Ética y gerencia pública y privada ( 2 min)
por
Juan B. Lorenzo de Membiela
Etimológicamente
ética procede del griego ethos que significa uso o costumbre, pero se emplea
usualmente como sinónimo de moral. Moral, etimológicamente, procede del latino
mos-moris, perteneciente al carácter de la persona, o modo acostumbrado de
obrar, acción o costumbre[1].
La
ética es una de las ramas de la filosofía que se ocupa del estudio de la
voluntad y la acción moral. La ética es
clasificada como disciplina normativa, o como teoría de los principios formales
de la moralidad y de los valores morales o como lógica de los conceptos morales y análisis deontológico de las
normas.
Para Victoria Camps, la ética en un
sentido abstracto y universal es una
sola ética porque, unos son los derechos fundamentales y únicos los
principios que establecen, por ejemplo, la dignidad absoluta de la persona
humana o la exigencia de universalidad como criterio absoluto de moralidad de
las acciones[2].
Por
ello, fundamenta la inadmisibilidad de distinguir una ética
pública y otra privada porque, son unos solos los derechos fundamentales
reconocidos a todas las personas, públicas y privadas, individuales o jurídicas
en la CE , como
también el valor de la dignidad del art. 10.1º complementado por los derechos
fundamentales de los diversos Tratados Internacionales ratificados por España
en virtud de la cláusula abierta del art. 10.2º CE.
Para Cortina es incorrecto mantener
la distinción entre «ética pública» y «moral o morales privadas», porque -por
suerte o por desgracia, toda moral es pública, porque todas tienen vocación de
publicidad, de hacerse públicas, de invitarse, de manifestarse[3]. Macintyre, sostiene
la existencia de una sola ética, refutando la polémica surgida entre las dos
éticas definidas por Max Weber: la ética de la convicción y la ética
de la responsabilidad[4].
Sin
embargo es admitida la existencia de una ética pública y otra privada en
atención a los valores o principios que se intentan potenciar en la actividad
de sus miembros, sea a través de Códigos éticos, sea a través de Códigos de Conducta (en una correlación con
las normas jurídicas de aplicación al ámbito público excluyendo al privado).
Por ello, aunque la dignidad es un valor
insoluble, sí contiene matices de distinta intensidad según donde se
manifiestan: en lo público o en lo
privado. Matizaciones leves, en todo caso, en atención al objeto de aplicación.
Sobre
esta breve diferenciación y aceptando la
existencia de una ética pública, Villoria Mendieta profundiza en sus orígenes,
encontrando lo que puede considerarse como antecedentes en diferentes países : China ,en textos de
Confucio o en la escuela de los
Legistas que desde el s. VI a. C determinó criterios claros sobre la
importancia de la eficiencia o de la objetividad[5].
También en la India
observamos en el s. a.C. las reflexiones de Kautilya sobre la acción de
gobierno[6].
También en los textos griegos, Sócrates,
Platón, Aristóteles, y romanos,
Séneca, existen obras que
explican la acción de gobierno.
El
cristianismo produjo una gran revolución ocasionando dos
grandes cambios: El primero, la separación y la desconfianza de la
política entendida como participación en la vida asociada pero admitiéndola
como mal necesario. El segundo y más espectacular es que el cristianismo rompió con las teorías del naturalismo y del
organicismo que se encontraban en todas las concepciones políticas
de la
antigüedad. Con
ello, lo privado se impone sobre lo público, el hombre rompe los
ligámenes que lo sujetaban a la sociedad
y se eleva y se sitúa por encima de ésta. Sólo el hombre es participe de lo
verdadero y de lo necesario[7]
.
Con
Agustín la política cristiana está
sujeta a una serie de valores eternos y
universales. Incidencia que constituirá el germen de la democracia y la
construcción de la dignidad humana y con ello su motivación ética[8]
. Por ello la moderna teoría de la democracia se encuentra fundada sobre la
consideración del individuo en cuanto elemento originario, causa primera de la
sociedad y del Estado. El hombre confiere la soberanía al Estado sobre una
concepción contractualista, exigiendo que el Estado proteja y defienda
sus derechos. Eso debería evitar la actuación arbitraria del Estado y la
de los Poderes. Al final todo concluye con un razonamiento irrefutable: la
democracia se construye sobre la dignidad[9]
de la persona y sobre sus organizaciones
garantizando la libertad individual y la proyección de esa libertad y dignidad en
las distintas facetas de las relaciones del hombre con otros como con el Estado
y sus Poderes. Y ello nos lleva a otra conclusión, un Estado predador de la
dignidad humana es un Estado que se deslegitima en tanto aliena a quién le
sirve de causa originaria de existencia.
