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sábado, 17 de octubre de 2026

La ley de Parkinson y el infinito burocrático (microensayo)

Sucesos contemporáneos · Microensayo · Función pública

La ley de Parkinson y el infinito burocrático

El trabajo se expande hasta ocupar todo el tiempo disponible. Setenta años después de su formulación, la ley de Parkinson sigue explicando por qué crecen las organizaciones aunque no crezca el trabajo.

Por Juan B. Lorenzo de Membiela · Doctor en Derecho por la Universidad de Valencia · Microensayo
⏱ 8 min de lectura

La entrada en cinco ideas

1.Parkinson formuló su ley en The Economist (1955) a partir de un dato llamativo: entre 1914 y 1928 la Armada británica perdió dos tercios de sus buques, mientras los funcionarios del Almirantazgo aumentaban casi un 80 %.

2.Sus principios —el jefe que multiplica subordinados, el trabajo que se crean entre sí, la discusión inversa a la importancia del asunto— nacen de la experiencia, no de la especulación.

3. La Ley de Parkinson posee una incidencia  declarada cuando se estudian aspectos de la gestión como  la  eficacia, la buena administración y la simplificación administrativa. 

4.Los estudios posteriores, de Haire y Blau a la física estadística de Klimek, Hanel y Thurner (2009), han confirmado parte de sus hipótesis.

5.La digitalización y la paradoja del incremento de la burocracia.

Origen de una ley

La ley de Parkinson, o ley de la pirámide ascendente, se formuló por vez primera en un artículo anónimo de The Economist publicado el 19 de noviembre de 1955[1]. Su autor, Cyril Northcote Parkinson, catedrático de Historia en la Universidad de Malaya (Singapur), la reunió después con otros textos en Parkinson’s Law and Other Studies in Administration (1957), traducido al español como La ley de Parkinson y otros ensayos[2].

Condensa la experiencia obtenida en dos organismos británicos durante varios años: el Almirantazgo y el Ministerio de Colonias. Parkinson observó cómo el número de sus empleados aumentaba a medida que se reducían las unidades de la Armada y desaparecía el Imperio.

Entre 1914 y 1928, los buques de línea de la Armada británica pasaron de 62 a 20, una caída del 68 %, y sus oficiales y marineros se redujeron un 32 %. En el mismo periodo, los funcionarios y oficinistas de los arsenales crecieron un 40 % y los funcionarios del Almirantazgo, un 78 %. Menos barcos, más despachos.

Edificio del Almirantazgo en Whitehall, hacia 1790
El edificio del Almirantazgo en Whitehall (Londres), hacia 1790. Autor desconocido. Fuente: Wikimedia Commons (dominio público).

Los hechos que analiza Parkinson abarcan un periodo amplio, que incluye la crisis desencadenada por el martes negro de 1929. De ahí la idoneidad de referirse a su obra: demuestra que nos encontramos ante un fenómeno sociológico que va más allá de las crisis, bélicas o financieras, de los regímenes políticos y de las estructuras administrativas o empresariales.

El propio Parkinson recordaba su experiencia como oficial de Estado Mayor durante la guerra:

«Éramos unos setenta en mi unidad. Para decir verdad, ninguno de nosotros hizo mucho por ganar la guerra. […] Por una serie de circunstancias, el comodoro cayó enfermo, el coronel fue trasladado y el capitán de fragata se marchó. Y quedé yo […]. De repente me di cuenta de que el trabajo resultaba diez veces más sencillo cuando todo el mundo estaba fuera. No había nadie que me corrigiera la gramática y, por supuesto, nada de reuniones. Nada de papeleo».

Recepción en España

Hoy es una ley y un conjunto de principios postergados, relegados a la condición de simple sarcasmo burocrático, sobre todo para autores de influencia norteamericana[3] y españoles. Sin embargo, tuvo eco en la función pública española de los años cincuenta y sesenta, muy sensibilizada con los temas de gerencia.

El catedrático José Luis Villar Palasí la calificó de «jocosa pero realmente inexorable»[4]. Y no debe olvidarse que la respaldaron varios especialistas en ciencia de la Administración, entre otros el danés Poul Meyer, el alemán nacionalizado estadounidense Fritz Morstein Marx y el polaco residente en Francia Georges Langrod.

Causó conmoción en el campo de la economía y del Derecho administrativo a escala mundial. Todavía la tiene en cuenta Henry Mintzberg, referente obligado de la teoría de la organización contemporánea, aunque en aspectos muy determinados, como el crecimiento de las organizaciones[5]. La ley de Parkinson obedece a la práctica, a lo vivido; no es fruto de elucubraciones teóricas y, solo por ello, merece una lectura atenta.

El catedrático Luis Jordana de Pozas expuso algunos de sus principios en Documentación Administrativa en 1959, y otros profesores los completaron con sus anotaciones.

La ley y sus principios

La ley dice: el trabajo se expande hasta ocupar todo el tiempo disponible para su realización. Es decir, cuanto más tiempo se tiene para ejecutar una actividad, más tiempo se tarda en realizarla. De ella se desprenden los siguientes principios:

1. Un directivo desea siempre multiplicar el número de sus subordinados, pero nunca el de sus rivales, para darse más importancia dentro de la organización.

2. Los empleados se crean trabajo unos a otros, sin utilidad: la proliferación de subordinados innecesarios genera actividades igualmente innecesarias.

3. Un jefe inventa siempre trabajo para sus subordinados.

4. No existe relación, o es muy escasa, entre el trabajo que ha de realizarse y el número de empleados a los que se encomienda.

5. Siete personas son capaces de causar a su jefe más trabajo del que tenía cuando lo hacía él solo.

6. El tiempo dedicado a cada asunto del orden del día está en razón inversa a su importancia (la llamada ley de la trivialidad).

