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martes, 11 de septiembre de 2018

Investigación en Francia sobre la avispa asiática ( Universidad François Rabelais Tours)

Investigación en Francia  sobre la avispa asiática ( Universidad François Rabelais Tours)
Instituto de Investigación sobre la Biología del Insecto (IRBI – Universidad François Rabelais Tours / CNRS)
Las avispas asiáticas sufren un fenómeno de depresión endogámica en Francia. Así lo aseguran investigadores del Instituto de Investigación sobre la Biología del Insecto (IRBI – Universidad François Rabelais Tours / CNRS) tras un estudio en las colonias de Vespa velutina nigrotorax.
Eric Darrouzet investigador del IRBI, recuerda que V. velutina, igual que las avispas europeas, pasan por dos estados a lo largo del año: desde la primavera a mediados de agosto, cuando nacen las obreras y se desarrollan los nidos; y desde final de agosto a diciembre cuando aparecen los individuos reproductores, reinas y machos.
Avispa velutina. Fuente: Pixabay. Licencia CCO
Un análisis genético ha demostrado que su producción está ligada a una pérdida de la diversidad genética en esta especie, dada la introducción de un pequeño número de reinas en Francia. 

Como los machos no participan en las actividades de las colonias, esta producción de machos precoces coexistentes con las obreras podría ralentizar el crecimiento de los nidos y, en última instancia, limitar la propagación de la especie, aseguran los autores. Sin embargo, recuerdan también que los primeros años desde su llegada, el número de colonias aumenta rápidamente año a año en los territorios colonizados.
Los investigadores recuerdan también que la avispa asiática supone problemas para la salud humana (han fallecido algunas personas atacadas), económicos (el sector apícola se ve especialmente afectado) y ambiental (la avispa es un depredador generalista que tiene sin duda un impacto en la biodiversidad).
Fuente: Apicultura Ibérica

lunes, 10 de septiembre de 2018

Invertir en los robots y en la gente ( actualidad)


Invertir en los robots y en la gente ( actualidad)

[…]

Por lo tanto, no sorprende que Asia, con todos estos robots, tenga la densidad robótica (es decir, el número de robots industriales por cada 10.000 trabajadores) más alta del mundo. Corea y Singapur son los líderes mundiales en densidad robótica, seguidos de Alemania y Japón.
Además, Asia puede ser el líder mundial en el empleo de robots industriales, pero también es la región con el uso más elevado de producción robótica: Japón y Corea son los dos productores más importantes del mundo, con cuotas de mercado de 52% y 12%, respectivamente.
Los robots al mando
Con más de la mitad del uso mundial estimado de robótica industrial, la inversión asiática en este terreno muestra lo crucial que es la automatización de la producción para las economías de la región.
Fuente: Pixabay. Licencia CCO
Sin embargo, ni la automatización ni la digitalización son novedades. Los recientes avances en materia de potencia de las computadoras y la poderosa generación de datos dotan a los robots de mayor capacidad cognoscitiva, y la última generación de robots pueden recopilar datos para adaptar sus movimientos en tiempo real. Eso significa que las máquinas ahora pueden hacer trabajos complejos que antes exigían aptitudes humanas.
Esta tendencia podría plantear problemas para los trabajadores en Asia, donde la mano de obra relativamente poco costosa y poco calificada ha sustentado la función de la región en su calidad de "la fábrica del mundo". La presencia de más robots que humanos a cargo de tareas técnicas podría reducir significativamente el costo de la actividad comercial, e incluso los costos laborales. El resultado es que los trabajadores podrían verse desplazados, dado que los productores, en lugar de tener que pagar sueldos, probablemente usen robots que cuestan menos y trabajan con más eficacia[…]

[…] Para no perder la competitividad internacional y mantener en marcha el principal motor del crecimiento mundial, las autoridades de Asia deben enfrentarse a los trastornos causados por la automatización y la robótica respaldando la creación de empleos sin sofocar la innovación. 

Proteger este delicado equilibrio es difícil, pero entre las políticas que pueden ayudar cabe mencionar las siguientes:
  • A través de la modernización de la educación, dotar a la gente que busca empleo de aptitudes que les permitan competir a escala internacional.

  • Invertir en infraestructura física y regulatoria que apoye el espíritu de empresa, la innovación y la competencia.

  • Abordar los retos sociales y laborales, entre otras cosas mediante la aplicación de medidas de redistribución del ingreso y establecimiento de redes de protección social.