En
la teoría de la organización pública se verá cómo estas ideas cristalizan en la
actualidad con el surgimiento de la
ética en la actuación pública, interna y externa, sobre la concurrencia de la
dignidad del hombre y de sus derechos inalienables. Surge también como
consecuencia de una demanda social que exige comportamientos transparentes de
sus dirigentes y de los empleados del Poder Ejecutivo asumiendo compromisos que hagan respetar los
derechos fundamentales de los ciudadanos. La tensión entre profesionalidad –
independencia del empleado frente al Poder político. También - y servicio al interés general – subordinación
y sometimiento del funcionario con el poder
ejecutivo marcará toda la lucha intelectiva
hasta la actualidad.
En
el siglo XIX, es destacable el estudio de Eaton en 1880 y su tesis sobre la
profesionalidad y el mérito en el acceso a lo que hoy entendemos como función
pública. Desarrolla la tesis de que el buen funcionamiento del servicio
civil marca la pauta moral de la política
nacional. Idea rescatada por Etzioni-Halevi en 1990, que postulan que el
nivel de corrupción es una variable
dependiente del bajo nivel de profesionalidad del servicio civil[10]. Esta tesis calará en otros autores pero no
entrando a valorar la incidencia de la política en el desempeño de la gestión. Bajo una
visión pesimista de la condición humana confiará en la razón y en la educación
pero propuso medios de control y de autoridad sobre los empleados públicos. Su
postulado ideológico radica sobre el mérito, unido al control de la
imparcialidad que garantizaba el comportamiento ético de la Administración.
La separación entre política (partidista) y administración era
admitida sin condiciones. Max Weber mantiene
la tesis.
Para Weber la burocracia es la forma organizativa propia de
la modernidad como la legitimidad racional-legal es la más coherente forma de
dominio en esta época. Sobre el funcionario pesa el deber objetivar sus
respuestas frente al ciudadano y para ello
el sistema debe impedir que los intereses de partido influyan en la
forma de gestionar intereses públicos.
Existe una clara diferencia entre la política – esfera en la cual deben
plantearse las divergencias éticas- y la
administración , que se centra en la ejecución de esos planes con jerarquía, eficiencia, imparcialidad y búsqueda de la
verdad[11]
( estimo que esa
búsqueda de la verdad podría generar
problemas con principios tales como
jerarquía y eficiencia. Aunque es un concepto moralizante que pudo ser
empleado para evitar arbitrariedades y con ello un control ético personal e interno de la propia Administración
por su empleados. Ejecución de las políticas públicas encomendadas pero con
discernimiento del binomio
justicia-injusticia equivalente al binomio objetivo-arbitrario).
Tras
una etapa en la cual se barajaban distintos enfoques se llega a una situación en la cual hoy,
renace de nuevo: control político en la administración o autocontrol
deontológico del empleado público.
Mientras Friedrich[12]
defiende los controles derivados de la profesionalidad y la aplicación de
códigos deontológicos; Finer, en cambio, propone controles externos del derecho
y la política[13].
Una posición ecléctica, la
de Morstein Marx que refunde ambos criterios político y
judicial pero también imponer a los funcionarios códigos deontológicos de buena conducta ,
junto a la lealtad a la
organización. Además, Levitan considera que los empleados
públicos están obligados a una entrega política a la democracia y a los
ciudadanos.
Por
ello, la dualidad de posiciones, hoy vigente,
son: o los principios de burocracia,
denominado ethos burocrático con sus
valores de eficacia, eficiencia, jerarquía, centralización. Y aquellos que defienden
el sometimiento del empleado (y por
supuesto de la
Administración)
al régimen democrático y al
interés general, como subraya Pugh[14],
el llamado ethos democrático.
