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sábado, 13 de abril de 2019

El abuso de debilidad: el grupo contra el individuo excluido .Proteccion de derechos fundamentales(conclusiones)

   El abuso de debilidad:  el grupo contra el individuo  excluido .Proteccion de                                 derechos fundamentales(conclusiones)

                   Cómo denunciar una infracción de los derechos fundamentales de la UE




Subyace en todas estas conductas un elemento que genera inquietud: la deshumanización. Para Zimbardo es cuando actuamos pensando que los otros no tienen unos mismos sentimientos, pensamientos, valores y metas. Cuando borramos de nuestra conciencia toda cualidad humana que esos «otros» puedan tener en común[39].

La deshumanización es, empleando la confrontación laxa y precisa de Martin Buber, cuando la relación «yo-tu» es sustituida por la relación «yo-eso»[40] .

Las implicaciones éticas son evidentes, cosificar a la persona no es una opción vital admitida por la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea de 2010 porque destruye la dignidad como cualidad innata del ser humano.

Otra cosa es preguntarse qué importa la dignidad de los otros en un mundo cada vez más estructurado en grupos con personas dependientes, mudas, grises, sin ninguna iniciativa, y en donde la individualidad, lo autónomo, se sacrifica por una pretendida irrelevancia…sobretodo cuando el individuo supera al grupo. Entonces se aplica la destruccion, por acción,omisión o comision por omisión (en terminologia juridica) ,  por una cuestión de supervivencia del colectivo porque se muestran  ineficiencias inadmisibles.


Fuente: Blog Sucesos Contemporáneos
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PENETRACIÓN DE LA CULTURA DE LA MUERTE


40% de los belgas están a favor de suspender  tratamientos a personas mayores de 85 años

Unos resultados sorprendentes en Bélgica revelan que el 40% de los ciudadanos del país estaría a favor de parar los tratamientos de salud a personas mayores de 85 años.
El 40% de esos belgas a favor de retirar el tratamiento a esos ancianos sería para preservar el equilibrio de la  Sanidad belga- «al no administrar tratamientos más caros que prolongan la vida de los más de 85 años».
Medicamentos de 2 velocidades
Esta propuesta propondría un medicamento de 2 velocidades: un grupo de pacientes que deberían estar completamente satisfechos por la Sanidad en sus demandas y necesidades, y un segundo grupo que no podría estarlo por falta de recursos.
Un ejemplo de esta práctica está en los Países Bajos, donde no se permite implantar en pacientes de más de 75 años marcapasos aunque los necesiten, la razón sería que el dispositivo supera con creces las expectativas de funcionamiento del paciente.
Según los datos oficiales ofrecidos por Bélgica, el pasado año 2018 murieron en el país debido a la eutanasia 2.357 personas, cifras que van aumentando año a año.
Lo que empezó siendo una ley para casos muy concretos se ha ido abriendo a todo tipo de patologías físicas y mentales, muchas de las cuales sin que puedan causar la muerte al paciente.
Fuente: Infocatolica



CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA (2000/C 364/01)

Ámbito de aplicación
La Carta es aplicable a las instituciones europeas, en cumplimiento del principio de subsidiariedad, y en ningún caso puede exceder las competencias y las tareas que los tratados le confieren. La Carta también es aplicable a los países de la UE cuando aplican la legislación comunitaria.
Si alguno de los derechos se corresponde con derechos garantizados por el Convenio Europeo de Derechos Humanos de 1950, el significado y el ámbito de aplicación de dichos derechos será el mismo que el definido por el Convenio, aunque la legislación comunitaria pueda contemplar una protección más amplia.
Informes anuales
Desde 2010, cada año la Comisión Europea publica un informe anual que controla el progreso de la aplicación de la Carta.
ANTECEDENTES
  • En 1999, con el fin de destacar su importancia, el Consejo Europeo consideró oportuno recoger en una Carta los derechos fundamentales vigentes en la UE.

  • La Carta formalmente proclamada en Niza en diciembre de 2000 por el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión.

  • La Carta se convirtió en jurídica vinculante en la UE con la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, en diciembre de 2009. Posee  la misma validez jurídica que los tratados constitutivos de la UE.

TÍTULO I DIGNIDAD 

Artículo 1 Dignidad humana 

La dignidad humana es inviolable. Será respetada y protegida. 