Fuente: FMI

domingo, 9 de septiembre de 2018

EL VÍNCULO OCULTO ENTRE LOS ANTIBIÓTICOS DE GRANJA Y LA ENFERMEDAD HUMANA (investigación)

EL VÍNCULO OCULTO ENTRE LOS ANTIBIÓTICOS DE GRANJA Y LA ENFERMEDAD HUMANA (investigación)

Los primeros brotes de enfermedades transmitidas por alimentos resistentes a los medicamentos se detectaron ya a mediados de la década de 1950, cuando una epidemia de salmonella resistente barrió el sureste de Inglaterra. 
Esa fue la primera de las oleadas de brotes que ocurrieron durante décadas, algunas pequeñas y otras muy grandes y generalizadas. Uno de los brotes más grandes de alimentos en la historia de los Estados Unidos, que causó la enfermedad a 634 personas en 29 estados y Puerto Rico en 2013-14, fue rastreado a pollos a los que se les habían administrado antibióticos en sus alimentos.
Fuente: Pixabay. Licencia CCO
Ahora, un nuevo estudio , años en desarrollo, va más allá que cualquier otro para demostrar que las bacterias resistentes pueden pasar de los animales a los humanos a través de la carne en la que se convierten. 

También proporciona un modelo de cómo los nuevos sistemas de vigilancia podrían reducir ese flujo bacteriano en su origen en las granjas.
La conexión no es universalmente aceptada, por supuesto. 
La mayoría de los estudios que relacionan el uso de antibióticos en las granjas y las enfermedades humanas han sido observacionales, no experimentales, y se les ha otorgado un espacio ag y pharma para insistir en que el caso contra el uso excesivo de antibióticos en granjas no es sólido. 
El argumento ha sido que el tráfico bacteriano de los animales a la carne a los humanos no está probado , y hasta que no pueda establecerse con una certeza del 100 por ciento, la práctica de dar antibióticos preventivos al ganado debería continuar.
Es solo un estudio, pero posee un significado descomunal […] 

Fuente: Wired

miércoles, 5 de septiembre de 2018

10 horas de video de ambiente ártico ( sound and video for relax)


10 horas de video de ambiente ártico ( sound and  video)

Fuente: Pixabay. Licencia CCO
10 horas de video de ambiente ártico con el océano helado, grietas de hielo, nieve cayendo, rompehielos al ralentí y distante aullido del viento. 

Ruidos naturales de ruido blanco generados por el viento y la nieve que caen, combinados con bajas frecuencias profundas con ondas delta de los potentes motores al ralentí, grabados a 96 kHz - 24 bit y diseñados para relajación, meditación, estudio y sueño.


Audio y video

Fuente: gcapitan

martes, 4 de septiembre de 2018

Libre acceso a la información científica (Acceso abierto)

Libre acceso a la información científica (Acceso abierto)


El Portal de Acceso Abierto Global (GOAP) financiado por los Gobiernos de Colombia, Dinamarca, Noruega y el Departamento de Estado de los Estados Unidos, presenta una instantánea actual del estado del Acceso Abierto (OA) a la información científica en 158 países en todo el mundo. 
Para los países que han tenido más éxito en la implementación de Open Access, el portal destaca los factores críticos de éxito y los aspectos del entorno propicio. Para los países y regiones que aún se encuentran en las primeras etapas del desarrollo de acceso abierto, el portal identifica los jugadores clave, las posibles barreras y oportunidades.
El Portal de acceso abierto global está diseñado para proporcionar la información necesaria para que los responsables de las políticas:
  • Aprenda sobre el entorno global de acceso abierto;
  • Ver el estado de su país; y
  • Comprender dónde y por qué Open Access ha tenido más éxito.
A primera vista, el portal ofrece una visión general del marco que rodea al Acceso Abierto en los Estados Miembros de la UNESCO centrándose en:
  • Los factores de éxito críticos para la implementación efectiva de Open Access;
  • Las fortalezas y oportunidades de cada país para futuros desarrollos;
  • Donde los mandatos para los depósitos institucionales y las organizaciones de financiación se han puesto en marcha;
  • Socios potenciales a nivel nacional y regional; y
  • Organizaciones de apoyo, defensa y apoyo en todo el mundo.
Fuente: UNESCO

viernes, 31 de agosto de 2018

RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LOS FUNCIONARIOS :Analisis analitico de la obra

  

RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LOS FUNCIONARIOS DE CARRERA . INCLUYE CD

EDITORIAL
Editorial Aranzadi
MATERIA
Potestades del gobierno / de la administración pública | Derecho constitucional y administrativo
COLECCIÓN
Especial
ENCUADERNACIÓN
Cartoné
Nº PÁGINAS
866
ISBN
978-84-8355-736-5
EAN
9788483557365
DIMENSIONES
235 x 165 mm.
FECHA PUBLICACIÓN
02-09-2008
PRECIO
125.00€ (120.19€ sin IVA)









Índice analítico




A



A nadie le puede ser exigido lo que no es debido, p. 308.