Ambos
criterios cohabitan en una tensión
continua precisamente por la presión de la política que tiende a redireccionar
las actividades públicas objetivas a los intereses subjetivos, que no siempre
deben ser identificados con el interés general, aunque formalmente puedan ser disfrazados como
tales. Pero la tensión está y estará allí, con mayor o menor intensidad en atención al intervencionismo que se
intente aplicar. Por ello, hablar de ética en la política es importante y lo es
porque la presión sobre la Administración
afecta directamente a sus empleados pero también a los ciudadanos por un
servicio que se presta que no es el más optimizado.
Vienen
a colación las reflexiones de Aranguren [15]
cuando afirma la problemática constitutiva de la relación entre ética y
política, que ocasiona una tensión entre la lucha por la moral y el compromiso político,
criterio sostenido por Fernández García[16],pues
la inexistencia de esa tensión únicamente se manifiesta en sistemas
totalitarios. Criterio dramático sostenido además por Weber, Popper, Berlin y
Aron.
Cabe
la compatibilidad entre la tensión moral-política si se admite una ética cívico-política de mínimos sometida
al respeto de la dignidad del ser
humano, la seguridad, la autonomía, la libertad y la igualdad . Este primer nivel es garantizado por el
Derecho cuando aquélla falla, otorgándole un plus, una garantía de efectividad,
siempre que el Poder
judicial no se encuentre cooptado por las instituciones
ejecutivas.
No
conviene olvidar que la construcción de un Estado de Derecho se inicio a raíz
de las revoluciones burguesas del s. XVIII en donde se publicaron los Derechos del hombre y ese Estado de Derecho solo posee una
finalidad , la lucha contra la arbitrariedad del poder, la tiranía absolutista
El
Estado de Derecho equivale entonces a hablar del Estado liberal-democrático y
de derechos humanos fundamentales, con los valores e instituciones que comprenden. Fernández García
determina que por esta vía se moraliza la vida política y con ello, muy
directamente, la Administración Pública.
En
esta situación surgieron los Códigos éticos, que no precisamente fueron
impulsados por la
Administración sino adoptados por la misma del sector privado. Mendieta referencia el Código de la International City Manager´s de 1924[17].
Entre
ambas concepciones, hoy, de plena actualidad, se desarrolla la actividad de las
Administraciones Publicas, pero también, indiscutiblemente, asociaciones profesionales pertenecientes a
otros Poderes del Estado. El binomio en sí tiene una trascendencia crucial pues la opción de uno u otro sistema,
o aún imperando uno explicito, de modo legal, el ejercicio del otro, implícitamente,
lesiona derechos de los ciudadanos, sometiéndolos a los criterios partidistas,
a los criterios del Estado que en suma es lo que se denomina interés general. En el mayor número de
las veces contrario a la pervivencia de los derechos de la persona. Y esa
negación se manifiesta con más intensidad en conflictos con personas privadas, simples ciudadanos, que ven
pisoteados sus derechos sin pudor basándose en el argumentum baculinum. En situaciones en donde la conflictividad
ponga en entredicho la buena
administración de cualquier Poder quiebran los derechos, por muchas
garantías que se intenten reconocer a quienes corresponda enjuiciar. Y sobre
esta consideración las políticas intervencionistas rompen la esfera de derechos del ciudadano.
En
esta tesitura la creación de un órgano de fiscalización ajena a cualquier Poder seria conveniente, lejos de corporativismos
que impiden la acción de la justicia, permitiendo, con ello, lagunas inmunes a
la fiscalización democrática que son inadmisibles en un Estado de Derecho. Pero
también, no olvidemos que muchas veces las limitaciones personales junto a las
ideológicas provocan aberrantes razonamientos lejos de cualquier técnica o
mecánica jurídica, pero se admiten y se respetan, sencillamente porque es
inexistente – por inoperativa- la responsabilidad personal o colegial de
personas u órganos investidos con poder. Lo que se está fraguando no es otra
cosa que el agnosticismo del ciudadano
respecto al Estado y sus Instituciones, lo que equivale a identificar como
corrientes de pensamiento excluyentes de opciones que aniquilan el pluralismo
jurídico y cultural.
