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domingo, 27 de diciembre de 2020

La Asociación Internacional del Cabo de Hornos lanza un registro de circunnavegadores solitarios (noticia)

 

La Asociación Internacional del Cabo de Hornos lanza un  registro de circunnavegadores solitarios (noticia)


"Promover y fortalecer los lazos de camaradería que unen a los hombres y mujeres que disfrutan de la distinción de haber viajado a vela alrededor del Cabo de Hornos".

La Asociación Internacional de Cabo de  Hornos (IACH) ha asumido el papel de mantener un registro oficial de aquellos que han completado circunnavegaciones en solitario a través de los Tres Grandes Cabos: Buena Esperanza, Leeuwin y Hornos.


     Fuente: CC BY-SA 3.0,
https://commons.wikimedia.org/w/index.php?curid=57801
El listado, que registra 155 circunnavegadores sin escalas en solitario y otros 143 que han completado verdaderas circunnavegaciones alrededor de los tres cabos con paradas, ha sido compilado a partir de listados mantenidos previamente por Sir Robin Knox-Johnston, el primero en completar la circunnavegación en solitario sin parada en 1969 fue  el historiador DH 'Nobby' Clarke según el Consejo Mundial de Récords de Velocidad de Vela.


Sir Robin dijo hoy: "Parece totalmente apropiado que la CID se convierta ahora en el titular de la lista de circunnavegadores que navegan solos al sur de los Tres Grandes Cabos.

Jean-Luc Van Den Heede, la figura paterna de la vela francesa en solitario y que ha dado la vuelta al  Cabo de Hornos 10 veces, la última vez que lideró la Golden Globe 2018/19, está de acuerdo: 


“Enumerar a todos los regatistas que dieron la vuelta al mundo solos con o sin escalas ha sido una tarea enorme. Es una parte muy importante de la historia de la navegación y espero que se agreguen muchos más nombres con el tiempo ".


El récord actual de circunnavegación sin escalas en solitario más rápida lo tiene el francés François Gabart con un tiempo de 42 días 16h 40 '3 "establecido en 2017 a bordo del trimarán Ultim MACIF de 30 m […]  .

Todos los que completen una circunnavegación a través del Cabo de Hornos pueden unirse a la exclusiva Asociación Internacional de Cape Horners y reclamar un certificado oficial para conmemorar su logro.


El Amicale Internationale des Capitaines au Long Cours Cap Horniers fue fundado en 1936 por un grupo de marinos franceses con base en St Malo para formar un vínculo exclusivo, entre aquellos que habían navegado alrededor del Cabo de Hornos en veleros de aparejo cuadrado. Esos ahora son historia.


El último viaje en velero comercial fue en 1949 cuando el Pamir y el Passat zarparon de Australia del Sur con destino a Falmouth.


En 1969, el Capítulo Británico de la Asociación se convirtió en la Asociación Internacional de Cape Horners (CIDH) y modificó los criterios de membresía en la cita: 'Promover y fortalecer los lazos de camaradería que unen a los hombres y mujeres que disfrutan de la distinción de haber viajado a vela alrededor del Cabo de Hornos.

Fuente: MasMar

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martes, 22 de diciembre de 2020

Nacimiento de Jesús ( relato de A.C. Emmerich)

 

Nacimiento de Jesús ( relato de A.C. Emmerich)

Nacimiento de Jesus ( relato de A.C. Emmerich)


Nacimiento de Jesús ( Beata A.C.Emmerich)

Período del relato: 24-25 de diciembre.

Año: Cero.

Lugar: Gruta de los pastores. Ciudad de Belén.

Hora de inicio del relato: Anochecer del 24 de diciembre.


El resplandor en torno a la Santísima Virgen se hacía cada vez mayor y ya no se veía la luz de la lámpara que había encendido José. La Santísima Virgen estaba vuelta al Oriente y arrodillada sobre su colcha de dormir, con su amplio vestido (blanco) suelto y extendido en torno a ella.

A las doce de la noche se quedó abstraída en oración; la vi elevarse sobre la Tierra de modo que podía verse el suelo debajo. Tenía las manos cruzadas sobre el pecho y en torno a ella seguía aumentando el resplandor. Todo estaba entrañablemente y jubilosamente agitado, incluso las cosas inanimadas, la roca del techo, las paredes, el techo y el suelo de la gruta estaba como viva dentro de aquella luz. Entonces ya no vi más el techo de la gruta, y una vía de luz se abrió entre María y lo más alto del Cielo con un resplandor cada vez más alto.

En esta vía de luz apareció un maravilloso movimiento de glorias que se acercaban perceptiblemente en forma de coros de espíritus celestiales.

