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miércoles, 31 de marzo de 2021

VISITA VIRTUAL AL MUSEO NAVAL DE MADRID (enlace web)

                                      VISITA VIRTUAL AL MUSEO NAVAL DE MADRID


                                                                                ENLACE 360º

Fuente: Wikimedia commons


martes, 23 de marzo de 2021

Hombres, marinos e imprevisión en Palma de Mallorca (reflexión)

 


Hombres, marinos e imprevisión en Palma de Mallorca (reflexión)

 

Juan B. Lorenzo de Membiela

El 22 de marzo de 2021 el Ayuntamiento de Palma suprime del callejero los nombres de Federico Gravina, de Cosme Churruca y de Pascual Cervera. Marinos todos, y todos del s. XIX, héroes por defender nuestra nación, nuestra patria y suelo, nuestra tierra y sus gentes en su diversidad y en sus variadas sensibilidades.

No se trata de personajes embozados en la niebla de los siglos, hieráticas personificaciones ajenas a la actualidad y a una civilización que hoy  muestra  estertores de decadencia. Sino hombres cuyos sacrificios, audacias y valentías quedaron escritos, invitándonos a conocerlos para, como dijo Scheler, amarlos para hacernos parecidos a ellos en nuestro ser mismo.

Hay mucha generosidad en estos marinos porque sus hechos nos hablan de su grandeza de espíritu hacia todos nosotros.

Por la batalla de Trafalgar murieron tanto el teniente general Gravina como el brigadier Churruca. Fueron más allá del cumplimiento del deber, más allá de la responsabilidad exigible. Ambos intuían el triste final de una batalla perdida de antemano. Pero aun en esos instantes aportaron más, aportaron su propia vida para intentar alcanzar lo que era inaccesible. No por ellos, sino por las circunstancias de unos tiempos que no fueron propicios para una España con un Napoleón como dueño de Europa.

En el silencio de los mares pueden escucharse aún hoy sus voces; unas veces, clamando contra las adversidades que acongojan al hombre de todo tiempo; otras, en la cadencia de los momentos difíciles de cada persona: siempre la vida del héroe enjuga los momentos tristes haciéndonos más resilientes.

Fuente: Pixabay. Licencia CC0

Han suprimido del callejero a unos hombres que honraban a la ciudad de Palma. Sus cualidades personales no pueden ser comprometidas por juicios sesgados porque son rasgos inmarcesibles. Brillan por su pureza propia sin necesidad de ajenos apoyos.

Si, el Ayuntamiento de Palma ha borrado de sus calles a estos hombres, ahora explican que se trata del nombre de botadura de embarcaciones construidas en el s. XX. Yo creo que presenciamos una imprevisión si a la literalidad de los nombres de las calles nos referimos. Y creo, además, que presenciamos una actuación caprichosa, arbitraria, que no está amparada por la Constitución aún la concurrencia del principio de autonomía municipal del art. 140 CE...

Porque ¿cómo puede herirse   el corazón de los hombres borrando lo que les ha seducido durante cientos de años?

miércoles, 17 de marzo de 2021

Aprendizaje profundo y computación cuántica ( inteligencia artificial)

 

Aprendizaje profundo y computación cuántica ( inteligencia artificial)



Junto a la Computación en la nube (Cloud Computing) y la GPU (procesamiento de gráficos) la tecnología apostó por redes neuronales muy extensas, integrada por algoritmos capaces de desarrollar criterios propios y tomar decisiones empleando un vector probabilístico.

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Esta tecnología se denomina Aprendizaje Profundo (Deep Learning). Es la que gestiona el Big Data actualmente por su capacidad de procesamiento. Como ejemplo de su importancia señalar la aplicación práctica Google Flu Trends que aplicando un modelo matemático a las búsquedas sobre gripe en el navegador coincidió con los datos dados posteriormente por las autoridades sanitarias(1).

El Aprendizaje profundo o Cognitivo, como dice Yoshua Bengio, uno de los padres de esta tecnología, es una manera de abordar la  […]  

Fuente: El Español

Más información:


sábado, 6 de marzo de 2021

Inteligencia artificial jurídica y datos operables (estudio)

 

Inteligencia artificial jurídica y datos operables

por

Juan B. Lorenzo de Membiela

Doctor por la Universidad de Valencia.


I.Watson

Watson es una máquina que emplea 2.800 núcleos y 15 terabytes de RAM.  Opera a 80 teraflops por segundo (80 billones de operaciones por segundo) gestionado por un programa informático diseñado con la tecnología DeepQA (Aprendizaje Profundo). Es un sistema de computación cognitiva, que procesa 100 algoritmos distintos para analizar una pregunta desde distintos ángulos originando cientos de soluciones que se discriminan por probabilidad de decisión más correcta (Rainer,2019). Gestiona información simbólica y conceptual además de datos cuantitativos siendo idóneo para afrontar problemas complejos. Se complementa con análisis estadístico y procesa­miento de lenguaje natural.