Abandono de servicio por traslado de resi- dencia al extranjero, pp. 316-21.

Abandono de servicio y afección psíquica de la funcionaria, p. 315.

Abandono de servicio y RPT, p. 308. Abandono de servicio súbito, p. 318.

 Abandono de servicio y motivación, p. 307. 

Abandono de servicio y dolo específico, pp. 308-9.

Abandono de servicio y fichaje, p. 322. 

Abandono de servicio y juego de cartas, p. 322.

Abandono de servicio y paradero descono- cido del funcionario público, p. 315.

Abandono de servicio y permisos sin sueldo, pp. 323-4.

Abandono del puesto de trabajo para dedi- carse a otra actividad incompatible, p. 334.

Aberratio ictus, p. 185. Absentismo presencial, p. 392. 

Abstención y recusación, p. 254. 

Abuso de poder, p. 367.

Abuso de superioridad, p. 71. 

Acatamiento y obediencia, pp. 364-5.

Acceso pleno al expediente disciplinario, pp. 501-2.

Acción que evita el perjuicio, p. 127.


Acción que no lesiona bien jurídico ex- cluye antijuridicidad, p. 126.

Acciones dañosas y acciones previsible- mente dañosas, p. 39.

Acciones interdictales, p. 137. Acometimiento mutuo voluntario y simul-

táneamente aceptado, excluyen la agre- sión ilegítima, pp. 131, 133.

Acoso moral, p. 305.

Acotación conceptual de la infracción, p. 299.

Acotación del ilícito, p. 357.

Actitud contraria del funcionario a las po- testades reconocidas con daño a terce- ros, p. 368.

Actitud de desprecio o descrédito llevada a cabo con ánimo ofensivo, p. 379.

Acto de incoación del expediente discipli- nario, p. 473.

Acto de incoación del expediente discipli- nario que participa de la naturaleza de acto de trámite y la medida de suspen- sión provisional de funciones, pp. 477-8.

Acto de incoación no afecta a la libertad sindical, p. 479.

Acto de trámite debe ser necesariamente congruente con el pliego de cargos, p. 502.

Actos de trámite, pp. 474-7.

Actos nulos de pleno derecho y protección de derechos fundamentales, p. 93.

Actuación inspectora, p. 71.

Acuerdo de incoación del expediente dis- ciplinario, p. 238.

Acumulación de dos sanciones, p. 445. Administración Local, pp. 472-3.

Admisión de la analogía in bonam partem, pp. 263, 268.

Admisión indiscriminada de la prueba, pp. 216-9.

Adopción de la doctrina alemana sobre la

sujeción especial, p. 61.

Afirmaciones genéricas no constituyen prueba bastante, p. 500.

Afrontar desafíos de cambio en unidades esclerotizadas, p. 364.

Agravante de perturbación del servicio, p. 397.

Alcance de la reserva, p. 100.

Alegación tardía de infracciones y lesión a la prohibición de las dilaciones indebidas, pp. 251-2.

Alta médica de incapacidad temporal y abandono de servicio, p. 313.

Alteración de la calificación jurídica de los cargos, p. 239.

Alteración de la programación de la do- cencia fijada por el Departamento, p. 327.

Alteraciones de la percepción: requisitos, p. 179.

Alteraciones de la percepción y juramento o promesa de acatar la CE, p. 179.

Alteridad, p. 200.

Ámbito autonómico, p. 472. Ámbito de actuación, p. 278.

Ámbito de aplicación de la suspensión de funciones, pp. 433-4.

Amenaza de expediente disciplinario y coacción al funcionario expedientado, pp. 256-7.

Amenaza de expediente disciplinario y le- sión del art. 24.2º, p. 256.

Amnistía, p. 421.

Analogía y su aplicación al Derecho Disci- plinario, p. 262.

Anotación de apercibimiento, p. 533. 