Pero la Santísima Virgen, que levitaba en éxtasis, rezaba ahora mirando hacia abajo, al suelo, a su Dios en cuya madre se había convertido, que yacía ante ella en el suelo como un fragil recién nacido.

Gruta de Belen. Fuente: Pixabay. Licencia CCO


Vi a Nuestro Salvador como un niño muy pequeño y brillante cuya luz sobrepasaba la del resplandor circundante, acostado en la manta delante de las rodillas de la Santísima Virgen. Para mí era como si fuera muy pequeñito y se fuera haciendo más grande ante mis ojos. Pero todo esto solo era un movimiento del otro resplandor tan grande, que no puedo decir con seguridad cómo lo he visto.

La Santísima Virgen estuvo así extasiada todavía un rato y vi que le puso al niño un paño, pero no lo tomó en brazos ni lo levantó. Al cabo de un largo rato vi que el niño rebullía y lo oí llorar, y entonces fue como si María volviera en sí: levantó al niñito de la alfombra y lo envolvió en el pañal que le había puesto encima y lo sostuvo en brazos junto a su pecho. Luego se sentó y envolvió completamente al niño en su velo: creo que María daba de mamar al Salvador. Entonces vi en torno a ella a ángeles de figura totalmente humana adorandolo  con el rostro en el suelo.

Ya habría pasado más de una hora desde el nacimiento cuando María llamó a José, que todavía estaba en oración. Cuando se acercó, se postró sobre su rostro con fervor, alegría y humidad, y solo se levantó cuando María le pidió varias veces que lo apretara contra su corazón y diera gracias alegremente por el sagrado regalo del Altísimo. Entonces José se incorporó, recibió en sus brazos al niño Jesús y alabó a Dios con lágrimas de gozo.

Entonces la Santísima Virgen envolvió al niño en pañales. En este momento no recuerdo la forma de envolverlo en pañales, sólo sé que uno era rojo, y sobre él una envoltura blanca hasta debajo de los bracitos y otro pañalito más por arriba hasta la cabecita. María solamente tenía cuatro pañales.



Luego vi a María y José sentados en el suelo desnudo con las piernas cruzadas uno junto a otro. No hablaban y parecían sumidos en contemplación. Sobre la alfombra delante de María yacía envuelto como un bebé, Jesús recién nacido, hermoso y radiante como un relámpago.

¡Ay!, pensé, este lugar contiene la salvación del mundo entero y nadie tiene ni la menor idea.

A continuación pusieron al niño en el pesebre, que estaba lleno de juncos y hierbas finas y revestido con una manta que colgaba por los costados. El pesebre estaba encima del abrevadero de piedra que había a la derecha de la entrada de la cueva, donde ésta se ensanchaba hacia mediodía.

Esta parte de la cueva estaba más honda que donde nació Jesús, y el suelo estaba desgastado escalonadamente.

Cuando pusieron al niño en el pesebre, los dos se quedaron de pie a su lado cantando himnos entre lágrimas de alegría.

José puso entonces el lecho y el asiento de la Santísima Virgen al lado del pesebre. Antes y después de nacer Jesús, siempre vi a la Santísima Virgen velada y completamente vestida de blanco. Durante los primeros días la he visto allí, sentada, de rodillas, de pie e incluso adormecida , envuelta y tendida de costado, pero de ningún modo enferma o agotada.

Cuando nació Jesús, vi que los pastores asustados por el aspecto insólito de esa noche maravillosa, estaban de pié delante de sus cabañas, miraban en derredor suyo y consideraban con asombro una luz extraordinaria sobre la gruta del pesebre. Al principio los pastores estaban atemorizados, pero un ángel apareció delante de ellos y les dijo: “No temáis, porque vengo a anunciaros una gran nueva que causará gozo a todo el pueblo de Israel.

 Hoy en la ciudad de David os ha nacido un Salvador, que es el Cristo, el Señor. Lo conocerán por éste signo: Hallaréis al Niño envuelto en pañales y acostado en un pesebre”.

 Mientras el ángel anunciaba esto, el esplendor crecía más y más en torno suyo y yo vi cinco o siete figuras de ángeles muy bellas y luminosas. Tenían en sus manos como una larga banderita en la cual había algo escrito con letras grandes como la mano y los oí alabar a Dios y cantar: “Gloria a Dios en lo más alto de los cielos y paz en la Tierra a los hombres de buena voluntad”. 

No vi que los pastores fuesen inmediatamente a la gruta del Pesebre, de la cual distaba más de una legua; sino que los vi deliberar sobre lo que le llevarían al recién nacido y preparar sus presentes con la posible presteza. Ya en la aurora, se dirigieron al pesebre.”


Ana Catalina Emmerich (1774-1824), beatificada por S. Juan Pablo II en 2004.