7. La perfección de la estructura de una institución solo se alcanza cuando está a punto de hundirse.

8. Las organizaciones son imperfectas y sus objetivos solo se alcanzan muy tardíamente, cuando ya son obsoletos.

9. Si el jefe de la organización no es de los mejores, tratará de rodearse de empleados peores que él, y estos, a su vez, buscarán subordinados peores que todos.

10. Los gastos aumentan hasta cubrir todos los ingresos (la segunda ley de Parkinson, formulada en 1960)[6].

Uno de los puntos más controvertidos es el del crecimiento constante de la plantilla: con independencia del volumen de trabajo, el personal de una gran organización administrativa aumenta, según Parkinson, entre un 5,17 % y un 6,56 % al año.

Lo que dijeron los estudios

La obra de Parkinson suscitó numerosos estudios: el de Mason Haire en 1959, el de William McWhinney en 1965 y el de Peter Blau y Richard Schoenherr en 1971[7]. William Rushing comprobó a finales de los años sesenta que el crecimiento de las organizaciones afectaba de modo distinto a dos componentes: el personal directivo disminuía en proporción, mientras que el administrativo aumentaba, por efecto de la creciente especialización.

Otra cosa es si de este modo se alcanza la eficiencia. Para Blau y Schoenherr, siempre aumenta o, en el peor de los casos, se mantiene. Pero un exceso de aparato administrativo será, sin duda, inasumible, pues nada puede sostenerse sobre un crecimiento infinito[8]. Y otra cuestión distinta es si la eficiencia es hoy la cima de cualquier gestión: Peter Senge, por ejemplo, la considera algo superficial[9].

La aportación más llamativa de los últimos años procede de la física. En 2009, Peter Klimek, Rudolf Hanel y Stefan Thurner, de la Universidad Médica de Viena, sometieron a prueba el «coeficiente de ineficacia» que Parkinson había atribuido a los consejos de ministros: más allá de unos veinte miembros, un órgano colegiado deja de decidir con eficacia. Con datos de 197 países, hallaron que los gabinetes más numerosos se asocian a menor desarrollo humano y menor estabilidad política, y situaron el umbral, precisamente, en torno a veinte[10]. La sátira de 1955 resultó tener base empírica.

La ley de Parkinson hoy

El empleo público en España se situó en 3.646.900 personas en el segundo trimestre de 2026, según la Encuesta de Población Activa, cerca de su máximo histórico[11]. La cifra, por sí sola, no prueba nada: la población y los servicios también crecen. Pero obliga a preguntarse, con Parkinson, cuánto de ese crecimiento responde a la tarea y cuánto a la propia dinámica de la organización.

La digitalización ofrece aquí una paradoja. Prometía reducir el papeleo y, mal diseñada, lo ha trasladado al ciudadano, que ahora debe rellenar formularios, obtener certificados electrónicos y pagar a intermediarios. Es el trabajo que se expande, no ya dentro de la oficina, sino fuera de ella.

Los tribunales han empezado a poner límites. El Tribunal Supremo declaró en 2023 contraria a Derecho la imposición general, sin justificación, de la presentación electrónica de la declaración del IRPF[12]. Y en julio de 2026 anuló el artículo 197.2 del Reglamento de extranjería, que obligaba a relacionarse por medios electrónicos en numerosos procedimientos: la obligación solo cabe si se justifica que el colectivo afectado tiene acceso y disponibilidad de esos medios, y si es proporcionada[13].

Conclusión

Esta descripción de la realidad no es resultado de cálculos estadísticos, sino de la reflexión sobre unos hechos constatados a lo largo de una vida. La riqueza de sus contenidos y sus aplicaciones prácticas están fuera de toda duda. No analizarlas, prescindir de ellas, es negar verdades que piden ser descubiertas y renunciar a una eficiencia que nunca sobra.

Normativa vigente

Constitución española, art. 103.1: la Administración sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con el principio de eficacia.

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común: las personas físicas pueden elegir si se relacionan electrónicamente con la Administración (art. 14); la obligación para determinados colectivos exige acreditar su acceso y disponibilidad de medios (art. 14.3), y la Administración debe asistir a quien lo necesite (art. 12).

Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, art. 3.2.

Notas

  1. [Parkinson, C. N.] (1955): «Parkinson’s Law», The Economist, 19 de noviembre de 1955. ↩
  2. Parkinson, C. N. (1957): Parkinson’s Law and Other Studies in Administration, Boston: Houghton Mifflin. Edición española: (1961): La ley de Parkinson y otros ensayos, Barcelona: Ariel. ↩
  3. Chiavenato, I. (2006): Introducción a la teoría general de la administración, 7.ª ed., México: McGraw-Hill, p. 266. ↩
  4. Villar Palasí, J. L. (1965): «La clasificación de los puestos de trabajo», Documentación Administrativa, 85. ↩
  5. Mintzberg, H. (2002): La estructuración de las organizaciones, Barcelona: Ariel Economía, p. 275. ↩
  6. Parkinson, C. N. (1960): The Law and the Profits, Boston: Houghton Mifflin. ↩
  7. Haire, M. (1959): «Biological Models and Empirical Histories of the Growth of Organizations», en Haire, M. (ed.): Modern Organization Theory, Nueva York: Wiley; Blau, P. M., y Schoenherr, R. A. (1971): The Structure of Organizations, Nueva York: Basic Books. ↩
  8. Mintzberg, H. (2002): La estructuración de las organizaciones, cit., p. 279. ↩
  9. Senge, P. (2008): La danza del cambio, Barcelona: Gestión 2000. ↩
  10. Klimek, P., Hanel, R., y Thurner, S. (2009): «Parkinson’s Law Quantified: Three Investigations on Bureaucratic Inefficiency», Journal of Statistical Mechanics: Theory and Experiment, P03008. Preimpresión en arXiv:0808.1684. ↩
  11. Instituto Nacional de Estadística: Encuesta de Población Activa, segundo trimestre de 2026 (publicada el 28 de julio de 2026). Disponible en: ine.es. ↩
  12. STS (Sala Tercera) de 11 de julio de 2023, rec. 6391/2021, sobre la Orden HAC/277/2019 y la presentación electrónica obligatoria de la declaración del IRPF. ↩
  13. STS (Sala Tercera) 868/2026, de 8 de julio, rec. 19/2025, que declara la nulidad del art. 197.2 del Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre; reiterada por la STS de 29 de julio de 2026, rec. 21/2025, publicada en el BOE de 22 de septiembre de 2026. ↩

