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viernes, 16 de junio de 2017

Secretaria de Estado de Función Pública (normativa)

Resolución de 12 de junio de 2017, de la Secretaria de Estado de Función Pública, por la que se modifica la de 28 de diciembre de 2012, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.

  • La Resolución de 28 de diciembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos, recoge la regulación sobre jornadas y horarios del personal civil de la Administración General del Estado. El artículo 7 de esta Resolución de 28 de diciembre de 2012 se refiere a la jornada de verano.
    La Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado, en la que están representada la Administración del Estado y las organizaciones sindicales más representativas de la misma, consensuó, en la reunión celebrada el día de 30 de mayo, una propuesta de modificación de la Resolución de 28 de diciembre de 2012, con el fin de prolongar, por motivos de conciliación de la vida familiar y laboral, el periodo de jornada intensiva o de verano para quienes tienen a su cargo a una persona con discapacidad.
    Hasta ahora, la normativa vigente concedía este derecho de acogerse a la modalidad de jornada intensiva desde el 1 de junio y hasta el 30 de septiembre, a los empleados públicos de la Administración del Estado con hijos, descendientes o personas sujetas a su tutela o acogimiento de hasta 12 años de edad, con el fin de adecuar su jornada laboral a las jornadas de verano frecuentes en muchos centros docentes. Lo acordado supone ampliar esta posibilidad a quienes tengan a su cargo a una persona con discapacidad al menos un 33 %, y siempre que convivan con el solicitante y dependan de este.
    En base a todo lo anterior, esta Secretaría de Estado, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 12 del Real Decreto 256/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, y previa negociación en la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado, resuelve:
    Primero.
    Se modifica el segundo párrafo del punto 7.2 de la Resolución de 28 de diciembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos, que queda redactado de la siguiente forma:
    «Por motivos de conciliación de la vida familiar y laboral, los empleados públicos con hijos, descendientes o personas sujetas a su tutela o acogimiento de hasta 12 años de edad, o sin límite de edad en el supuesto de discapacidad superior o igual al 33 % de los anteriores, y siempre que convivan con el solicitante y dependan de este, estando a su cargo, podrán acogerse a esta modalidad de jornada intensiva desde el 1 de junio y hasta el 30 de septiembre. Este derecho podrá ejercerse también en el año en que el menor cumpla la edad de 12 años.»
    Segundo.
    Lo dispuesto en esta Resolución deberá ser tenido en cuenta por los Subsecretarios, así como por los órganos competentes en materia de personal de los demás organismos y entidades públicas y por los Delegados del Gobierno en sus respectivas Comunidades Autónomas, cuando aprueben los calendarios laborales correspondientes a sus respectivos ámbitos.
    Tercero.
    La presente resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
    Madrid, 12 de junio de 2017.–La Secretaria de Estado de Función Pública, Elena Collado Martínez.

Cómo citar esta entrada

Lorenzo de Membiela, Juan B.: «Secretaria de Estado de Función Pública (normativa)», Sucesos Contemporáneos. Disponible en: https://membielaguitian.blogspot.com/2017/06/secretaria-de-estado-de-funcion-publica.html

Sobre el autor

JLM

Juan B. Lorenzo de Membiela

Emblema de la Universitat de ValènciaDoctor en Derecho · Universidad de Valencia

Especialista en Derecho administrativo, empleo público y Derecho del trabajo. Investiga la historia naval de la Monarquía hispánica —de la Gran Armada a Trafalgar—. Es autor de Estudios sobre Trafalgar: tempestad, marinos e imperio (Sevilla, 2019) y de una veintena de libros y 169 artículos científicos de Derecho público y del trabajo. Colabora en El Confidencial Digital y El Español. Desde este blog publica microensayos que contrastan los hechos con fuentes académicas y autorizadas.

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