Aclaración:

Esta narración de Ana Catalina Emmerich corresponde a visiones personales que ella testimonia haber tenido. En la Iglesia estas son llamadas “revelaciones privadas” que según se señala en el Catecismo de la Iglesia Católica… “no pertenecen al depósito de la fe. Su función no es la de "mejorar" o "completar" la Revelación definitiva de Cristo, sino la de ayudar a vivirla más plenamente en una cierta época de la historia.” (Catecismo N° 67)


Fuente: Autores Católicos. Revelaciones de Sor Ana Catalina Emmerich.
Mística alemana 1774-1824.
Religiosa agustina .

Fue exclaustrada a la fuerza por la invasión napoleónica.

Sus revelaciones místicas eran tan detalladas que ayudaron a descubrir la casa de la Virgen en Efeso.

domingo, 20 de diciembre de 2020

Varios países europeos cierran el tráfico aéreo con Gran Bretaña ( noticia)

Varios países europeos cierran el tráfico aéreo con Gran Bretaña ( noticia)


Varios países de la UE se blindan contra una nueva,variante de coronavirus más contagiosa en Gran Bretaña: los Países Bajos impusieron una prohibición de aterrizaje para los aviones de pasajeros del Reino Unido por temor a la propagación de la nueva mutación del virusBélgica e Italia quieren hacer lo mismo, y Alemania también está considerando restringir los viajes aéreos desde el Reino Unido. El gobierno de Londres advirtió que la nueva variante del coronavirus estaba "fuera de control". 

Se culpa a la mutación del virus del fuerte aumento del número de infecciones en el sur de Inglaterra. "Tenemos que tenerlo bajo control", dijo el domingo el secretario de Salud británico Matt Hancock en Sky News. 

                             

La situación es "muy seria". La única opción por el momento es reducir los contactos sociales  […] 





Fuente: : Agence-France-Presse

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Se duplican las muertes por coronavirus en Inglaterra en una sola semana

Las muertes en los hospitales del Reino Unido han aumentado el día en que se introdujeron nuevas restricciones para muchas personas que viven en el Reino Unido debido a una nueva cepa del coronavirus que se mueve rápidamente.


Fuente: The Mirror et al.

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El gobierno federal alemán  quiere restringir el tráfico aéreo con Gran Bretaña por la mutación del virus.

Noticia   ACTUALIZADA EN 
Fuente: FAZ et al.

sábado, 19 de diciembre de 2020

70º aniversario de la Convención Europea de Derechos Humanos ( la importancia de la vida)

Septuagésimo aniversario de la Convención Europea de Derechos Humanos 

                  2 noviembre 1950-2 noviembre 2020

Fuente: Wikicommons.






Su art.2 reconoce el derecho a la vida.

El  17 de diciembre de 2020 se aprueba en España la Ley de la Eutanasia.

 

España, sexto país del mundo y cuarto de Europa en contar con una legislación específica para  este fin sin desarrollar unos cuidados paliativos  que puedan ofrecer una alternativa a este trágico final.

La Europa de los derechos del hombre se alza con otra norma que delata la degeneración de valores y principios ante el silencio de muchos y el clamor de la pandemia. 

El Consejo de Europa firmó el 4 de noviembre de 1950 el CEDH, un tratado internacional para proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales en Europa. 

Los cuarenta y siete países que forman el Consejo de Europa, de los que veintiocho son miembros de la UE, se han adherido al Convenio.

El Convenio creó el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con el fin de proteger a las personas de las violaciones de los derechos humanos. 

Cualquier persona cuyos derechos hayan sido violados en virtud del Convenio por un Estado parte puede presentar su caso ante el Tribunal. 

Esta es una característica innovadora que estableció derechos individuales en la esfera internacional. 


La adhesión de la Unión Europea a la Convención se convirtió en una obligación legal en virtud del Tratado de Lisboa, que entró en vigor el 1 de diciembre de 2009.

La base jurídica para la adhesión de la UE está prevista en el artículo 59, párrafo 2 ("la Unión Europea puede adherirse a este Convenio"), modificado por el Protocolo núm. 14 del Convenio que entró en vigor el 1 de junio de 2010.

Fuente: 

martes, 15 de diciembre de 2020

La cepa de Covid-19 mutada súper contagiosa se ha extendido a Gales y Escocia (variante VUI - 202012/01)

La cepa  de Covid-19 mutada súper contagiosa se ha extendido a Gales y Escocia (variante VUI - 202012/01)

En el Sur de Inglaterra  y Londres ya fue detectada en días pasados ( FT de  14 diciembre 2020)

Los científicos advierten que la variante VUI - 202012/01 parece extenderse más rápido que otras formas y está apareciendo más en las áreas del país donde las tasas de infección están aumentando más rápido  […] .

Es más rápida que la variante española.