Publicado en este blog el 16 de enero de 2020. Revisado en octubre de 2026. Imágenes: Pixabay (CC0) y Wikimedia Commons (dominio público).

lunes, 14 de septiembre de 2026

Olas de calor insoportables

Olas de calor insoportables ( microensayo)

por Juan Lorenzo de Membiela

Doctor por la UV

Uno de los problemas que sufren las ciudades durante los meses estivales son las olas de calor. No existe una definición única y generalmente aceptada. Para la Organización Meteorológica Mundial, es un período de cinco o más días consecutivos durante los cuales la temperatura máxima diaria supera en 5 °C o más la temperatura máxima media habitual.

La Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) ofrece una definición más compleja: «un episodio de, al menos, tres días consecutivos en el que, como mínimo, el 10 % de las estaciones consideradas registran temperaturas máximas superiores al percentil 95 de sus series de temperaturas máximas diarias correspondientes a los meses de julio y agosto del período 1971-2000».

Se han registrado numerosas olas de calor en España. La más notable, por su persistencia y extensión territorial, fue la de 1947, que se prolongó durante trece días consecutivos, desde el 23 de julio hasta el 4 de agosto. Durante aquel episodio se alcanzaron 47 °C en Sevilla, en el observatorio de la iglesia de la Anunciación; 42 °C en Bilbao, y 40,5 °C en Figueras.

CeraPiper: sistema de la Universidad de Cornell que fabrica tuberías cerámicas a medida para enfriar espacios sin electricidad.

Temperaturas extremas aún más antiguas se registraron en Sevilla en junio de 1873, cuando se alcanzaron 49,8 °C. Asimismo, se citan 51 °C en junio de 1876, dato que no figura en las bases climatológicas, aunque sí en los Resúmenes de Observaciones Meteorológicas. Ese mismo año, durante el mes de julio, se registraron 44,2 °C en Madrid, 47,8 °C en Murcia, 42,5 °C en Bilbao y 41 °C en Salamanca.

En 1881, los Resúmenes de Observaciones Meteorológicas reflejaban temperaturas extremas, como los 42,5 °C registrados en Salamanca durante el mes de julio;  los 45 °C de Alicante y los 44 °C de Teruel durante el mes de agosto.

Otros episodios destacados fueron los 47,2 °C registrados en Murcia en julio de 1994, así como los 46,6 °C de Sevilla y los 45 °C de Badajoz en agosto de 2003.

El calor forma parte del clima veraniego español, pero también constituye un riesgo para la salud. El sistema MoMo, creado en 2004 para monitorizar la mortalidad diaria, atribuye a las altas temperaturas 27.564 defunciones entre 2015 y 2025. El año 2022 fue el de mayor impacto, con 4.789 fallecimientos, seguido de 2025, con 3.832.

La cuestión principal es qué medidas pueden adoptarse en las ciudades para mitigar este calor extremo. Se trata de actuaciones que hayan superado la fase teórica o especulativa y se hayan materializado en soluciones visibles y eficaces.

Las estrategias aplicadas por arquitectos, urbanistas e ingenieros pueden agruparse en cinco categorías principales:

1. Aumentar el arbolado urbano y las zonas verdes. También se emplean jardines verticales y cubiertas vegetales.

2. Incorporar infraestructuras azules. Las fuentes, las láminas de agua y los sistemas urbanos que aprovechan cauces o circuitos hidráulicos refrescan el entorno mediante procesos de evaporación.

3. Emplear materiales de alta reflectancia. Es frecuente la utilización de pavimentos y cubiertas de colores claros, capaces de reflejar una mayor proporción de la radiación solar y reducir el calentamiento de las superficies urbanas.

4. Diseñar espacios de sombra. Las pérgolas, las redes de toldos y los refugios climáticos —como bibliotecas, centros culturales y otros edificios públicos climatizados— reducen significativamente el calor.

5. Crear corredores de viento. Tanto la circulación del aire como los procesos de convección constituyen recursos fundamentales para disipar el calor acumulado en el entramado urbano.

Entre las innovaciones más recientes destaca una tecnología presentada en 2026, basada en la aplicación de nanopartículas de sulfato de bario sobre distintas superficies. Este recubrimiento refleja aproximadamente el 98 % de la radiación solar y facilita la emisión de calor hacia el exterior. Las pruebas realizadas indican una reducción significativa de las necesidades de climatización mecánica.

Otra aportación relevante es CeraPiper, desarrollada por el Instituto Tecnológico de Israel (Technion) y la Universidad Cornell, en Estados Unidos. Se presentó en 2025, durante la conferencia SCF'25 de la Association for Computing Machinery, celebrada en noviembre de ese año en Cambridge, Massachusetts. Esta tecnología consiste en tubos cerámicos porosos que enfrían el entorno mediante la evaporación del agua contenida en su interior. Se trata de una solución inspirada en principios tradicionales de refrigeración evaporativa, utilizados desde hace siglos en numerosos lugares del Mediterráneo. Funciona sin necesidad de electricidad.

No hablamos de episodios de cambio climático, para ello sería necesario analizar cientos o miles de años. Los períodos de treinta años utilizados por los climatólogos, basados en registros continuos de temperatura, precipitaciones, humedad y otros factores, aportan indicios con cierta relevancia estadística. Sin embargo, la inexistencia de registros meteorológicos con siglos de historia obliga a actuar con cautela, lo que no impide adoptar medidas paliativas en entornos urbanos para reducir  una insolación insoportable.


lunes, 15 de diciembre de 2025

Salvemos el archivo digital de Investigación y Ciencia (petición)

 

Salvemos el archivo digital de Investigación y Ciencia ( peticion)

Salvemos el archivo digital de Investigación y Ciencia



« […] Se produjo el cierre de www.investigacionyciencia.es, la web que albergaba un archivo digital de 46 años de historia. Este incluía todos los contenidos de las revistas Investigación y Ciencia, Mente y Cerebro, Temas, Cuadernos y Especial, así como las noticias publicadas en la sección de actualidad científica y la plataforma de blogs SciLogs. En total, más de 21.000 artículos » .




