es una ciencia  y como tal debe asumirse. Creo que la falta  de esa percepción en lo público ha ocasionado  no pocos problemas  junto a ineficiencias que pueden resultar inexplicables.
En la colección de Derecho Administrativo que usted ha llevado a cabo en Aranzadi destaca la gran tarea de documentación y su contraste con la práctica. ¿Hay otra manera de encarar el Derecho Administrativo?
Siempre he querido realizar este proyecto que me ha llevado varios años. Frente a estudios estrictamente de investigación científica  que no colman si no aspectos muy concretos, opté por un estudio practico en donde con remisiones a autores  se conjugasen sentencias de los tribunales  y  la casuística administrativa dictada  por la  Comisión Superior de Personal.
Muchos de esos acuerdos y dictámenes de la Comisión Superior de Personal  analizan supuestos que no llegan normalmente a los tribunales  y eso es lo que los convierten en útiles herramientas para encontrar soluciones a problemas muy diversos.
El último volumen, acerca de las “Incompatibilidades de los funcionarios públicos”, se ha vuelto más que nunca de actualidad a raíz de las última actuaciones ante los tribunales y la crisis. ¿cómo lo ha enfocado usted?
No hay ninguna conexión entre lo que se trata en este estudio y los ilícitos penales que se están tramitando en la actualidad.  
“Incompatibilidades de los empleados públicos”   obedece a razones de sistemática con el objeto de la colección  que es la función pública en sus aspectos más relevantes. Es una obra exclusivamente administrativa  con la finalidad de aclarar  qué trabajos están permitidos siendo empleado público y cuáles  no lo  están.  Es una línea que en ocasiones es muy tenue  y conviene despejar dudas. La precariedad de las retribuciones públicas  ha originado necesidades   que deben suplirse, el saber cuáles son viables y cuales no ,es lo que pretendo documentar.
La casuística que se recoge perfila con claridad  los límites que la legislación ha impuesto a los servidores públicos. Y esos límites  persiguen  proteger la objetividad  e imparcialidad en la ejecución de sus competencias.  Por ello el mantenimiento de un funcionariado objetivo es  tan importante y básico para una Administración eficiente.
¿Qué obra puede escribir un administrativista en su madurez?
Queda mucho por estudiar y aprender. Estoy muy interesado por la Teoría General de la Administración, aspectos de organización pública y la ponderación en ella de su elemento humano.
Hablar de gestión obligatoriamente implica hablar de personas y la forma más optima de dirigirlas en un marco de respeto a su  dignidad. Como ve, la problemática es compleja por las inercias burocráticas que tienden a cosificar  al funcionario.
Usted ha dedicado su vida profesional y académica al Derecho Administrativo. Si tuviera que dar un consejo a un abogado administrativista, ¿cuál sería?
Dedico mi vida al Derecho, en presente no en pasado. Mi consejo seria conocer la evolución histórica  de las distintas instituciones administrativas. En esa evolución  pueden  encontrarse  respuestas  a interrogantes que las normas vigentes plantean.