viernes, 23 de agosto de 2019

Las criptomonedas no son dinero a efectos civiles ( Tribunal Supremo)

El Tribunal Supremo niega cualquier posibilidad de que los bitcoins sean  considerado dinero a efectos civiles, a pesar de contar con un valor semejante todas ellas dado por la oferta y la demanda. 

STS 2109/2019, de 20 de junio.

  • Nº de Resolución: 326/2019 
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    • Nº Recurso: 998/2018 
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal 
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  • Ponente: PABLO LLARENA CONDE 

Sinopsis: 
«Los bitcoins no pueden considerarse un objeto material o dinero electrónico a los efectos de la restitución de la cosa. El bitcoin es un activo inmaterial. Es una unidad de cuenta de la red del mismo nombre, de las que se crearon 21 millones de ellas, y que se comercializa en unidades o porciones  a través de las plataformas de trading bitcoin. 

El precio de cada unidad se fija por su coste de intercambio, por lo que no existe un precio mundial o único del bitcoin. 
Fuente: Pixabay. Licencia CC0

No obstante, el importe de cada unidad en las diferentes operaciones de compra (por las mismas reglas de la oferta y de la demanda), tiende a equipararse en cada momento, lo que permite utilizarse como activo inmaterial de contraprestación o de intercambio en cualquier transacción bilateral en la que los contratantes lo acepten[…] ». 


Cómo citar esta entrada

Lorenzo de Membiela, Juan B.: «Las criptomonedas no son dinero a efectos civiles ( Tribunal Supremo) », Sucesos Contemporáneos. Disponible en: https://membielaguitian.blogspot.com/2019/08/las-criptomonedas-no-son-dinero-efectos.html

Sobre el autor

JLM

Juan B. Lorenzo de Membiela

Doctor en Derecho · Universidad de Valencia

Especialista en Derecho administrativo, empleo público y Derecho del trabajo. Investiga la historia naval de la Monarquía hispánica —de la Gran Armada a Trafalgar—. Es autor de Estudios sobre Trafalgar: tempestad, marinos e imperio (Sevilla, 2019) y de una veintena de libros y 169 artículos científicos de Derecho público y del trabajo. Colabora en El Confidencial Digital y El Español. Desde este blog publica microensayos que contrastan los hechos con fuentes académicas y autorizadas.

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