Fuente. The Mirror

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Investigadores en el Reino Unido han identificado una nueva variante que ha causado infecciones en casi 60 áreas de autoridades locales, dijo el secretario de Salud Matt Hancock el 14 de diciembre mientras se dirigía a la Cámara de los Comunes, informó The Guardian . Eso equivale a más de 1,100 infecciones totales causadas por la nueva variante, predominantemente en el sur y este de Inglaterra, según un comunicado de Public Health England (PHE), una agencia del Departamento de Salud y Asistencia Social.

En las próximas semanas, tanto PHE como la Organización Mundial de la Salud (OMS) estudiarán la nueva variante y rastrearán su propagación para determinar si es más transmisible  […] 

Fuente: Livescience

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¿Qué medidas se van a tomar para prevenir  su expansión?

La situación de la primera  ola vuelve a repetirse viendo el virus alejado y extraño a nuestra  geografía española.

Transcurren los meses y la fatiga de las medidas de prevención van generando un hartazgo que puede ser comprensible pero no recomendable. En estos momentos  los liderazgos aquilatan su verdadera valía .

  JLM


 


miércoles, 9 de diciembre de 2020

¿Cómo conseguir una buena ventilación? ( Investigación )




¿Cómo conseguir una buena ventilación? ( Investigación )

                                   No superar las 1000 ppm

Abrir ventanas permite regresar a valores normales en muy poco tiempo

Renovar el aire de las estancias cerradas se ha demostrado eficaz para limitar la propagación de la COVID-19. ¿Cuándo y durante cuánto tiempo debemos ventilar?
Fuente: Pixabay. Licencia CC0 


En el exterior, la concentración media de CO2 ronda el 0,04 por ciento. En otras palabras: una de cada 2500 moléculas presentes en el aire es de CO2. Para evitar tener que trabajar con cifras decimales, suelen usarse las partes por millón (ppm). En este caso, hablamos de una concentración de unas 400 ppm, donde, en las ciudades, pueden darse variaciones de unas pocas decenas debido a la contaminación o a la situación meteorológica.

En el aire exhalado, la concentración de CO2 alcanza el 4 por ciento; es decir, unas 40.000 ppm. Se estima que, durante la respiración normal y a presión atmosférica, un adulto libera unos 18 litros de CO2 por hora. Por tanto, en un espacio cerrado y sin ventilar, la concentración de CO2 aumentará de manera gradual  […] .

Fuente: Revista Investigación y Ciencia


domingo, 6 de diciembre de 2020

6 de diciembre de 2020 Dia de la Constitución de España

 6 de diciembre de 2020 Dia de la Constitución de España


                                                      Fuente: Pixabay. Licencia CCO




sábado, 5 de diciembre de 2020

Dulces artesanos hechos por las hermanas de la archidiócesis de Sevilla (dulces para navidad)

 

Dulces artesanos hechos por las hermanas de la archidiócesis de Sevilla (dulces para navidad)


La tienda online de repostería de los conventos sevillanos

TIENDA ON LINE


Recetas centenarias

Pasan los años, pero el sabor sigue intacto en la repostería conventual




Productos naturales

Todos los productos usados son de alta calidad, frescos y naturales







Proyectos solidarios

La recaudación tiene por objetivo ayudar a mejorar los conventos


Fuente:Hechoconfe





























La canciller Angela Merkel es percibida como líder mundial en la lucha contra la pandemia (FUNCAS)

 La canciller  Angela Merkel  es percibida como líder mundial en la lucha contra la pandemia (FUNCAS)

El 72% de los espàñoles reconocen su gestion como muy óptima

Fuente: Pixabay. Licencia CC0
La canciller alemana Angela Merkel se convirtió, para gran parte de las sociedades del sur de Europa, en el símbolo de las medidas de austeridad durante la Gran Recesión, con el consiguiente impacto en su imagen pública. 

Sin embargo, según las encuestas del Pew Research Center, la confianza en Merkel como líder mundial ha aumentado en muchos países desde el comienzo de la recuperación económica, y particularmente desde el estallido de la pandemia. 

Además de en Alemania, la creciente aprobación de Merkel es evidente en Francia, Países Bajos, Italia, Reino Unido y España.

En el caso de los españoles, ha aumentado significativamente su confianza en la Canciller como líder capaz de hacer «lo correcto respecto a los asuntos mundiales». 

En 2014, sólo en torno a un tercio declararon «mucha» o «alguna» confianza en Merkel, mientras que este pasado verano el 72%, casi tres cuartas partes de la población, valoraba positivamente su liderazgo. Este elevado nivel de aprobación cobra mayor relieve cuando se compara con los datos, periódicamente publicados por el CIS, sobre la confianza que generan los líderes políticos españoles.