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El pasado 31 de enero de 2023, el grupo Springer Nature decidió dejar de publicar Investigación y Ciencia (fundada en 1976) y Mente y Cerebro (2002). Era el punto final en la historia de dos revistas que, fieles a su compromiso original con el rigor y la claridad, se han ganado una excelente reputación en el mundo de la cultura científica en español. Desde sus inicios, han servido de referencia para científicos, divulgadores, docentes, estudiantes y, sobre todo, para el público general interesado en la ciencia, entre el cual han despertado incontables vocaciones científicas. 

Pocos días después, el 17 de febrero, se produjo el cierre de www.investigacionyciencia.es, la web que albergaba un archivo digital de 46 años de historia. Este incluía todos los contenidos de las revistas Investigación y Ciencia, Mente y Cerebro, Temas, Cuadernos y Especial, así como las noticias publicadas en la sección de actualidad científica y la plataforma de blogs SciLogs. En total, más de 21.000 artículos.

Con la clausura de www.investigacionyciencia.es desaparece un tejido absolutamente único de contenidos científicos y divulgativos elaborados por los mejores expertos de todos los campos del conocimiento y procedentes de todo el mundo, incluidos científicos universales de la talla de Paul Dirac, Vera Rubin o Ramon Margalef, entre muchísimos otros.

Además de albergar la traducción al español de miles de artículos de Scientific American y Nature escritos por expertos internacionales (entre ellos más de un centenar de premios Nobel), la web incluía miles de artículos originales elaborados por los mejores científicos de España y Latinoamérica, noticias escritas por periodistas especializados y decenas de blogs de ciencia conducidos por investigadores. En conjunto, conformaban una ventana única al desarrollo global de la ciencia a lo largo del último medio siglo. Un canal de transferencia del conocimiento científico único en el mundo de habla hispana. 

Por su importancia cultural, educativa, histórica y científica, el archivo digital de www.investigacionyciencia.es constituye, pues, un legado de valor incalculable para la comunidad hispanohablante. Preocupados por el perjuicio que conlleva su cierre, solicitamos al grupo Springer Nature que reconsidere esta decisión y vuelva a poner a disposición del público los contenidos del archivo, ya sea a través de una web propia o mediante la cesión del archivo a una institución sin ánimo de lucro que quiera hacerse cargo del mismo. 

Sería una pérdida irreparable que este valioso legado de Prensa Científica, Scientific American y Springer Nature se perdiera para siempre.


Signatarios — Instituciones:


Fuente: Change.org

lunes, 18 de agosto de 2025

Energía nuclear: soporte de la revolución tecnológica de la inteligencia artificial (IA)

 

Energía nuclear:  soporte de la revolución tecnológica de la inteligencia artificial  (IA) ( microensayo)

Tiempo de lectura: 4 min.


por

Juan L  Membiela

Los centros de tratamiento de datos para la inteligencia artificial  y computación en la nube necesitan una potencia que supera los recursos que posee nuestro país. Un escenario más tenebroso, cuando el desmantelamiento de la central de Almaraz sigue su marcha, sin que importen sus consecuencias empresariales y humanas . Hablamos de prospectiva, de futuro, hablamos de desarrollo y riqueza para los españoles.

CN Almaraz
Fuente: Payperthink


La práctica totalidad de Europa, EE. UU. , China e India, abrazan y amplían sin temor sus inversiones en energía nuclear en un contexto en donde el Banco Mundial ha levantado la prohibición de 1959 de financiar proyectos nucleares. 

 Las palabras de su presidente, Ajay Banga, pronunciadas el 4 de junio de 2025[1], anuncian que apoyarán la energía nuclear en colaboración con la Agencia Internacional de la Energía Atómica (IAEA):

 «Apoyaremos los esfuerzos para prolongar la vida útil de los reactores existentes en los países que ya los tienen, y contribuiremos a la modernización de la red eléctrica y la infraestructura relacionada». 

Se promoverán inversiones para la construcción y desarrollo de los SMR[2], pequeños reactores nucleares, muy apreciados por su versatilidad constructiva y posibilidades de emplazamiento. Esta política financiera, de amplio espectro, pretende que países en desarrollo dispongan de energía barata y constante   que será capital para su crecimiento y desarrollo.

Fuente: Wikicommons 

Banja, anunció en su declaración, que la ayuda podría aumentar desde los 280.000 mll de dólares actuales a unos 630.000 mll de dólares anuales para 2035[3].

El Banco Mundial ha cambiado su política inversionista por dos factores: primero, la voluntad de Donald Trump de invertir en energía nuclear para ampliar sus capacidades tecnológicas y, segundo, la decisión de Alemania de sumarse a la carrera nuclear en un giro radical de su clásica política antinuclear, que ha resultado ser nefasta para su ecosistema industrial. Puede ampliarse a otro factor más, la magnitud de una revolución tecnológica que afectará a todas las sociedades

La Agencia Internacional de la Energía (IEA) estima que la inversión mundial en energía nuclear para 2030 podría ampliarse, desde los 65.000 mll de dólares actuales, a una horquilla de entre 70.000 y 150.000 mll de dólares.

En la IX edición del Foro Global de Energía del Consejo Atlántico, se organizó en Washington D. C., en el mes de junio de 2025, un encuentro entre las más relevantes empresas energéticas, como ADNOC, ExxonMobil, BP, Occidental Petroleum y empresas tecnológicas con la participación del Departamento de energía del gobierno estadounidense.

En el discurso inaugural, el Dr. Al Jaber, ministro de Industria y Tecnología Avanzada, director general y CEO del Grupo ADNOC, expuso los importantes retos y dilemas de una tecnología, como la inteligencia artificial, que supondrá la siguiente etapa evolutiva del ser humano.

En la conferencia, Al Jaber planteó la siguiente cuestión: 

¿cómo ganar la carrera a la inteligencia artificial generativa triplicando la capacidad de los centros de datos en los próximos cinco años?

Problema que se agudiza porque:

«Nos estamos precipitando hacia la era de la IA con una red del siglo XX, sistemas de regulación del siglo XIX y políticas del siglo XVIII».

Ante esta realidad, el emiratí pidió una respuesta coordinada entre todos. El desafío tecnológico precisa de una coordinación entre productores de energía y productores de tecnología porque ambos son mutuamente dependientes.

En 2023 consumieron alrededor del 4.4 % de la electricidad total, el equivalente a 176 TWh (terawatios/hora).  Para 2028 se estima que esta cifra aumente entre el 6,7 % y el 12 %, es decir, entre 325 TWh y 580 TWh anuales. Solamente existen dos países capaces de alcanzar esta producción eléctrica: EE. UU. y China.

El diario The Network Installers, anuncia que el mercado de centros de datos de inteligencia artificial tendrá una tasa de crecimiento anual compuesta (TCAC o CAGR) del 28,3 % hasta 2030[4].

Para este año 2025, el 33 % de la capacidad de los centros de datos está dedicada a la inteligencia artificial generativa. En 2030 alcanzará el 70 %, cifras que no contemplan las necesidades de la computación en la nube.

Hablamos de un crecimiento que sin energía nuclear será imposible de cumplir.

Compañías tecnológicas como Oracle, Google, Amazon, Meta, Nvidia, HD Hyundai… han optado por la solución nuclear para suministrar energía a sus centros de datos. 

Para ello han optado o por la fabricación de SMR, reactores nucleares pequeños, por ejemplo, la empresa de tecnología Terra Power y su proyecto estrella, la planta de energía nuclear Natrium, en Wyoming. O la reactivación de centrales nucleares paradas, para 2028 está prevista la entrada en funcionamiento de la central nuclear de Three Mile Island (que se llamará Crane Clean Energy Center) en Pennsylvania, por la empresa Microsoft.

Apremiados por esta exigente tecnología, los países que quieren sumarse a esta revolución optan o por centrales nucleares de IV generación o por los SMR, por citar las tecnologías más innovadoras. O ,en última instancia, por prorrogar la vida útil de las centrales disponibles.

El cierre de centrales es una opción que se rechaza. En   ninguna parte del mundo, se crean centros de  procesamiento de datos  alimentados por energía solar o eólica. 

Ser dependientes de la energía de otros no es la mejor opción, porque nos enclaustra en las políticas energéticas de terceros países.

Desde mi punto de vista, España debe persistir en sumarse a la larga lista de países europeos que apuestan por esta  revolución tecnológica que ya ha comenzado y que garantiza, lo creo con firmeza,  el confort de nuestra civilización.

 

 

 

 

 



[1] Foro Nuclear, 2 de julio de 2025, «El Banco Mundial y el OIEA establecen alianzas para impulsar la energía nuclear», Website: https://www.foronuclear.org/actualidad/noticias/el-banco-mundial-y-el-oiea-establecen-alianzas-para-impulsar-la-energia-nuclear/ [Consulta: agosto de 2025].

[2] El Economista, 12 de junio de 2025, Website: https://www.eleconomista.es/energia/noticias/13411472/06/25/el-banco-mundial-desbloquea-la-financiacion-a-la-energia-nuclear.html [Consulta: agosto de 2025].

[3] El Banco Mundial levanta prohibición sobre energía nuclear y considera la explotación de gas, vid. NME, Nueva Minería y Energía, 12 de junio de 2025, Website: https://www.nuevamineria.com/revista/banco-mundial-levanta-prohibicion-sobre-energia-nuclear-y-considera-la-explotacion-de-gas/[Consulta: agosto de 2025].

[4] Devasia, A., «Más de 25 estadísticas y tendencias de centros de datos con IA (actualizado en 2025)», The Network installers, 3 de agosto de 2025, Website: https://thenetworkinstallers.com/es/blog/estad%C3%ADsticas-del-centro-de-datos-de-IA/[Consulta: agosto de 2025].

viernes, 20 de diciembre de 2024

sábado, 23 de noviembre de 2024

“La tecnología nuclear es un campo fascinante y lleno de oportunidades”



“La tecnología nuclear es un campo fascinante y lleno de oportunidades”


 Amparo Soler es, desde febrero de 2024, presidenta de Women in Nuclear (WiN) España, asociación de mujeres involucradas profesionalmente en el campo nuclear. 

En esta nueva etapa impulsan la colaboración y el networing entre sus socias, así como el desarrollo de más iniciativas de divulgación y educación que desmitifiquen la energía nuclear, a la vez que continúan trabajando para empoderar a más mujeres en el sector nuclear. 

En esta entrevista, Amparo Soler cree esencial escuchar y dialogar con la sociedad, respondiendo a sus inquietudes con transparencia y empatía. 

De esta forma, explica, “será más fácil que se acepte a la energía nuclear como una pieza clave del mix energético” […]  .


Fuente: Foro Nuclear

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viernes, 18 de octubre de 2024

“La nuclear y las renovables son una pareja perfecta para afrontar el cambio climático” (Foro Nuclear)

 “La nuclear y las renovables son una pareja perfecta para afrontar el cambio climático” ( Foro Nuclear)

Fuente: Wikicommons

¿Qué les motivó fundar Econucleares?