Es usado en Derecho mediante la plataforma LegalMation AI que usa el programa de comprensión del lenguaje natural de IBM Watson. Genera alegatos, solicitudes de prueba, respuestas a preguntas de interrogatorio y documentos relacionados que se adaptan a las acusaciones y defensas.  Incorpora análisis de jurisprudencia, así como la redacción de escritos respetando el estilo propio del abogado y la estrategia del proceso.

Dos propósitos pretenden alcanzarse con esta tecnología:

La primera es analizar cómo una sociedad de redes puede desarrollar un lenguaje para comunicarse entre ellas y aprender habilidades recíprocamente, apuntan Guttenberg y Witkowski del Instituto de Ciencias de Tokio.

La segunda, procurar consciencia a estas redes entendiendo como tal la facultad de construir modelos del mundo y de nosotros mismos. Sin duda, el país que desarrolle estos dispositivos implementará su propia concepción de conciencia¸ aplicando sus ideas sobre el sustrato de toda ética: lo que es el bien y lo que es el mal y, con ello, los límites de toda acción para procurar lo uno y evitar lo otro.

Fuente: Fuente: Pixabay. Licencia CC0
II. Datos.

La liberalización de datos no personales supondrá un impacto económico en el espacio europeo que alcanzará los 739.000 millones en 2020. La libre circulación de datos en la Unión va a desempeñar un papel importante para alcanzar un crecimiento y una innovación basados en datos.

A fin de articular la llamada quinta libertad del mercado único de la UE junto a la libertad de bienes, servicios, personas y capital se ha dictado el Reglamento (UE) 2018/1807 y del Consejo de 14 de noviembre de 2018 relativo a un marco para la libre circulación de datos no personales en la Unión Europea, en vigor desde  el 18 de diciembre de 2018 y  aplicación a los seis meses desde  su publicación en el Diario Oficial de la UE, es decir desde el 28 de mayo de 2019, dice su art 9.

No afecta al corpus legislativo de la UE relativo a la protección de datos personales y el respeto a la vida privada y a la protección de los datos personales en las comunicaciones electrónicas y, en particular, la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE de 2000, art. 16.1º del Tratado de Funcionamiento de la UE y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, que motivó la publicación  en España de la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales .

La iniciativa legislativa se encuadra en la Estrategia para el Mercado Único Digital de la Comisión Europea de mayo de 2015 y persigue establecer medidas destinadas a eliminar obstáculos, técnicos y jurídicos, a la libre circulación de datos no personales, como, los generados por el Internet de las Cosas (IoT) o para la ejecución de algoritmos de inteligencia artificial entre Estados de la UE, la computación iCloud y el aprendizaje automático. Prohíbe a los mismos adoptar restricciones o requisitos de localización de datos en su normativa, salvo cuando así se justifique por razones de seguridad pública.

El Reglamento permite a las empresas procesar sus datos en cualquier país de la UE. Se impone la fecha de 30 de mayo de 2021, para que los Estados deroguen los requisitos de localización existentes en leyes, reglamentos o disposiciones administrativas o que se derive de prácticas administrativas de carácter ge
neral no justificadas por razones de seguridad pública.

Para las Orientaciones dictadas por la Comisión sobre el Reglamento 2018/1807 dictadas en mayo 2019, son datos personales toda información sobre una persona física identificada o identificable.

Se considera persona física identificable aquella cuya identidad pueda determinarse, directa o indirectamente, mediante identificadores, sean:   nombre, número de identificación, localización o elementos propios de la identidad física, fisiológica, genética, psíquica, económica, cultural o social de dicha persona física.

Queda incluido como datos personales aquellos seudonimizados, es decir, aquellos que pueden ser atribuidos a una persona mediante el uso de información adicional.

Son datos no personales aquellos obtenidos por razón del origen, incluyendo los que no se relacionan con persona física identificada o identificable, como los datos sobre las condiciones climáticas generados por sensores instalados en aerogeneradores o los datos sobre las necesidades de mantenimiento de las máquinas industriales.

También aquellos que inicialmente fueron datos personales, pero se convirtieron en anónimos. La anonimización es diferente a la seudonimización, ya que los datos anonimizados no pueden atribuirse a una persona específica, ni siquiera mediante el uso de datos adicionales. Por esta cualidad son considerados como datos no personales.

Sobre esta distinción cabe apreciar dos legislaciones diferentes en atención a la naturaleza de los datos.

Una, la de protección de datos personales que en España eta regulada por la Ley Orgánica 3/2018 que introduce en el ordenamiento español el Reglamento (UE) 2016/679.

Otra, la de datos no personales regulados por el Reglamento (UE) 2018/1807 y del Consejo de 14 de noviembre de 2018.

No olvidemos que los datos constituyen el germen primario sobre el cual se erige la inteligencia artificial y el trabajo de sus algoritmos. Su disponibilidad es esencial.