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viernes, 27 de noviembre de 2020

Año Jubilar por el 450 aniversario de la Virgen de la Victoria de Lepanto (reflexión)


« Año Jubilar por el 450 aniversario de la Virgen de la Victoria de Lepanto»



Bandera de Galicia en la batalla de Lepanto, conservada en la Real Armería de Madrid. Fuente: Wikicommons


Juan Antonio Reig Pla, obispo de Alcalá de Henares, cumplirá durante este curso que ahora empieza cincuenta años de su ordenación sacerdotal y 25 desde que fue consagrado obispo. 

Declarado mariano, el prelado ha querido publicar una extensa carta pastoral “Para gestar nuevos cristianos ‘Monstra te ese Matrem’ donde reflexiona sobre la situación actual y la necesidad urgente del anuncio del Evangelio. Y en este enorme reto para los cristianos la Virgen tiene un papel fundamental.

El 7 de octubre de 2021 se cumplieron 450 años de la batalla de Lepanto, en la que la Liga Santa formada por el Imperio español, los Estados Pontificios, la República de Venecia, la de Génova, la Orden de Malta y el Ducado de Saboya, todos ellos capitaneados por Juan de Austria, vencieron al Imperio Otomano convirtiéndose en un momento capital en la historia de la cristiandad.

Felipe II, el rey de Hispania, puso al lado de Juan de Austria, de tan sólo 24 años entonces, como mentor a Luis de Requesens, Comendador mayor de Castilla en la Orden de Santiago, cuya sede estaba en Villarejo de Salvanés, pueblo de la actual diócesis de Alcalá de Henares. Luis de Requesens fue en su momento embajador de España ante la Santa Sede y, por tanto, tuvo ocasión de conocer la Sede de Pedro y al futuro Papa San Pío V.

Monseñor Reig recuerda que “a pesar de los ruegos de San Pío V, la desunión de los príncipes cristianos hacía difícil la empresa. Francia e Inglaterra con sus intereses y la presión de los protestantes hicieron imposible afrontar juntos la avalancha del Islam. Fue Su Santidad el Papa, y la generosidad de España, la que por fin logró poner las condiciones posibles para la Liga Santa. San Pío V le confirió un sentido religioso a la batalla, preparó a los participantes en la Liga Santa enviando predicadores que animaran y asistieran a los que formaban la Armada, con el fin de  mantener vivo el espíritu religioso en sus gentes. Antes de emprender la batalla se celebró la Santa Misa con confesiones. El mismo Papa oraba a la Santísima Virgen buscando su intercesión. Unos días antes del desembarco estaba en su oratorio ante la Virgen y tuvo una visión que le anticipaba la victoria de la Liga Santa. Desde ese momento siempre pensó que la victoria de Lepanto, ocurrida el 7 de octubre de 1571, había sido una concesión de la Virgen del Rosario”.

Fuente:  Cari Filii

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D. Juan Mancebo Hurtado de Matamoros. Nacido en Albacete. Combatió en Lepanto contra los turcos a quienes capturó dos banderas. Se encontraban colgadas en una de las columnas de la hoy catedral. Este hecho es recogido por Espinalt García en 1778,  por Madoz en 1845, por Piferrer en 1860, por  Blanch e Illa en 1866 y por  Peñasco de la Fuente en 1889. Tuvieron que desaparecer o ser destruidas con posterioridad a aquellas fechas  en lo que constituye un perjuicio cultural irreparable por la repercusión histórica de la batalla.


La batalla fue citada por Michael de Montaigne en sus Ensayos, del siguiente modo:


« […]En estos meses pasados ganaron los españoles una batalla gloriosa contra los turcos, mandando las fuerzas cristianas don Juan de Austria. Otras derrotas hemos sufrido nosotros también por la voluntad de Dios, y eso que no somos turcos ».

JLMembiela


domingo, 22 de noviembre de 2020

XLV aniversario de la proclamación como Rey de España a D. Juan Carlos I (conmemoración)

 

XLV aniversario de la proclamación como Rey de España a D. Juan Carlos I (conmemoración)


La monarquía fue la artífice de una transición politica modélica  en donde hubo generosidades y profundas esperanzas para crear una nación referente en el mundo. Se consiguió. Celebramos este aniversario con gratitud y admiración hacia D. Juan Carlos .