La razón por la que fundamos Econucleares fue la necesidad de corregir uno de los mayores problemas que sufre el ecologismo y la política contemporáneos: la falta de rigor científico. Nos enfrentamos a desafíos medioambientales colosales, siendo el calentamiento global uno de los más urgentes. Sin embargo, las soluciones que se proponen desde el ecologismo tradicional están a menudo sesgadas por el desconocimiento, intereses particulares y posturas ideológicas, lo que lleva a decisiones que, en lugar de resolver los problemas, los agravan […] 


Fuente: Foro Nuclear

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sábado, 20 de abril de 2024

Salvemos el archivo digital de Investigación y Ciencia (petición)

Salvemos el archivo digital de Investigación y Ciencia


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El pasado 31 de enero de 2023, el grupo Springer Nature decidió dejar de publicar Investigación y Ciencia (fundada en 1976) y Mente y Cerebro (2002). Era el punto final en la historia de dos revistas que, fieles a su compromiso original con el rigor y la claridad, se han ganado una excelente reputación en el mundo de la cultura científica en español. Desde sus inicios, han servido de referencia para científicos, divulgadores, docentes, estudiantes y, sobre todo, para el público general interesado en la ciencia, entre el cual han despertado incontables vocaciones científicas. 

Pocos días después, el 17 de febrero, se produjo el cierre de www.investigacionyciencia.es, la web que albergaba un archivo digital de 46 años de historia. Este incluía todos los contenidos de las revistas Investigación y Ciencia, Mente y Cerebro, Temas, Cuadernos y Especial, así como las noticias publicadas en la sección de actualidad científica y la plataforma de blogs SciLogs. En total, más de 21.000 artículos.

Con la clausura de www.investigacionyciencia.es desaparece un tejido absolutamente único de contenidos científicos y divulgativos elaborados por los mejores expertos de todos los campos del conocimiento y procedentes de todo el mundo, incluidos científicos universales de la talla de Paul Dirac, Vera Rubin o Ramon Margalef, entre muchísimos otros.

Además de albergar la traducción al español de miles de artículos de Scientific American y Nature escritos por expertos internacionales (entre ellos más de un centenar de premios Nobel), la web incluía miles de artículos originales elaborados por los mejores científicos de España y Latinoamérica, noticias escritas por periodistas especializados y decenas de blogs de ciencia conducidos por investigadores. En conjunto, conformaban una ventana única al desarrollo global de la ciencia a lo largo del último medio siglo. Un canal de transferencia del conocimiento científico único en el mundo de habla hispana. 

Por su importancia cultural, educativa, histórica y científica, el archivo digital de www.investigacionyciencia.es constituye, pues, un legado de valor incalculable para la comunidad hispanohablante. Preocupados por el perjuicio que conlleva su cierre, solicitamos al grupo Springer Nature que reconsidere esta decisión y vuelva a poner a disposición del público los contenidos del archivo, ya sea a través de una web propia o mediante la cesión del archivo a una institución sin ánimo de lucro que quiera hacerse cargo del mismo. 

Sería una pérdida irreparable que este valioso legado de Prensa Científica, Scientific American y Springer Nature se perdiera para siempre.


Signatarios — Instituciones:


Fuente: Change.org

jueves, 27 de abril de 2023

Sin imperio y sin ciencia (publicado en El Español)

Sucesos contemporáneos · Microensayo · Publicado en El Español

Sin imperio y sin ciencia (publicado en El Español)

Mientras Europa y Estados Unidos levantaban imperios en el siglo XIX, España declinaba. La ciencia, motor del progreso, marcó la diferencia.

Por Juan B. Lorenzo de Membiela · Doctor en Derecho por la Universidad de Valencia · Microensayo publicado en El Español

Sin imperio y sin ciencia
Iglesia de Baler, provincia de Aurora, isla de Luzón (Filipinas). Fuente: Wikimedia Commons.

[…] Frente a la modernidad de un mundo en expansión, una divergencia notable: España como regresión.

El nobel Ramón y Cajal exterioriza esa amargura en dos discursos: A patria chica, alma grande (1900) y Psicología de Don Quijote y el quijotismo (1905).

La pérdida de los últimos territorios en América y Asia provoca dos diferentes movimientos sociales: uno, literario: la generación del 98, con Unamuno, Baroja, Maeztu, Rubén Darío, Valle-Inclán, Benavente y Azorín. otro, político: el regeneracionismo, con Costa, Macías Picavea, Maeztu y otros que asumen matices anarquistas como contrapunto a las inercias de un poder que no oye, no ve, no habla... no siente y… oculta la luz de la historia […].

Publicado en

El Español · Blog del suscriptor · Opinión
15 de junio de 2021

Leer el microensayo completo en El Español →

Publicado originalmente en El Español el 15 de junio de 2021; reseñado en este blog el 27 de abril de 2023. Imagen: Wikimedia Commons.

sábado, 11 de junio de 2022

La expedición científica al Pacífico (1862-1866) en el Museo Nacional de Ciencias Naturales

 


La expedición científica al Pacífico (1862-1866)

El Museo Nacional de Ciencias Naturales en Madrid dedica un espacio permanente a la primera expedición científica española que llevó entre sus miembros a un fotógrafo.


                                                                    Fuente : Wikicommons 

El Museo dedica un espacio permanente a la primera expedición científica española que llevó entre sus miembros a un fotógrafo. Los científicos que integraron la denominada "Comisión Científica del Pacífico" se unieron a lo que inicialmente era una expedición político-militar y recorrieron Sudamérica por mar y por tierra visitando entre otros países Brasil, Argentina, Uruguay Chile, Perú, Ecuador y Estados Unidos (California). Los últimos comisionados volvieron surcando el Amazonas. 

En sucesivas remesas enviaron a España más de 80.000 ejemplares de animales, plantas y objetos antropológicos y en el Museo se conservan alrededor de 300 imágenes realizadas por el fotógrafo, Rafael Castro y Ordóñez.

En la exposición se presentan algunos de los instrumentos utilizados para colectar los ejemplares junto a láminas, documentos y una selección de los animales que enviaron, tanto naturalizados como conservados en alcohol, así como publicaciones históricas y recientes. 