Fuente: FUNCAS
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viernes, 4 de diciembre de 2020

El 31% de los españoles ha tenido que recurrir a sus ahorros durante la pandemia (FUNCAS): la familia como ayuda a los estados de necesidad pandémicos

 

El 31% de los españoles ha tenido que recurrir a sus ahorros durante la pandemia (FUNCAS): la familia como ayuda a los estados de necesidad pandémicos.

Informe de 4 de diciembre de 2010.

El porcentaje español duplica al de Francia (15%), Alemania (14%) y Países Bajos (12%). Además, el 19% de los españoles ha tenido dificultades para afrontar los gastos de vivienda, cuando el porcentaje de quienes reconocen este problema en esos tres países ronda el 10%. Son datos del último Focus on Spanish Society, publicación editada por Funcas, que en esta ocasión analiza la tercera oleada de la encuesta «Opinión pública en la UE en tiempos de COVID-19» (realizada a principios de octubre de 2020 por el Parlamento Europeo), entre otras cuestiones.

Fuente: Pixabay. Licencia CC0


-Pérdida de ingresos

Las cifras son consistentes con la pérdida de ingresos que declara haber sufrido uno de cada cuatro habitantes de la Unión Europea (27%) y con las significativas diferencias entre países. 

España cuenta -junto con Hungría, Grecia y Bulgaria- con uno de los mayores porcentajes de personas (42%) que afirman haber sufrido pérdidas de ingresos por la pandemia. Italia y Francia -también con gran dependencia del turismo y muy afectados por la crisis sanitaria- muestran porcentajes notablemente más bajos, del 33% y del 20%, respectivamente.

A pesar del fuerte impacto de la pandemia en las finanzas personales de los europeos, a octubre de 2020, la necesidad de pedir dinero a familia y amigos seguía siendo moderada.

-Ayuda

 Uno de cada siete españoles (14%) sí ha pedido ayuda financiera a familiares y amigos, mientras que los porcentajes correspondientes para Francia, Alemania y Países Bajos se sitúan por debajo del 10%. 

-Familia

En todo caso, los datos respaldan la consideración de las familias como proveedores fundamentales de bienestar en los países del sur de Europa.

-Restricciones y derechos fundamentales.

En cuanto a las actitudes de los ciudadanos frente a las restricciones, la tercera oleada de «Opinión pública en la UE en tiempos de COVID-19» también revela diferencias internacionales significativas. 

En la mayoría de los países de Europa del Este, gran parte de la población considera que el daño económico causado por las restricciones de movilidad es mayor que los beneficios para la salud. Por el contrario, las opiniones en Europa occidental se distribuyen de manera más equitativa. 

España se encuentra en el grupo de países con porcentajes inferiores a la media de la UE (48%) de personas críticas ante las restricciones porque consideran que causan más perjuicios económicos que beneficios para la salud  […] .

Fuente: FUNCAS

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Sobre el futuro

Nunca sabremos si una mayor planificación sobre estos estados de calamidad hubieran  evitado mayores males. La epidemia cogió desprevenido al continente europeo que no ha sabido reaccionar  al desafío.
La disparidad de medidas adoptadas en distintos países ha provocado una reacción desigual y desproporcionada entre territorios.
Otorgar mayores competencias a los organismos europeos con expertos adscritos ad hoc para analizar estos peligros   en detrimento de los gobiernos nacionales y territorios autónomos unido a una mayor cultura ciudadana podrán atemperar  estos peligros para el futuro.
El hombre ,como vemos , es sensible a estas  intemperancias biológicas aunque le cueste reconocer su fragilidad y con ello desplegar medidas más eficientes contra la propagación.


JL Membiela,

viernes, 27 de noviembre de 2020

Año Jubilar por el 450 aniversario de la Virgen de la Victoria de Lepanto (reflexión)


« Año Jubilar por el 450 aniversario de la Virgen de la Victoria de Lepanto»



Bandera de Galicia en la batalla de Lepanto, conservada en la Real Armería de Madrid. Fuente: Wikicommons


Juan Antonio Reig Pla, obispo de Alcalá de Henares, cumplirá durante este curso que ahora empieza cincuenta años de su ordenación sacerdotal y 25 desde que fue consagrado obispo. 

Declarado mariano, el prelado ha querido publicar una extensa carta pastoral “Para gestar nuevos cristianos ‘Monstra te ese Matrem’ donde reflexiona sobre la situación actual y la necesidad urgente del anuncio del Evangelio. Y en este enorme reto para los cristianos la Virgen tiene un papel fundamental.

El 7 de octubre de 2021 se cumplieron 450 años de la batalla de Lepanto, en la que la Liga Santa formada por el Imperio español, los Estados Pontificios, la República de Venecia, la de Génova, la Orden de Malta y el Ducado de Saboya, todos ellos capitaneados por Juan de Austria, vencieron al Imperio Otomano convirtiéndose en un momento capital en la historia de la cristiandad.