I. Del todo a la nada.

Fuente: Pixabay. Licencia CC0
La Constitución de 1978 traza geometrías que no dejan espacios vacíos de regulación. Unos porque están expresamente regulados; otros, porque la coordinación entre las instituciones constitucionales siempre ha procurado un funcionamiento rítmico.


Esa armonía obedece a una voluntad política de los distintos titulares para procurar un clima de normalidad constitucional sobre el que se promueven estabilidades económicas, políticas y sociales.


Nunca, durante años, un engranaje institucional tan meticuloso en su sincronización ha presentado asperezas ni desencuentros. La lealtad preside estas relaciones porque así lo exige el juramento o promesa que se presta para guardar y hacerla guardar. Forma rituaria de acatamiento que no posee, en cambio, alguna garantía para blindar la sinceridad de esa voluntad.

No es preciso recordar que el modelo de monarquía diseñado por las Leyes Fundamentales del Régimen, concretamente la Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado de 1947, aprobada por referéndum el día 6 de julio de 1947[1], presentaba similitudes con la monarquía que pervivió en Francia entre 1814 a 1830 o con la monarquía alemana durante todo el s. XIX hasta la Gran Guerra de 1914[2].Era una monarquía que aglutinaba bajo la figura del rey todos los poderes del Estado  en toda su extensión y profundidad.

Fuente: Pixabay. Licencia CC0
Así recibido el poder por D Juan Carlos[3] tras el fallecimiento del general Franco optó por la apertura democrática promoviendo la Ley para la Reforma Política, Ley 1/1977, ratificada en referéndum[4].  Supuso la derogación tácita de todo el sistema autárquico existente en España hasta la fecha y la convocatoria de elecciones generales.

Convocadas el 15 de junio de 1977 su resultado determinó los partidos políticos que integrarían las Cortes Constituyentes que elaboraron un texto constitucional sometido a referéndum el 6 de diciembre de 1978[5]. Aprobado, fue sancionado por el rey ante las Cortes el 27 de diciembre de 1978.

Entre tanto tuvo lugar un hecho de relevancia monárquica esencial: la trasmisión de los derechos sucesorios de la Corona española de D Juan a su hijo D Juan Carlos y con ello alcanzar la legitimidad de ser heredero de la dinastía histórica.

II. Monarquía parlamentaria

La Constitución de 1978, define a la monarquía parlamentaria como forma política del Estado, art 1. 3º CE. Esta denominación supera las clásicas empleadas por la doctrina española:  formas de gobierno vs. formas de Estado. Y posee un significado más ambicioso comprensivo de ambas[6].

Fuente: Pixabay. Licencia CC0
La bondad de la formula implica que sea la democracia, como forma de gobierno, compatible con la monarquía, como forma de Estado[7].

Consecuencia de esta configuración valgan dos declaraciones expuestas por los constituyentes:

Primera, la recogida en el Diario de Sesiones del Congreso de 11 de mayo de 1978, p. 2.194, que documenta el fundamento del voto particular del diputado republicano del grupo socialista Martin-Toval cuando afirmó: «En suma…ser republicanos hoy puede significar salvar a la monarquía actual de sus adherencias no democráticas, pero recordando que solamente una monarquía, por así decir, republicana, puede tener hoy legitimidad para los demócratas».

Segunda, la recogida en el Diario de Sesiones del Senado de 25 de septiembre de 1978, p. 2.890, que recoge la defensa del voto particular del prof. Ollero Gómez cuando afirma: «[…]Porque hay repúblicas que no son parlamentarias; pero toda monarquía democrática tiene que ser parlamentaria […]».

La monarquía asumida en la Constitución de 1978 presenta delegaciones extensas no reservándose esfera de poder alguno salvo las propias de la organización de su Casa de conformidad al art 65. 2º CE.

No ostenta poder constituyente alguno porque éste reside en el pueblo español, art 1. 2º CE.

No ostenta poder ejecutivo alguno, porque este reside en el Gobierno, art 97 CE.

No ostenta poder legislativo alguno porque este reside en las Cortes Generales, art 66 CE.

Fuente: Pixabay. Licencia CC0
No ostenta poder judicial alguno porque este reside en los jueces y magistrados, art 117 CE.

Es por ello que el rey conserva menos poder que el presidente de cualquier República, como acertadamente apunta Garrido Falla.

Pero, a pesar de ello, no es una institución vacía, meramente testimonial, artificiosa o susceptible de manipulación por los otros poderes constitucionales. Especialmente por el Gobierno de gabinete a través del cual actúa[8].