En cuanto a las fotografías, hay una representación de las obtenidas en los principales países que recorrieron y también las copias digitales obtenidas a partir de los negativos realizados según la técnica del colodión húmedo que se realizaron en 2005 y es la primera vez que se exhiben en el Museo.

Las imágenes realizadas por el fotógrafo Rafael Castro y Ordóñez están digitalizadas y accesibles en la Biblioteca Virtual de la Red de Bibliotecas y Archivos del CSIC: http://bibliotecas.csic.es/


Fuente: MNCN

Más información

miércoles, 18 de mayo de 2022

El 73% de los españoles ven en Juan Carlos I un valor fundamental de la democracia

El 73% de los españoles ven en Juan Carlos I un valor fundamental de la democracia.



Fuente: Wikicommons 


 Los españoles ven a don Juan Carlos como un valor fundamental para la democracia.

Sondeo de NC REPORT


Fuente: La Razón


En la monarquía se encuentra el futuro de España (micro-ensayo)


I. Del todo a la nada.

La Constitución de 1978 traza geometrías que no dejan espacios vacíos de regulación. Unos porque están expresamente regulados; otros, porque la coordinación entre las instituciones constitucionales siempre ha procurado un funcionamiento rítmico.

Esa armonía obedece a una voluntad política de los distintos titulares para procurar un clima de normalidad constitucional sobre el que se promueven estabilidades económicas, políticas y sociales.


Nunca, durante años, un engranaje institucional tan meticuloso en su sincronización ha presentado asperezas ni desencuentros. La lealtad preside estas relaciones porque así lo exige el juramento o promesa que se presta para guardar y hacerla guardar. Forma rituaria de acatamiento que no posee, en cambio, alguna garantía para blindar la sinceridad de esa voluntad.

No es preciso recordar que el modelo de monarquía diseñado por las Leyes Fundamentales del Régimen, concretamente la Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado de 1947, aprobada por referéndum el día 6 de julio de 1947[1], presentaba similitudes con la monarquía que pervivió en Francia entre 1814 a 1830 o con la monarquía alemana durante todo el s. XIX hasta la Gran Guerra de 1914[2].Era una monarquía que aglutinaba bajo la figura del rey todos los poderes del Estado  en toda su extensión y profundidad.

Fuente: Pixabay. Licencia CC0
Así recibido el poder por D Juan Carlos[3] tras el fallecimiento del general Franco optó por la apertura democrática promoviendo la Ley para la Reforma Política, Ley 1/1977, ratificada en referéndum[4]. Supuso la derogación tácita de todo el sistema autárquico existente en España hasta la fecha y la convocatoria de elecciones generales.

Convocadas el 15 de junio de 1977 su resultado determinó los partidos políticos que integrarían las Cortes Constituyentes que elaboraron un texto constitucional sometido a referéndum el 6 de diciembre de 1978[5]. Aprobado, fue sancionado por el rey ante las Cortes el 27 de diciembre de 1978.

Entre tanto tuvo lugar un hecho de relevancia monárquica esencial: la trasmisión de los derechos sucesorios de la Corona española de D Juan a su hijo D Juan Carlos y con ello alcanzar la legitimidad de ser heredero de la dinastía histórica.

II. Monarquía parlamentaria

La Constitución de 1978, define a la monarquía parlamentaria como forma política del Estado, art 1. 3º CE. Esta denominación supera las clásicas empleadas por la doctrina española:  formas de gobierno vs. formas de Estado. Y posee un significado más ambicioso, comprensivo de ambas [6].

Fuente: Pixabay. Licencia CC0
La bondad de la fórmula implica que sea la democracia, como forma de gobierno, compatible con la monarquía, como forma de Estado[7].

Consecuencia de esta configuración valgan dos declaraciones expuestas por los constituyentes:

Primera, la recogida en el Diario de Sesiones del Congreso de 11 de mayo de 1978, p. 2194, que documenta el fundamento del voto particular del diputado republicano del grupo socialista Martin-Toval, cuando afirmó: «En suma… Ser republicanos hoy puede significar salvar a la monarquía actual de sus adherencias no democráticas, pero recordando que solamente una monarquía, por así decir, republicana, puede tener hoy legitimidad para los demócratas».

Segunda, la recogida en el Diario de Sesiones del Senado de 25 de septiembre de 1978, p. 2890, que recoge la defensa del voto particular del Prof. Ollero Gómez cuando afirma: «[…]Porque hay repúblicas que no son parlamentarias; pero toda monarquía democrática tiene que ser parlamentaria […]».

La monarquía asumida en la Constitución de 1978 presenta delegaciones extensas, no reservándose esfera de poder alguno, salvo las propias de la organización de su Casa de conformidad al art. 65. 2º CE.

No ostenta poder constituyente alguno porque éste reside en el pueblo español, art 1. 2º CE.

No ostenta poder ejecutivo alguno, porque este reside en el Gobierno, art 97 CE.

No ostenta poder legislativo alguno porque este reside en las Cortes Generales, art 66 CE.

Fuente: Pixabay. Licencia CC0
No ostenta poder judicial alguno porque este reside en los jueces y magistrados, art 117 CE.

Es por ello que el rey conserva menos poder que el presidente de cualquier República, como acertadamente apunta Garrido Falla.

Pero, a pesar de ello, no es una institución vacía, meramente testimonial, artificiosa o susceptible de manipulación por los otros poderes constitucionales. Especialmente por el Gobierno de gabinete a través del cual actúa[8].

Sin la participación del Rey se paralizaría toda la maquinaria del Estado.

Presenta varias notas que evidencian su extrema notoriedad:

Primera, la Monarquía parlamentaria se encuentra en el Título Preliminar de la Constitución en donde se definen: forma del Estado, forma de Gobierno, fines del Estado, modelo de participación política de la sociedad, principios generales del ordenamiento jurídico y valores superiores de la organización política.

El Título Preliminar es herramienta interpretativa usualmente empleada por la jurisprudencia de los tribunales, pero también es una fuente de primer orden para la actividad diaria de todas las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus competencias.

Todo ello significa que la reforma del Título se asimile a la revisión total de la Constitución del art 168, que exige mayoría de dos tercios en ambas cámaras, disolución de las Cortes y reforma propuesta sometida a referéndum nacional[9].

Viene a propósito el principio interpretativo in claris non fit interpretatio frente a quienes defienden reformas constitucionales empleando ingeniería jurídica construida sobre postulados políticos que pretenden evitar las garantías del art 168.

Segunda. El carácter histórico le infunde una legitimidad frente a otras formas de Estado más modernas y artificiales. Posee la mística de lo que siempre ha estado junto a los hombres en el trayecto vital de sus generaciones compartiendo un destino común. Como apunta Pérez Serrano, una dinastía nueva es poco más que una presidencia de una República.

Por ello, el rey mismo diluye su personalidad en la serie de una herencia dinástica y su nombre se enumera para señalar esa continuidad.

El valor moral de las legitimidades monárquicas queda justificado por la solidez de los tiempos transcurridos junto a una manera de proceder que siempre ha buscado lo mejor y más provechoso para su reino. Procurando lo más conveniente para todos los ciudadanos en cada marco temporal, social y económico, prescindiendo de otras consideraciones que no sean las más provechosas para el pueblo persiguiendo el commune bonum.

Acertadamente, el Prof. -catedrático Ruiz del Castillo fundamentó el retorno de la monarquía a España en los años setenta del s. XX como una vuelta al orden, no una vuelta pura y simple al pasado muerto, sino a la reanudación de un ritmo político que busca en la fidelidad, al propio ser histórico, el aliento de empresas futuristas [10].

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El transcurso de los siglos en una dinastía provoca que el pasado histórico del pueblo encuentre en el monarca una condensación de los valores y principios que son propios del reino. 

Es por esa herencia que soporta por lo que debe estar ajeno a los partidos políticos y sus conflictos en lo que supone de inmediatez y proximidad a decisiones y debates, llamémoslos, rutinarios, dentro de los propios principios constitucionales.

Tercero.  Las funciones que atribuye la Constitución al monarca se encuentran enumeradas en los arts. 56, 62 y 63 CE, debiendo ser todas ellas refrendadas como exige el art. 64 CE.

Pero se le reconoce otras funciones, expresas o tacitas:

I.       Es el jefe del Estado. Sin embargo, no solamente es eso, el ser rey implica algo más, es ser órgano de participación necesaria en los actos estatales más importantes del reino.

II.    Representa la unidad y permanencia del Estado español. Porque la Corona es símbolo de integración histórica, social, territorial, cultural y política del Reino, como razona con acierto Aragón Reyes.

III.    Asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales.


IV.     Arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones.

V.      Sin olvidar, como ordena el art 62.g) CE, ser informado de los asuntos de Estado.

El rey no tiene potestas, pero si auctoritas. Posee influencia social, posibilidades de animar, advertir y ser consultado.

Especialmente deben citarse el arbitraje y la moderación en el funcionamiento de las instituciones y la influencia social nacional e internacional.

Cuarto. Monarquías europeas.

Seis de las democracias en Europa con una población de un millón de habitantes o más son monarquías: Bélgica, Dinamarca, Países Bajos, Noruega, Suecia y Reino Unido. Todas ellas han asumido la monarquía parlamentaria como forma política y aunque presentan diferencias en su evolución histórica, todas comparten funcionalidades semejantes, todas operan en naciones democráticas liberales, reinando, pero no gobernando. Pero siendo reconocidas por los dirigentes políticos de cada una respetando la realidad constitucional.

España queda incorporada como monarquía parlamentaria desde 1978 sumando siete las monarquías reinantes en nuestra Europa. Todos ellas han promovido niveles de bienestar importantes.

Hasta aquí una breve exposición que sería incompleta sin el reconocimiento a todos aquellos que han posibilitado un funcionamiento armónico e integrador de las instituciones y poderes constitucionales como buenos españoles y amigos de esta España.



Juan L.de Membiela,








[1] Dio como resultado, votos de hombres y mujeres a favor: 14.145.163 de un total de 15.219.563. El porcentaje de votos afirmativos fue del 92.94%, vid. Diario «ABC», de 27 de julio de 1947, p. 20.

[2]  Aragón Reyes, M. (2004): Veinticinco años de monarquía parlamentaria, Revista Española de Derecho Constitucional, núm 70, p.12.

[3] Para profundizar véase: Bernecker, W.L.(1996): El papel político del Rey Juan Carlos en la transición, Revista de Estudios Políticos, núm. 92, p. 113.

[4]  De un censo de 22.644.290 electores, votaron 17.599.562, un 77,4%. Como votos positivos: 16.573.180, un 94,2%, vid. Contreras Casado, M. y Cebrián Zazurca, E. (2015): La Ley para la reforma política: Memoria y legitimidad en los inicios de la transición española a la democracia, Revista de Estudios Políticos, p. 110.

[5] Participaron 17.873.271. Votaron afirmativamente un 91.81%, vid. Diario «El Español» de 5 de diciembre de 2017.

[6] Garrido Falla, M. (1980): «Comentarios a la Constitución», 1ª edic., Madrid: Tecnos, p.39 y Pérez Serrano, N. (1976): «Tratado de Derecho político», Madrid: Civitas, pp. 267 y ss..

[7] Lo que no implica que la República tenga que ser, por esencia, una forma de Estado necesariamente democrática.

[8] Sánchez Agesta, L. (1979): «Principios de Teoría Política», Madrid: Editora Nacional, p. 468.

[9] García de Enterría, E y Predieri, A. (1981): «La Constitución Española de 1978», Madrid: Civitas, pp. 425 y 427 y ss..

[10]  Cita en Pérez Serrano, N. (1976): «Tratado de Derecho político», cit., p. 291.

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