No
quiero que se interprete esta reflexión como una critica al sistema .No, los
poderes como tales y sus miembros son desempeñados por personas y a ellas
corresponde direccionar la actividad de un modo u otro. A ellos compete crear
climas propicios para que los derechos se expandan y se apliquen o por el
contrario se coacte a la persona para
ensanchar la acción de gobierno. A ellos corresponde respetar las instituciones
y hacer que los Poderes actúen conforme a la CE . O, por el contrario, se fomente la crispación
social como estrategia política, presionando a modo a quienes no
participen de su particular festín. En esos momentos, como los de hoy, la
palabra crisis cobra una nueva dimensión porque un
nuevo tiempo impera. La desconfianza
hacia el Estado ha alcanzado cotas difíciles de sostener. Sin embargo, no opto
por la solución dada por Nietzsche de que, a lo que se
viene abajo, lo mejor es empujarlo, recogida por Haberrnas[18]
. Más bien propicia un nuevo intento
para restaurar lo destruido y crear un clima de confiabilidad para evitar el
errático clima de incertidumbre.
La
causa por la cual la ética emerge en las organizaciones públicas y privadas
obedece a varias motivos, no únicamente escándalos que han deteriorado la
imagen de integridad en la gestión de
servicios públicos. También como resultado de acomodar las conductas de las
corporaciones a determinados cánones
morales que las hagan públicamente respetables como medio de alcanzar y mantener
en la sociedad un prestigio social y humanamente habitables. Porque ello
comunica confiabilidad y prestigio, valores muy apreciados en la actualidad. Además
de todo ello, encontrándonos en la sociedad de la tecnología – con un
progresivo abandono de valores humanos-
su desarrollo provoca, en ocasiones, encrucijadas que deben superarse
sobre unas reglas conductuales que
eviten daño a las personas[19].
Este medio transaccional de
carácter hostil cohabita
con la cultura interior de la
organización pública en donde, en ocasiones.
La falta de un liderazgo
ético provoca una deshumanización gestora si no brutalización
convirtiendo la
Administración en apéndice político más que gestora de servicios públicos.
Consecuencia
de ello autores propugnan un nuevo modelo de gestión basado en una dirección
éticamente correcta, dando lugar a la que se denomina ética de tercera generación. Junto a las
funciones de dirección tradicionales el modelo añadiría seis nuevas funciones:
I.
Manejo de crisis: (previsión de amenazas
y sus respuestas).
II. Manejo de problemas (Evaluación de
tendencias y sus respuestas).
III.
Manejo de la calidad total.
IV.
Ambiente.
V.
Globalización (seguridad de que los
procesos de producción, mercadotecnia y administrativos de la organización se
sintonicen con la economía política global).
VI.
Ética (observación cuidadosa de las
consecuencias éticas y morales del comportamiento, políticas, decisiones y
procedimientos de la organización).
Junto
a estas nuevas funciones el diseño
abarcaría cuatro divisiones mayores o
centros:
- Centro de reconocimiento/aprendizaje: ¿Qué necesitamos saber para poder producir y/o proporcionar productos y/o servicios de clase mundial?.
- Centro de recuperación/desarrollo: ¿Cómo ayudar a nuestros empleados a recuperarse de cualesquiera de las disfunciones o problemas que traen consigo a la organización?.
- Centro mundial de servicio/espiritual: ¿Cómo puede nuestra organización usar todos sus recursos para desarrollar una sociedad y un mundo más sanos?.
- Centro de operaciones. ¿Cómo llevar de verdad a la práctica y operar una organización manufacturera y/o de servicios de clase mundial?.
Aunque
no todas las funciones son asumidas en la actualidad por cualquier
organización, sí han sido adoptadas
algunas de ellas[20].
Cabrá
adoptar o no la ética en las organizaciones
creyendo que la eficacia y eficiencia es lo único tangible en una
entidad dadora de servicios, pero quienes piensan de esta manera desconocen la
sostenibilidad de la organización como cauce de desarrollo personal de la persona.
El hombre goza de libre arbitrio para hacer o no hacer lo que estime pertinente
pero irremediablemente deberá responder de sus actos. Actos que afectarán a sí
mismo pero también a su medio, a su centro de trabajo, a su empresa, a su Administración.