Anquilosados modos gestores, p. 363. 


Antijuridicidad formal y material, p. 125-6. 

Anulación de la sanción, p. 424.

Apariencia de legalidad, p. 519.

Aplazamiento de la sanción para personal docente, p. 515.

Aplazamiento de la sanción, p. 425.

Aplicación analógica y cobertura legal a la tipificación legal del ilícito, p. 264.

Aplicación de los principios de Derecho Penal a las actuaciones dirigidas a ejer- cer esa potestad, p. 195.

Aplicación de los Principios del Derecho Penal a la potestad sancionadora, p. 195.

Aplicación al procedimiento sancionador entre dos Administraciones, p. 278.

Aplicación de los Principios de Derecho Penal al Derecho Administrativo, p. 38.

Aplicación de los Principios penales al De- recho administrativo sancionador, p. 173.

Aplicación del principio de confianza legí- tima en la función pública, 155.

Aplicación modulada de los principios del Derecho Penal, p. 195.

Aplicación supletoria de la LEC, p. 521.

Aportar coactivamente elementos de prueba incriminatorios, p. 258.

Aportar y proponer pruebas pertinentes, p. 212.

Arbitrariedad, 225.

Arquitectura institucional del Estado, p. 71.

Art. 11 LOPJ, p. 223. Art. 24.2º CE, p. 192.

Asistencia letrada, pp. 231-2.

Aspectos de la grave desconsideración, p. 375.

Ataque actual, inminente, real, injusto o inmotivado, pp. 130, 133.

Atentado a la dignidad de los funcionarios, p. 298.

Ausencia de capacidad para comprender existiendo anomalía psíquica p. 174.

Autonomía de la potestad disciplinaria, p. 89.

Autor de la orden antijurídica, p. 144. Autoridad competente para decidir su in-

coación, p. 467.

Autoridades consecuentes con sus propios actos, p. 156.

Autotutela de segundo plano, p. 64. 

Autotutela reduplicativa, p. 111.

B




Beneficios y cargas de la Administración, p. 78.

Bien protegido en la buena marcha y or- den de la Administración en todas sus esferas, p. 376.

Bienes adquiridos conforme a procedi- miento administrativo, p. 384.

Bienes de naturaleza supraindividual: ex- clusión de la eximente, p. 136.

Bis in idem con idéntico interés protegido, pp. 286-7.

Buen fe, pp. 141, 157, 158.

Buena fe como elemento modificativo de la culpabilidad, p. 343.


Buena fe y procedimiento administrativo, p. 224

C




Calidad que colme las necesidades de los usuarios, p. 401.

Cámara agraria y Caja Rural Provincial, p. 347.

Cambio normativa en materia disciplina- ria, p. 493.

Cambios estructurales en el soporte subje- tivo de la Administración, p. 363.

Cancelación de las anotaciones, pp. 533, 534.

Capacidad de propuesta del expediente disciplinario, p. 467.

Carácter potestativo de la información re- servada, pp. 470-1.

Carácter reservado de la información, p. 471.

Características esenciales de la informa- ción reservada, p. 470.

Caracterización jurisprudencial, p. 434. 

Carga de la prueba, p. 307.

Castigo al autor y al encubridor, pp. 402-3. 

Casuística, p. 513.

Casuística jurisprudencial sobre la contes- tación del pliego de cargos, p. 494.

Categorías normativas en la potestad san- cionadora, p. 65.

Causa de la suspensión provisional, p. 437. 

Causas de abstención, pp. 384, 385.

Causas de exclusión de la antijuridicidad y aplicación al Derecho disciplinario, p. 128.

Causas de justificación no encuadrables en otras, p. 140.

Causas de justificación: prueba, p. 127.

Causas determinantes de la suspensión de la ejecución del acto, pp. 522-7.

Causas excluyentes de imputabilidad, p. 172.

Certeza jurídica y verdad material, p. 201. CIE-10, p. 175.

Circunstancias exigibles a los daños, p. 528.

Circunstancias modificativas de la respon- sabilidad, p. 415.

Consideración de definitivo, p. 415.

Claridad e inteligibilidad en las sanciones y sus ilícitos, p. 270.

Clima laboral estable que propicie la con- centración y el estudio, p. 71.

Colaboración temporal en otra Adminis- tración, p. 349.

Comisión de tres faltas graves en un año, p. 357.

Compatibilizar ilicitud penal e ilicitud ad- ministrativa, p. 283.