Sin la participación del Rey se paralizaría toda la maquinaria del Estado.

Presenta varias notas que evidencian su extrema notoriedad:

Primera, la Monarquía parlamentaria se encuentra en el Título Preliminar de la Constitución en donde se definen: forma del Estado, forma de Gobierno, fines del Estado, modelo de participación política de la sociedad, principios generales del ordenamiento jurídico y valores superiores de la organización política.

El Título Preliminar es herramienta interpretativa usualmente empleada por la jurisprudencia de los tribunales, pero también es una fuente de primer orden para la actividad diaria de todas las Administraciones Publicas en el ejercicio de sus competencias.

Todo ello significa que la reforma del Titulo se asimile a la revisión total de la Constitución del art 168, que exige mayoría de dos tercios en ambas cámaras, disolución de las Cortes y reforma propuesta sometida a referéndum nacional[9].

Viene a propósito el principio interpretativo in claris non fit interpretatio frente a quienes defienden reformas constitucionales empleando ingeniería jurídica construida sobre postulados políticos que pretenden evitar las garantías del art 168.

Segunda. El carácter histórico le infunde una legitimidad frente a otras formas de Estado más modernas y artificiales. Posee la mística de lo que siempre ha estado junto a los hombres en el trayecto vital de sus generaciones compartiendo un destino común. Como apunta Pérez Serrano, una dinastía nueva es poco más que una presidencia de una República.

Por ello, el rey mismo diluye su personalidad en la serie de una herencia dinástica y su nombre se enumera para señalar esa continuidad.

El valor moral de las legitimidades monárquicas queda justificado por la solidez de los tiempos transcurridos junto a una forma de proceder que siempre ha buscado lo mejor y más provechoso para su reino. Procurando lo más conveniente para todos los ciudadanos en cada marco temporal social y económico prescindiendo de otras consideraciones que no sean las más provechosas para el pueblo persiguiendo el commune bonum.

Acertadamente el prof. -catedrático Ruiz del Castillo fundamentó el retorno de la monarquía a España en los años setenta del s. XX como una vuelta al orden, no una vuelta pura y simple al pasado muerto, sino a la reanudación de un ritmo político que busca en la fidelidad, al propio ser histórico, el aliento de empresas futuristas[10].

Fuente: Pixabay. Licencia CC0
El transcurso de los siglos en una dinastía provoca que el pasado histórico del pueblo encuentre en el monarca una condensación de los valores y principios que son propios del reino. 

Es por esa herencia que soporta por lo que debe estar ajeno a los partidos políticos y sus conflictos en lo que supone de inmediatez y proximidad a decisiones y debates, llamémoslos, rutinarios, dentro de los propios principios constitucionales.

Tercero.  Las funciones que atribuye la Constitución al monarca se encuentran enumeradas en los arts. 56, 62 y 63 CE, debiendo ser todas ellas refrendadas como exige el art. 64 CE.

Pero se le reconoce otras funciones, expresas o tacitas:

I.       Es el Jefe del Estado. Pero no solamente es eso, el ser rey implica algo más, es ser órgano de participación necesaria en los actos estatales más importantes del reino.

II.    Representa la unidad y permanencia del Estado español. Porque la Corona es símbolo de integración histórica, social, territorial, cultural y política del Reino, como razona con acierto Aragón Reyes.

III.    Asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales.


IV.     Arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones.

V.      Sin olvidar, como ordena el art 62.g) CE, ser informado de los asuntos de Estado.

El rey no tiene potestas, pero si auctoritas. Posee influencia social, posibilidades de animar, advertir y ser consultado.

Especialmente deben citarse el arbitraje y la moderación en el funcionamiento de las instituciones y la influencia social nacional e internacional.

Cuarto. Monarquías europeas.

Seis de las democracias en Europa con una población de un millón de habitantes o más son monarquías: Bélgica, Dinamarca, Países Bajos, Noruega, Suecia y Reino Unido. Todas ellas han asumido la monarquía parlamentaria como forma política y aunque presentan diferencias en su evolución histórica, todas comparten funcionalidades semejantes, todas operan en naciones democráticas liberales, reinando, pero no gobernando. Pero siendo reconocidas por los dirigentes políticos de cada una respetando la realidad constitucional.

España queda incorporada como monarquía parlamentaria desde 1978 sumando siete las monarquías reinantes en nuestra Europa. Todos ellas han promovido niveles de bienestar importantes.

