La Dirección General de Protección Civil y Emergencias recuerda los efectos negativos de observar el eclipse de sol sin protección
- Nunca debe observarse el sol directamente, ni con cámaras, prismáticos o telescopios, ni con filtros no homologados para ello, ni a simple vista o con gafas de sol.
- Se puede mirar al sol mediante unos filtros denominados comúnmente gafas de eclipse, homologadas por la Unión Europea. Debe hacerse uso de las mismas siguiendo las instrucciones impresas.
- Se aconseja que no camine mientras use estas gafas y tenga en cuenta que se pueden superponer a las gafas graduadas habituales.
- El sol puede ser observado sin ningún peligro viendo su imagen proyectada sobre algún tipo de pantalla situada en la sombra. Por ejemplo, la imagen conseguida sobre una pared con un espejo plano cubierto por un papel con un agujero recortado de 1 cm. de diámetro. Nunca observe la imagen del sol en el espejo, mire sólo la imagen proyectada.
- Se desaconseja, totalmente, la utilización de aparatos o instrumentos ópticos, salvo por parte de profesionales o expertos en la observación solar.
Cómo citar esta entrada
Lorenzo de Membiela, Juan B.: «Dirección General de Protección Civil : cómo ver el eclipse solar del 20 de marzo», Sucesos Contemporáneos. Disponible en: https://membielaguitian.blogspot.com/2015/03/direccion-general-de-proteccion-civil.html
Sobre el autor
Juan B. Lorenzo de Membiela
Doctor en Derecho · Universidad de Valencia
Especialista en Derecho administrativo, empleo público y Derecho del trabajo. Investiga la historia naval de la Monarquía hispánica —de la Gran Armada a Trafalgar—. Es autor de Estudios sobre Trafalgar: tempestad, marinos e imperio (Sevilla, 2019) y de una veintena de libros y 169 artículos científicos de Derecho público y del trabajo. Colabora en El Confidencial Digital y El Español. Desde este blog publica microensayos que contrastan los hechos con fuentes académicas y autorizadas.
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© Juan B. Lorenzo de Membiela. Todos los derechos reservados. Se permite citar breves fragmentos con fines de análisis, comentario o juicio crítico, indicando el autor y enlazando a la entrada original (art. 32 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual).