PENETRACIÓN DE LA CULTURA DE LA MUERTE
40% de los belgas están a favor de suspender tratamientos a personas mayores de 85 años
Unos resultados sorprendentes en Bélgica revelan que el 40% de los ciudadanos del país estaría a favor de parar los tratamientos de salud a personas mayores de 85 años.
El 40% de esos belgas a favor de retirar el tratamiento a esos ancianos sería para preservar el equilibrio de la Sanidad belga- «al no administrar tratamientos más caros que prolongan la vida de los más de 85 años».
Medicamentos de 2 velocidades
Esta propuesta propondría un medicamento de 2 velocidades: un grupo de pacientes que deberían estar completamente satisfechos por la Sanidad en sus demandas y necesidades, y un segundo grupo que no podría estarlo por falta de recursos.
Un ejemplo de esta práctica está en los Países Bajos, donde no se permite implantar en pacientes de más de 75 años marcapasos aunque los necesiten, la razón sería que el dispositivo supera con creces las expectativas de funcionamiento del paciente.
Según los datos oficiales ofrecidos por Bélgica, el pasado año 2018 murieron en el país debido a la eutanasia 2.357 personas, cifras que van aumentando año a año.
Lo que empezó siendo una ley para casos muy concretos se ha ido abriendo a todo tipo de patologías físicas y mentales, muchas de las cuales sin que puedan causar la muerte al paciente.
Fuente: Infocatolica
CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA (2000/C 364/01)
Ámbito de aplicación
La Carta es aplicable a las instituciones europeas, en cumplimiento del principio de subsidiariedad, y en ningún caso puede exceder las competencias y las tareas que los tratados le confieren. La Carta también es aplicable a los países de la UE cuando aplican la legislación comunitaria.
Si alguno de los derechos se corresponde con derechos garantizados por el Convenio Europeo de Derechos Humanos de 1950, el significado y el ámbito de aplicación de dichos derechos será el mismo que el definido por el Convenio, aunque la legislación comunitaria pueda contemplar una protección más amplia.
Informes anuales
Desde 2010, cada año la Comisión Europea publica un informe anual que controla el progreso de la aplicación de la Carta.
ANTECEDENTES
- En 1999, con el fin de destacar su importancia, el Consejo Europeo consideró oportuno recoger en una Carta los derechos fundamentales vigentes en la UE.
- La Carta formalmente proclamada en Niza en diciembre de 2000 por el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión.
- La Carta se convirtió en jurídica vinculante en la UE con la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, en diciembre de 2009. Posee la misma validez jurídica que los tratados constitutivos de la UE.
TÍTULO I
DIGNIDAD
Artículo 1
Dignidad humana
La dignidad humana es inviolable. Será respetada y protegida.
Artículo 2
Derecho a la vida
1. Toda persona tiene derecho a la vida.
2. Nadie podrá ser condenado a la pena de muerte ni ejecutado.
Artículo 3
Derecho a la integridad de la persona
1. Toda persona tiene derecho a su integridad física y psíquica.
2. En el marco de la medicina y la biología se respetarán en particular:
a) el consentimiento libre e informado de la persona de que se trate, de acuerdo con las modalidades
establecidas por la ley;
b) la prohibición de las prácticas eugenésicas, en particular las que tienen como finalidad la selección
de las personas;
c) la prohibición de que el cuerpo humano o partes del mismo en cuanto tales se conviertan en
objeto de lucro;
d) la prohibición de la clonación reproductora de seres humanos.
(...)
Artículo 35
Protección de la salud
Toda persona tiene derecho a la prevención sanitaria y a beneficiarse de la atención sanitaria en las
condiciones establecidas por las legislaciones nacionales. Al definirse y ejecutarse todas las
políticas y acciones de la Unión se garantiza un alto nivel de protección de la salud humana.
__________
Y luego hablamos de genocidios como algo propio de ideologías tóxicas...que sucedieron en un pasado no muy remoto. Y olvidamos otros , hechos por otras naciones más civilizadas y supuestamente humanistas.
¿como puede una perversion existir y dejar de existir