Felipe II, el rey de Hispania, puso al lado de Juan de Austria, de tan sólo 24 años entonces, como mentor a Luis de Requesens, Comendador mayor de Castilla en la Orden de Santiago, cuya sede estaba en Villarejo de Salvanés, pueblo de la actual diócesis de Alcalá de Henares. Luis de Requesens fue en su momento embajador de España ante la Santa Sede y, por tanto, tuvo ocasión de conocer la Sede de Pedro y al futuro Papa San Pío V.

Monseñor Reig recuerda que “a pesar de los ruegos de San Pío V, la desunión de los príncipes cristianos hacía difícil la empresa. Francia e Inglaterra con sus intereses y la presión de los protestantes hicieron imposible afrontar juntos la avalancha del Islam. Fue Su Santidad el Papa, y la generosidad de España, la que por fin logró poner las condiciones posibles para la Liga Santa. San Pío V le confirió un sentido religioso a la batalla, preparó a los participantes en la Liga Santa enviando predicadores que animaran y asistieran a los que formaban la Armada, con el fin de  mantener vivo el espíritu religioso en sus gentes. Antes de emprender la batalla se celebró la Santa Misa con confesiones. El mismo Papa oraba a la Santísima Virgen buscando su intercesión. Unos días antes del desembarco estaba en su oratorio ante la Virgen y tuvo una visión que le anticipaba la victoria de la Liga Santa. Desde ese momento siempre pensó que la victoria de Lepanto, ocurrida el 7 de octubre de 1571, había sido una concesión de la Virgen del Rosario”.

Fuente:  Cari Filii

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D. Juan Mancebo Hurtado de Matamoros. Nacido en Albacete. Combatió en Lepanto contra los turcos a quienes capturó dos banderas. Se encontraban colgadas en una de las columnas de la hoy catedral. Este hecho es recogido por Espinalt García en 1778,  por Madoz en 1845, por Piferrer en 1860, por  Blanch e Illa en 1866 y por  Peñasco de la Fuente en 1889. Tuvieron que desaparecer o ser destruidas con posterioridad a aquellas fechas  en lo que constituye un perjuicio cultural irreparable por la repercusión histórica de la batalla.


La batalla fue citada por Michael de Montaigne en sus Ensayos, del siguiente modo:


« […]En estos meses pasados ganaron los españoles una batalla gloriosa contra los turcos, mandando las fuerzas cristianas don Juan de Austria. Otras derrotas hemos sufrido nosotros también por la voluntad de Dios, y eso que no somos turcos ».

JLMembiela


domingo, 22 de noviembre de 2020

XLV aniversario de la proclamación como Rey de España a D. Juan Carlos I (conmemoración)

 

XLV aniversario de la proclamación como Rey de España a D. Juan Carlos I (conmemoración)


La monarquía fue la artífice de una transición politica modélica  en donde hubo generosidades y profundas esperanzas para crear una nación referente en el mundo. Se consiguió. Celebramos este aniversario con gratitud y admiración hacia D. Juan Carlos .

I. Del todo a la nada.

Fuente: Pixabay. Licencia CC0
La Constitución de 1978 traza geometrías que no dejan espacios vacíos de regulación. Unos porque están expresamente regulados; otros, porque la coordinación entre las instituciones constitucionales siempre ha procurado un funcionamiento rítmico.


Esa armonía obedece a una voluntad política de los distintos titulares para procurar un clima de normalidad constitucional sobre el que se promueven estabilidades económicas, políticas y sociales.


Nunca, durante años, un engranaje institucional tan meticuloso en su sincronización ha presentado asperezas ni desencuentros. La lealtad preside estas relaciones porque así lo exige el juramento o promesa que se presta para guardar y hacerla guardar. Forma rituaria de acatamiento que no posee, en cambio, alguna garantía para blindar la sinceridad de esa voluntad.

No es preciso recordar que el modelo de monarquía diseñado por las Leyes Fundamentales del Régimen, concretamente la Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado de 1947, aprobada por referéndum el día 6 de julio de 1947[1], presentaba similitudes con la monarquía que pervivió en Francia entre 1814 a 1830 o con la monarquía alemana durante todo el s. XIX hasta la Gran Guerra de 1914[2].Era una monarquía que aglutinaba bajo la figura del rey todos los poderes del Estado  en toda su extensión y profundidad.

Fuente: Pixabay. Licencia CC0
Así recibido el poder por D Juan Carlos[3] tras el fallecimiento del general Franco optó por la apertura democrática promoviendo la Ley para la Reforma Política, Ley 1/1977, ratificada en referéndum[4].  Supuso la derogación tácita de todo el sistema autárquico existente en España hasta la fecha y la convocatoria de elecciones generales.