Hasta aquí una breve exposición que sería incompleta sin el reconocimiento a  todos aquellos que  han posibilitado un funcionamiento armónico e integrador de las instituciones y poderes constitucionales como buenos españoles y buenos amigos de esta España.


Juan B. Lorenzo de Membiela,
Doctor por la Universidad de Valencia







[1] Dio como resultado, votos de hombres y mujeres a favor: 14.145.163 de un total de 15.219.563. El porcentaje de votos afirmativos fue del 92.94%, vid. Diario «ABC», de 27 de julio de 1947, p. 20.

[2]  Aragón Reyes, M. (2004): Veinticinco años de monarquía parlamentaria, Revista Española de Derecho Constitucional, núm 70, p.12.

[3] Para profundizar véase: Bernecker, W.L.(1996): El papel político del Rey Juan Carlos en la transición, Revista de Estudios Políticos, núm. 92, p. 113.

[4]  De un censo de 22.644.290 electores, votaron 17.599.562, un 77,4%. Como votos positivos: 16.573.180, un 94,2%, vid. Contreras Casado, M. y Cebrián Zazurca, E. (2015): La Ley para la reforma política: Memoria y legitimidad en los inicios de la transición española a la democracia, Revista de Estudios Políticos, p. 110.

[5] Participaron 17.873.271. Votaron afirmativamente un 91.81%, vid. Diario «El Español» de 5 de diciembre de 2017.

[6] Garrido Falla, M. (1980): «Comentarios a la Constitución», 1ª edic., Madrid: Tecnos, p.39 y Pérez Serrano, N. (1976): «Tratado de Derecho político», Madrid: Civitas, pp. 267 y ss..

[7] Lo que no implica que la República tenga que ser, por esencia, una forma de Estado necesariamente democrática.

[8] Sánchez Agesta, L. (1979): «Principios de Teoría Política», Madrid: Editora Nacional, p. 468.

[9] García de Enterría, E y Predieri, A. (1981): «La Constitución Española de 1978», Madrid: Civitas, pp. 425 y 427 y ss..

[10]  Cita en Pérez Serrano, N. (1976): «Tratado de Derecho político», cit., p. 291.

miércoles, 18 de noviembre de 2020

Mascarilla, distancia de seguridad, higiene y ventilación : no es tan complejo

 

Mascarilla, distancia de seguridad, higiene y ventilación : no es tan complejo.

 

Juan B. Lorenzo de Membiela

Terrence W. Deacon dijo que la realidad es simplemente un instrumento de supervivencia. ¿Pero qué supervivencia? A priori, la que facilite retornar a la vieja normalidad, pero antes de eso, la que controle la propagación de un virus hospedado en humanos, quiero decir, la que controle a los humanos para no propagar el virus.

Las recomendaciones sanitarias obligatorias nunca han sido cumplidas con agrado. La experiencia acumulada por organismos internacionales puede acreditar este fenómeno. Son acatadas cuando no se opongan a intereses o gustos personales y sean conformes a nuestras creencias. Pero claro, dejar al arbitrio de cada cual la propagación de una epidemia letal es una liberalidad que excede, con mucho, los derechos individuales reconocidos en declaraciones internacionales porque compromete, sencillamente, la vida de otros.

Se ha sugerido por psicosociólogos el empleo de información veraz y la adopción de decisiones gubernamentales transparentes y consecuentes con las circunstancias que abruman a la sociedad. El deber de informar fidedignamente es fundamental para que los ciudadanos asuman compromisos. Censurar y minimizar el riesgo no ha traído otras consecuencias que banalizar acontecimientos. De ello hay antecedentes en la gripe de 1918…

En octubre de 2020 Europa ha recobrado el protagonismo como epicentro de la pandemia declara la OMS. Ante esta coyuntura la Comisión ha recomendado «paciencia y disciplina» para detener el virus.  Es un mensaje directo y escueto. Se han utilizado sustantivos que describen realidades, sin adjetivos que las modifiquen. No hay espacios para la duda, tampoco para la evasión y diferentes naciones del mundo han elaborado estrategias para acometer este resurgimiento vírico.

Unas han optado por el testeo masivo de habitantes.

Islandia la aplicó con éxito desde el principio de la pandemia, en el mes de febrero, a todos sus ciudadanos y de manera gratuita.