Artículo 2 Derecho a la vida 

1. Toda persona tiene derecho a la vida. 

2. Nadie podrá ser condenado a la pena de muerte ni ejecutado. 

Artículo 3 Derecho a la integridad de la persona 

1. Toda persona tiene derecho a su integridad física y psíquica. 

2. En el marco de la medicina y la biología se respetarán en particular: 

a) el consentimiento libre e informado de la persona de que se trate, de acuerdo con las modalidades establecidas por la ley; 

b) la prohibición de las prácticas eugenésicas, en particular las que tienen como finalidad la selección de las personas; 

c) la prohibición de que el cuerpo humano o partes del mismo en cuanto tales se conviertan en objeto de lucro; 

d) la prohibición de la clonación reproductora de seres humanos.
(...)

Artículo 35 Protección de la salud 

Toda persona tiene derecho a la prevención sanitaria y a beneficiarse de la atención sanitaria en las condiciones establecidas por las legislaciones  nacionales. Al definirse y ejecutarse todas las políticas y acciones de la Unión se garantiza  un alto nivel de protección de la salud humana.



Cómo denunciar una infracción de los derechos fundamentales de la UE

¿Cuándo se aplica la Carta de los Derechos Fundamentales?

Las disposiciones de la Carta están dirigidas a las instituciones, organismos, oficinas y agencias de la UE, respetando el principio de subsidiariedad y a los Estados miembros solo cuando están implementando la legislación de la UE.
La Carta protege a las personas físicas y jurídicas contra las acciones de las instituciones de la UE que infringen los derechos fundamentales. Si esto sucede, el Tribunal de Justicia Europeo tiene la facultad de revisar la legalidad del acto.
Si una autoridad nacional viola la Carta al implementar la legislación de la UE, los jueces nacionales (bajo la dirección del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas) tienen la facultad de garantizar que se respeta la Carta.
La Carta de los Derechos Fundamentales de la UE complementa, pero no reemplaza, los sistemas constitucionales nacionales o el sistema de protección de derechos fundamentales garantizado por el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Si cree que sus derechos han sido violados en un contexto no cubierto por la legislación de la UE, deberá dirigir su queja a la autoridad nacional pertinente, ya sea el gobierno, los tribunales nacionales o un organismo especializado en derechos humanos.

Cómo denunciar una violación de sus derechos.

Organismos de igualdad nacional

Todos los países de la UE deben designar un organismo nacional de igualdad responsable de promover la igualdad de trato.
Estos cuerpos deben
  • Brindar asistencia independiente a las víctimas de discriminación.
  • realizar encuestas y estudios
  • Publicar informes y recomendaciones independientes.
Si cree que se han violado sus derechos, debe ponerse en contacto con el organismo nacional de igualdad en su país.
Lea más sobre cómo  presentar una queja a nivel nacional.

Tipos de incumplimiento

Violación por una autoridad nacional

Si una autoridad nacional viola el cCharter cuando implementa la legislación de la UE, los jueces nacionales (bajo la dirección del Tribunal de Justicia Europeo) tienen el poder de garantizar que se respete el cCharter.

Violación por una institución de la UE.

CCharter protege a las personas físicas y jurídicas contra las acciones de las instituciones de la UE que infringen derechos fundamentales. Si esto sucede, el Tribunal de Justicia Europeo tiene la facultad de revisar la legalidad del acto.

La Comisión Europea toma medidas contra una autoridad nacional.

La Comisión Europea, puede llevar a un país de la UE a los tribunales por violar derechos fundamentales al implementar la legislación de la UE. Pero no puede hacerlo cuando solo concierne a la ley nacional.

Tribunal Europeo de Derechos Humanos 

Independientemente de sus obligaciones en virtud del derecho de la UE, todos los países de la UE también han asumido compromisos en virtud del  Convenio Europeo de Derechos Humanos . Esto significa que puede, como último recurso, después de agotar todos los recursos disponibles para usted en su propio país, presentar una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo si un país de la UE ha violado un derecho fundamental garantizado por la Convención Europea sobre Derechos humanos.
Para ver si su queja es admisible o no, puede consultar la  lista de verificación de admisibilidad del Tribunal Europeo de Derechos Humanos .

Ch @ rter Haga clic! Caja de herramientas

El proyecto " Ch @ rter Click! ", Financiado por la Unión Europea , ha creado un conjunto de herramientas prácticas ( lista de verificación y tutorial ) para ayudar a las víctimas de violaciones de derechos fundamentales, abogados, jueces nacionales, ombudsman, organismos de igualdad y otras instituciones nacionales de derechos humanos a determinar si la Carta Puede proporcionar protección en un caso específico.
La Carta de los Derechos Fundamentales de la UE complementa, pero no reemplaza, los sistemas constitucionales nacionales o el sistema de protección de derechos fundamentales garantizado por el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Fuente: UE