Obviar la ética, comportarse con cánones distintos a los éticamente exigibles
deshumaniza a las personas y deshumaniza a las organizaciones cuyo soporte
físico son las personas. Un trabajo en donde no exista respeto a la dignidad de
la persona, a sus derechos fundamentales, es éticamente responsable por ser
predador de la condición humana del funcionario, de su desarrollo interno, de
su crecimiento moral, y en suma ,
complica de la corrupción de la sociedad
. En definitiva, como apunta Guillen Parra, la
ética es para quienes quieren un lugar de trabajo eficaz, eficiente y humano.[21]
La
ética pública nace como disciplina
científica en EEUU en los años 70, dentro del campo de la Ciencia de la Administración. La ética pública es una especie
dentro del género ética especial en tanto aplica los principios de la ética general a la conducta de
los hombres respecto de la sociedad o
del Estado. En EEUU, la ética empleada
allí es la ética dirigida hacia la responsabilidad. En cambio, la ética europea
nace en los años 90 en el seno de la
Ciencia de la Administración y Ciencia Política, mediatizada
por sus circunstancias particulares como son los escándalos políticos en
España, Francia, Italia y Bélgica.
Las
principales vías de actuación de la
ética se concretan en dos
principales manifestaciones de los que
García Mexía califica de criminalidad gubernativa: violación de derechos fundamentales y corrupción[22]
. Ambos ilícitos en distinto plano
axiológico , aunque paradójicamente en la sociedad de consumo tienda a dar mas
relevancia a las temas crematísticos que
a las violaciones de derechos
fundamentales contra la persona , el
aquilatado reconocimiento de la dignidad humana y la violación de los
derechos fundamentales que erosionan y destruyen poseen mayor entidad
ontológica y jurídica que aquéllos,
aunque la morbosidad social se manifiesta con
distinto interés frente a la consumación
de ambos ilícitos.
Pero
también la ética cumple otra función
dentro del ámbito organizativo: referencia a la calidad humana, a la
excelencia de las personas y de sus acciones en el marco de trabajo de las
organizaciones[23].
Y todo ello, dentro del esquema organizacional, público o privado, implica
respeto hacia los demás, ejercer la potestad de mando con flexibilidad,
sinceridad, transparencia, optimismo, lealtad, generosidad, integridad y
justicia. También la receptividad a los
dificultades que acusa la organización y adoptar decisiones que impidan daño a
la misma o a sus miembros . Y ello se proyecta sobre la empresa o institución,
creando confianza y creando una cultura de la verdad.
Un
liderazgo ético infunde naturalidad y fluidez en la comunicación
intra-organizacional y también seguridad
y durabilidad en el mandato del gerente y su equipo directivo.
Ello es producido por distintas variables, de contenido ético, entre ellas cabe citar:
1. Cumplir con la palabra dada.
2. Sinceridad.
3. Comprensión.
4. Flexibilidad hacia la persona y su circunstancia.
5. Delegación de responsabilidades.
6. Comunicación de criterios de actuación.
7. Comunicación horizontal entre dirigentes y subordinados.
8. Ponderación de la cualidad humana para atribuirle
competencias.
Todas
estas conductas son éticamente exigibles porque actúan dentro del marco de la dignidad
del hombre en su trabajo. Las conductas directivas no éticas generan conflictos, rompiendo la armonía de la
organización; producen recelos, desconfianza y provocan la alineación del
funcionario y del trabajador en su centro de trabajo. Si importa la eficiencia
esto debe preocupar.
[1] Guillen Parras, M., Ética en las organizaciones. Construyendo confianza, Prentice Hall,
Madrid, 2005, p. 3-
[2] Camps, V., Virtudes Públicas. Editorial Espasa
Calpe, 1992, Madrid.
[3] Cortina, A., La ética cívica como ética de mínimos,
en « Ética Pública y Moral Social. », dir.
Núñez Ladeveze , L., Editorial Noesis, Madrid, 1996, pp. 92-3.
[4] Macintyre, A., Tras la virtud crítica, Barcelona, 1987, p. 80.
[5]
Gabrelian, V., Public Administration in a
Ancient China:
The Practice and Thought, Public Voices, V. II, num. 1, 1996.
[6] Sahuquillo, J., Ética y política, Claves de la razón Práctica,
1999, 98.