Eslovaquia, durante el 31 de octubre-1 de noviembre, testeó masivamente a sus 5.4 millones de habitantes en 5.000 puestos de atención. Distribuidos por toda la nación fueron atendidos por el ejército, la policía y 45.000 sanitarios. En la semana próxima, 7 y 8 de noviembre, se realizará otro ensayo similar.

También adoptarán esta técnica Luxemburgo y Mónaco.

Gran Bretaña, acordó sumarse a esta estrategia después de un comienzo dubitativo en donde se tanteo la inmunidad de grupo como remedio que es desaconsejado por la OMS. El día 6 de noviembre comenzó la llamada Operación Moonshot en la ciudad de Liverpool. El ejército con 2.000 efectivos, han examinado a una población de 454.000 habitantes mediante pruebas rápidas. No solamente utilizaran pruebas PCR y pruebas de flujo lateral o inmunocromatografia coloidal sino principalmente la novedosa RT-LAMP (Amplificación isotérmica mediada en lazo de transcriptasa inversa) empleando saliva y con una fiabilidad del 97% . El laboratorio ha sido instalado en el Hospital de Liverpool del Servicio Nacional de Salud.

Alemania, en la primavera de 2020, practicó pruebas diagnósticas a través de redes públicas, redes privadas de carácter mutualista, laboratorios nacionales y hospitales. En el mes de marzo de 2020 alcanzaron, según el virólogo Christian Drosten, las 500.000 pruebas semanales.

Se optó no por pruebas masivas sino algo más selectivo siguiendo las directrices del Instituto Robert Koch. La capacidad diagnostica alemana alcanza 1.500.000 PCR semanales. El análisis se realiza junto a otras medidas y no como un fin en sí mismo. Una de las decisiones adoptadas para proteger a residencias de mayores es facilitar veinte pruebas rápidas mensuales por residente para analizar visitas. Otra, la de realizar test en los centros escolares para ponderar el índice de contagio. En esta carrera contra el virus la innovación es una profilaxis poderosa.

Fuente: Pixabay. Licencia CC0




Junto al empleo de mascarilla, distancia de seguridad e higiene se ha añadido la ventilación de espacios cerrados para este otoño-invierno de 2020.

En otros lugares han optado por otros procedimientos.

Taiwán ha prescindido de pruebas masivas y confinamientos al haber adoptado medidas de prevención anticipadamente.  La transparencia gubernamental ha sido esencial para obligar   a los ciudadanos a fidelizar las instrucciones recibidas. Donó millones de mascarillas a la Unión Europea y a otros países en los proemios víricos del invierno.

La tecnología ha jugado un papel crucial: geolocalización, inteligencia artificial, big data y medidas de intendencia como disponibilidad de máscaras en todo momento. Nueva Zelanda se inspiró en las medidas de Taiwán con resultados muy satisfactorios.

Corea del Sur, ha sido el país más eficiente en gestionar la pandemia sin necesidad de confinamientos. Los cinco puntos fundamentales que son resaltados por el analista Guy Sorman, son los siguientes:

1.Intervenir en el momento justo.

2.Estrategia uniforme y sistemática en todo el territorio.

3.Rastreadores y geolocalización personal.

3. Test masivos por colaboración gobierno- biotecnológicas nacionales.

4.Comunicación clara, precisa y rigurosa.

El curso de los acontecimientos arroja un resultado sugestivo. Se vence al virus aplicando disciplina social, transparencia pública y tecnología. Pero las rutinas, la oposición al cambio, persisten, impermeables a un medio hostil y en constante mutación. Herber Spencer  afirmó en 1855 la idea de la evolución como la supervivencia de los más capaces ante medios anómalos.

 

miércoles, 11 de noviembre de 2020

Test masivos para visionar el virus ( investigacion)

Test masivos para visionar el virus  ( investigacion)


El Financial Times recoge en su edición de 11 de noviembre de 2020 las declaraciones de la Universidad de Oxford afirmando  que las pruebas rápidas de flujo lateral o inmunocromatografía coloidal son idóneas para el análisis masivo de población para controlar  la pandemia COVID 19.

Las pruebas masivas quizas sean la solución al problema de la pandemia al facilitar la detección de casos  evitando confinamientos prolongados lesivos a la economía.

Fuente: Pixabay. Licencia CC0
La otra prueba rápida, la RT-LAMP (Amplificación isotérmica mediada en lazo de transcriptasa inversa) posee una fiabilidad del 97%  y unos costes muy económicos.