Convocadas el 15 de junio de 1977 su resultado determinó los partidos políticos que integrarían las Cortes Constituyentes que elaboraron un texto constitucional sometido a referéndum el 6 de diciembre de 1978[5]. Aprobado, fue sancionado por el rey ante las Cortes el 27 de diciembre de 1978.

Entre tanto tuvo lugar un hecho de relevancia monárquica esencial: la trasmisión de los derechos sucesorios de la Corona española de D Juan a su hijo D Juan Carlos y con ello alcanzar la legitimidad de ser heredero de la dinastía histórica.

II. Monarquía parlamentaria

La Constitución de 1978, define a la monarquía parlamentaria como forma política del Estado, art 1. 3º CE. Esta denominación supera las clásicas empleadas por la doctrina española:  formas de gobierno vs. formas de Estado. Y posee un significado más ambicioso comprensivo de ambas[6].

Fuente: Pixabay. Licencia CC0
La bondad de la formula implica que sea la democracia, como forma de gobierno, compatible con la monarquía, como forma de Estado[7].

Consecuencia de esta configuración valgan dos declaraciones expuestas por los constituyentes:

Primera, la recogida en el Diario de Sesiones del Congreso de 11 de mayo de 1978, p. 2.194, que documenta el fundamento del voto particular del diputado republicano del grupo socialista Martin-Toval cuando afirmó: «En suma…ser republicanos hoy puede significar salvar a la monarquía actual de sus adherencias no democráticas, pero recordando que solamente una monarquía, por así decir, republicana, puede tener hoy legitimidad para los demócratas».

Segunda, la recogida en el Diario de Sesiones del Senado de 25 de septiembre de 1978, p. 2.890, que recoge la defensa del voto particular del prof. Ollero Gómez cuando afirma: «[…]Porque hay repúblicas que no son parlamentarias; pero toda monarquía democrática tiene que ser parlamentaria […]».

La monarquía asumida en la Constitución de 1978 presenta delegaciones extensas no reservándose esfera de poder alguno salvo las propias de la organización de su Casa de conformidad al art 65. 2º CE.

No ostenta poder constituyente alguno porque éste reside en el pueblo español, art 1. 2º CE.

No ostenta poder ejecutivo alguno, porque este reside en el Gobierno, art 97 CE.

No ostenta poder legislativo alguno porque este reside en las Cortes Generales, art 66 CE.

Fuente: Pixabay. Licencia CC0
No ostenta poder judicial alguno porque este reside en los jueces y magistrados, art 117 CE.

Es por ello que el rey conserva menos poder que el presidente de cualquier República, como acertadamente apunta Garrido Falla.

Pero, a pesar de ello, no es una institución vacía, meramente testimonial, artificiosa o susceptible de manipulación por los otros poderes constitucionales. Especialmente por el Gobierno de gabinete a través del cual actúa[8].

Sin la participación del Rey se paralizaría toda la maquinaria del Estado.

Presenta varias notas que evidencian su extrema notoriedad:

Primera, la Monarquía parlamentaria se encuentra en el Título Preliminar de la Constitución en donde se definen: forma del Estado, forma de Gobierno, fines del Estado, modelo de participación política de la sociedad, principios generales del ordenamiento jurídico y valores superiores de la organización política.

El Título Preliminar es herramienta interpretativa usualmente empleada por la jurisprudencia de los tribunales, pero también es una fuente de primer orden para la actividad diaria de todas las Administraciones Publicas en el ejercicio de sus competencias.

Todo ello significa que la reforma del Titulo se asimile a la revisión total de la Constitución del art 168, que exige mayoría de dos tercios en ambas cámaras, disolución de las Cortes y reforma propuesta sometida a referéndum nacional[9].

Viene a propósito el principio interpretativo in claris non fit interpretatio frente a quienes defienden reformas constitucionales empleando ingeniería jurídica construida sobre postulados políticos que pretenden evitar las garantías del art 168.

Segunda. El carácter histórico le infunde una legitimidad frente a otras formas de Estado más modernas y artificiales. Posee la mística de lo que siempre ha estado junto a los hombres en el trayecto vital de sus generaciones compartiendo un destino común. Como apunta Pérez Serrano, una dinastía nueva es poco más que una presidencia de una República.

Por ello, el rey mismo diluye su personalidad en la serie de una herencia dinástica y su nombre se enumera para señalar esa continuidad.

El valor moral de las legitimidades monárquicas queda justificado por la solidez de los tiempos transcurridos junto a una forma de proceder que siempre ha buscado lo mejor y más provechoso para su reino. Procurando lo más conveniente para todos los ciudadanos en cada marco temporal social y económico prescindiendo de otras consideraciones que no sean las más provechosas para el pueblo persiguiendo el commune bonum.