[7] Sciacca, E., Dalla paura della politica alla politica della paura, en « La paura
e la cittá » en D. Pasini, v. II,
Facoltá di Science politiche, Universitat de Roma, 1984, pp. 13 y ss.
[9] Idem,
p. 129.
[10]
Etzioni-Halevy, E., Exchanging Material
Beneficts for political support: A Comparative Analysis, en A. J.,
Heidenheimer et al., Political
Corruption, transaction Publishers, New Brunswick, 1989.
[11]
Goodnow, F., Politics and Administration,
Russel and Rusell, Nueva York, 1900.
[12]
Friedrich, C.J., Corruption Concepts in
Historical Perspective, en A.J. Heidenheimer ET al., Political Corruption,
Transaction Publishers, New Brunswick,
1989.
[13] Vid. Villoria Mendieta, M., en Ética
Pública y corrupción: Curso de ética
administrativa, Tecnos, Madrid, 2000, pp. 28-9 con remisión a Cooper, The emergente of Administrative Ethics,
1994.
[14] Pugh,
D. L.: The
Origins of Ethical Framework in Public Administration, en J. S. Bowman
(ed.) Ethical Frontiers in Public Management, Jossey Bass, San Francisco, 1991.
[15] López-Aranguren, J.L., Ética y política, Guadarrama, 1968, pp.
65-6..
[16] Fernández García,
E., Las
relaciones entre la ética y la
política. El punto de vista dramático desde Max Weber y
Raymond Aron, en « Raymon Aron: un liberal resistente», coor. Lasalle,
J.M., FAES, Madrid, 2005, p. 97.
[17] Villoria
Mendieta, M., en Ética Pública y corrupción:
Curso de ética administrativa, cit., p. 29.
[18] Jürguen Habermas, Aclaraciones a la ética del discurso, 2000.
[19] Véase, un ejemplo
llamativo que se manifiesta en la sociedad de hoy, Nota de la Fiscalia del TSJ de
Cataluña de noviembre de 2006 sobre la protección a médicos y profesores que
son objeto de malos tratos, lesiones y vejaciones:
« […] Las agresiones a los
profesionales merecen la más severa perspectiva jurídico-penal" para
defender "bienes jurídicos no sólo individuales, sino también colectivos,
de esencial importancia constitucional.
Entre esos bienes, se cita el derecho a la educación, uno de los más relevantes que son fundamento del orden político y de la paz social según el artículo 10.1 de la Constitución. Para garantizar el disfrute de ese derecho los poderes públicos deben proteger ese derecho amparando a los profesionales que "personifican la realización de tan esenciales objetivos constitucionales".
Según la orden, las agresiones a estos profesionales significan la perturbación de la función pública que ejercen", lo que impide "el efectivo disfrute" de los derechos consagrados por la Constitución […]» .
[20] Ivancevich, Jhon M., Konopaske , Robert
y Matteson, Michael T. Comportamiento
organizacional, cit.,p. 533, Carson,
T.L., Self-Interest and Business Ethics:
Some lessons of the Recent Corporate Scandals, Journal of Business Ethics,
2003, 43,4, Cochran,T.A. Addressing the
crisis in confidence in corporations: Roots causes, Victims and Strategies for
reform, Academy of management executive, 2002, 16, pp.139-42 y Mitroff, I.I.,
The antediluvian Corporation, Across
the board, 1994, 10, pp. 59-60.
[22] Diez-Picazo, L.
M., La criminalidad de los
gobernantes, Critica, Barcelona, 1996, Diez-Picazo, L. M., Criminalidad
gubernativa y acusación independiente. Del Watergate al Whitewater, Claves de razón práctica, 1997, 69, pp. 28-36, Rodriguez-Arana, J.,
Ética institucional. (Mercado «versus» función pública), Dykinson-Escola
Galega de Administración Pública, Madrid, 1996, Saban Godoy, A., El marco jurídico de la corrupción, Civitas,
Madrid, 1991, Villoría Mendieta,
M., Ética pública y corrupción: Curso
de ética administrativa, Tecnos- Universitat Pompeu Fabra, Madrid, 2000.
[23] Guillén Parra,
M., Ética
en las organizaciones, cit., p. 11.