Una herramienta más  y un coste presupuestario adicional  que ha sido obtenido , en algunas naciones,
mediante fórmulas de colaboración público-privada.



La importancia de los test rápidos cobra relevancia paulatinamente. En realidad es la única forma de dar visibilidad a un microbio oculto y emboscado por su naturaleza todavia no desvelada completamente: los episodios de superpogación por algunas personas  siguen siendo un misterio insondable.

 En Alemania,una de las decisiones adoptadas para proteger a residencias de mayores es facilitar veinte pruebas rápidas mensuales por residente para analizar sus visitas. 

Otra, la de testear  los centros escolares para ponderar el índice de contagio. En esta carrera contra el virus la innovación es una profilaxis poderosa, y la gestion es un área en donde la sensibilidad creativa arroja siempre resultados sorprendentes.


                                                              JLM

jueves, 5 de noviembre de 2020

Rio Jucar (España)



                                                                           Foto: JLM
 

Río Júcar. España (fotografia)

 


Río Júcar. España.





Cuestionan que los aerosoles sean portadores eficaces del coronavirus : necesidad de ventilación(investigación)

 

Cuestionan que los aerosoles sean portadores eficaces del coronavirus (investigación)


https://doi.org/10.1063/5.0027844

Fuente: Pixabay. Licencia CC0


Según una investigación de la Universidad de Ámsterdam, estas gotas son demasiado pequeñas como para llevar muchas partículas víricas.

Las microgotas de aerosol, las diminutas partículas que permanecen en el aire más tiempo (desde minutos a horas) después de que hablamos, tosemos o estornudamos, podrían no ser extremadamente eficientes a la hora de propagar el coronavirus. 

Así lo señala el estudio que físicos y médicos del Instituto Van der Waals-Zeeman de la Universidad de Ámsterdam (Países Bajos) publican esta semana en la revista Physics of Fluids. Sus modelos de propagación del SARS-CoV-2 en espacios confinados indican que la transmisión por aerosol no es una ruta muy eficiente.

Los autores han utilizado tecnología láser para medir la distribución de las gotitas que diversas personas liberaban al hablar o toser. También usaron una boquilla de chorro para fabricar un número conocido de partículas de aerosol idénticas a las emitidas por los voluntarios, lo que permitió calcular y modelizar cómo se propagan, el tiempo que permanecen en el aire y la probabilidad de que transmitan el coronavirus.

Los resultados indican que estas microgotas que persisten en el aire no están libres de riesgo, pero debido a su pequeño tamaño contienen menos virus que las gotitas más grandes que se producen cuando alguien tose, habla o estornuda directamente sobre nosotros. En este trabajo se considera que el límite de tamaño entre ambos tipos de gotitas está en 5 micras, aunque otros científicos piensan que habría que cambiarlo a 100 micras.


Fuente: Jano y AIP física de fluidos

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Una guía del CSIC muestra cómo se deben ventilar las aulas uy espacios públicos para reducir el riesgo de contagio por Covid-19




Transmisión del virus en aerosol:CSIC (Documento PDF -INVESTIGACIÓN)

martes, 3 de noviembre de 2020

La transmisión de COVID-19 en los hogares es mucho más alta de lo que pensábamos (investigación)

 


La transmisión de COVID-19 en los hogares es mucho más alta de lo que pensábamos (investigación)


Fuente: Pixabay. Licencia CC0
COVID-19 se propaga en los hogares estadounidenses con más frecuencia de lo que se pensaba, según un nuevo estudio.


El estudio, publicado el viernes (30 de octubre) en la revista Morbidity and Mortality Weekly Report , involucró a 191 personas en Tennessee y Wisconsin que vivían con alguien diagnosticado recientemente con COVID-19. 

De estas, 102 personas se infectan dentro de los siete días posteriores a su inscripción en el estudio, lo que representa una "tasa de infección secundaria" del 53%. (La tasa de infección secundaria es el porcentaje de personas expuestas que contraen COVID-19 desde el primer caso). 

Aproximadamente el 75% de estas infecciones secundarias ocurrieron dentro de los cinco días posteriores a la enfermedad del primer miembro del hogar.

"Observamos que, después de que un miembro de la familia  enfermó, se detectaron rápidamente varias infecciones en el hogar", dijo en un comunicado el autor principal del estudio, el Dr. Carlos Grijalva, profesor asociado de Política de Salud en el Centro Médico de la Universidad de Vanderbilt en Nashville 

Fuente: Livescience

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