Acertadamente el prof. -catedrático Ruiz del Castillo fundamentó el retorno de la monarquía a España en los años setenta del s. XX como una vuelta al orden, no una vuelta pura y simple al pasado muerto, sino a la reanudación de un ritmo político que busca en la fidelidad, al propio ser histórico, el aliento de empresas futuristas[10].

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El transcurso de los siglos en una dinastía provoca que el pasado histórico del pueblo encuentre en el monarca una condensación de los valores y principios que son propios del reino. 

Es por esa herencia que soporta por lo que debe estar ajeno a los partidos políticos y sus conflictos en lo que supone de inmediatez y proximidad a decisiones y debates, llamémoslos, rutinarios, dentro de los propios principios constitucionales.

Tercero.  Las funciones que atribuye la Constitución al monarca se encuentran enumeradas en los arts. 56, 62 y 63 CE, debiendo ser todas ellas refrendadas como exige el art. 64 CE.

Pero se le reconoce otras funciones, expresas o tacitas:

I.       Es el Jefe del Estado. Pero no solamente es eso, el ser rey implica algo más, es ser órgano de participación necesaria en los actos estatales más importantes del reino.

II.    Representa la unidad y permanencia del Estado español. Porque la Corona es símbolo de integración histórica, social, territorial, cultural y política del Reino, como razona con acierto Aragón Reyes.

III.    Asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales.


IV.     Arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones.

V.      Sin olvidar, como ordena el art 62.g) CE, ser informado de los asuntos de Estado.

El rey no tiene potestas, pero si auctoritas. Posee influencia social, posibilidades de animar, advertir y ser consultado.

Especialmente deben citarse el arbitraje y la moderación en el funcionamiento de las instituciones y la influencia social nacional e internacional.

Cuarto. Monarquías europeas.

Seis de las democracias en Europa con una población de un millón de habitantes o más son monarquías: Bélgica, Dinamarca, Países Bajos, Noruega, Suecia y Reino Unido. Todas ellas han asumido la monarquía parlamentaria como forma política y aunque presentan diferencias en su evolución histórica, todas comparten funcionalidades semejantes, todas operan en naciones democráticas liberales, reinando, pero no gobernando. Pero siendo reconocidas por los dirigentes políticos de cada una respetando la realidad constitucional.

España queda incorporada como monarquía parlamentaria desde 1978 sumando siete las monarquías reinantes en nuestra Europa. Todos ellas han promovido niveles de bienestar importantes.

Hasta aquí una breve exposición que sería incompleta sin el reconocimiento a  todos aquellos que  han posibilitado un funcionamiento armónico e integrador de las instituciones y poderes constitucionales como buenos españoles y buenos amigos de esta España.


Juan B. Lorenzo de Membiela,
Doctor por la Universidad de Valencia







[1] Dio como resultado, votos de hombres y mujeres a favor: 14.145.163 de un total de 15.219.563. El porcentaje de votos afirmativos fue del 92.94%, vid. Diario «ABC», de 27 de julio de 1947, p. 20.

[2]  Aragón Reyes, M. (2004): Veinticinco años de monarquía parlamentaria, Revista Española de Derecho Constitucional, núm 70, p.12.

[3] Para profundizar véase: Bernecker, W.L.(1996): El papel político del Rey Juan Carlos en la transición, Revista de Estudios Políticos, núm. 92, p. 113.

[4]  De un censo de 22.644.290 electores, votaron 17.599.562, un 77,4%. Como votos positivos: 16.573.180, un 94,2%, vid. Contreras Casado, M. y Cebrián Zazurca, E. (2015): La Ley para la reforma política: Memoria y legitimidad en los inicios de la transición española a la democracia, Revista de Estudios Políticos, p. 110.

[5] Participaron 17.873.271. Votaron afirmativamente un 91.81%, vid. Diario «El Español» de 5 de diciembre de 2017.

[6] Garrido Falla, M. (1980): «Comentarios a la Constitución», 1ª edic., Madrid: Tecnos, p.39 y Pérez Serrano, N. (1976): «Tratado de Derecho político», Madrid: Civitas, pp. 267 y ss..

[7] Lo que no implica que la República tenga que ser, por esencia, una forma de Estado necesariamente democrática.

[8] Sánchez Agesta, L. (1979): «Principios de Teoría Política», Madrid: Editora Nacional, p. 468.

[9] García de Enterría, E y Predieri, A. (1981): «La Constitución Española de 1978», Madrid: Civitas, pp. 425 y 427 y ss..

[10]  Cita en Pérez Serrano, N. (1976): «Tratado de Derecho político», cit., p. 291.