Competencia de las Subdelegaciones del Gobierno, p. 468.

Competencia del instructor de acordar o denegar las pruebas, p. 496.

Competencia de la Subsecretaría en donde se encuentre el funcionario destinado, p. 469.

Competencia para acordar la separación del servicio, p. 414.

Competencia para iniciar el procedi- miento disciplinario, p. 458.

Competencia para instruir expediente dis- ciplinario a funcionario transferido a CC AA, p. 468.

Complicidad negativa, p. 374. 

Comportamiento debido por la Administración Pública, p. 162.


Cómputo de los plazos para dictar pro- puesta de resolución, p. 503.

Cómputo del mes, p. 391.

Cómputo temporal de las faltas, p. 296. 

Cómputo temporal, pp. 357, 453.

Concepción normativa de la culpa, p. 167.

Concepción unitaria o amplia del Ordena-miento jurídico, p. 273.

Concepto de abandono de servicio, p. 314. 

Concepto de consideración, p. 400.

Concepto de culpabilidad, p. 165.

Concepto de ejercicio legítimo de un derecho, p. 147.

Concepto de error invencible, p. 185. 

Concepto de estado de necesidad, p. 138. 

Concepto de la antijuridicidad, p. 125.

Concepto de la legítima defensa, p. 129.

Concepto de la obediencia debida, pp. 144, 375.

Concepto de la separación del servicio, p. 415.

Concepto de máximas de experiencia, p. 207.

Concepto de prueba y elementos, pp. 202- 3.

Concepto de traslado con cambio de resi- dencia p. 453.

Concepto del principio de proporcionali- dad, p. 290.

Concepto ejercicio de oficio o cargo, pp. 150, 151.

Concepto de error vencible, p. 185. Concepto sociológico, p. 379.

Concepto y efectos del apercibimiento, p. 455.

Conceptos jurídicos indeterminados, p. 531.


Conceptos jurídicos indeterminados, nece- sitados de institutos jurídicos integrati- vos, p. 267.

Concreción de los ilícitos disciplinarios y las sanciones, p. 238.

Concreción de los ilícitos e infracciones disciplinarias, pp. 267-8.

Condiciones de la eximente, pp. 175-6. 

Conducta dentro de la organización, p.

374.

Confianza legítima y causa de exclusión de la antijuridicidad, p. 153.

Confianza legítima y causa de exclusión de la inculpabilidad, pp. 153, 154.

Confianza, fidelidad y lealtad, pp. 141-2. 

Confianza, seguridad y transparencia, p. 195.

Conflictos originados por la prohibición del bis in idem, pp. 277-8.

Consecuencias del art. 24 CE, p. 48. Consecuencias del error invencible, pp.

187-8.

Consecuencias jurídicas de la prohibición del bis in idem, p. 282.

Consideración del medio empleado para ello con afectación al principio de jerar- quía, p. 380.

Constancia de la información reservada en la resolución de incoación, p. 471.

Contenido del pliego de cargos, p. 489. 

Contradicción entre una norma y un objeto, hecho o acontecimiento cual- quiera, p. 125.

Contratación prescindiendo del procedimiento, p. 371.

Control judicial pp. 46-7.

Convencimiento del órgano administrativo rechazando la verdad material, p. 203.

Convenio para la Protección de los Dere- chos Humanos y de las Libertades Fun- damentales, Roma 4 de noviembre de 1950, pp. 193-4.

Convenios Internacionales, p. 250. 

Conversión sanción penal a sanción disciplinaria y v/v, p. 89.

Convocatoria de concursos, p. 444. 

Corporación Local y suspensión de funciones de funcionario de la AGE, p. 451.

Creación de otro Derecho disciplinario: uso amoral del mismo, p. 113.

Criterio amplio en la admisión de la prueba, p. 213.

Crítica mediante prensa, pp. 398-9. 


Críticas del procedimiento disciplinario, 37.

Culpabilidad de la voluntad, p. 166. Culpabilidad y Derecho disciplinario, p.

167.

D




Dañar el honor y la imagen, p. 382. Daños de imposible o difícil reparación,

p. 527.

De las normas sancionadoras desfavora- bles, p. 92.

De minimis non curat praetor y derechos fun- damentales, p. 122.

Deber de obediencia a las autoridades, p. 364.

Deber de obediencia y legítima defensa, p. 145.

Deber de trato igual, p. 306.

Deberes constitucionales de obligada ob- servancia por el funcionario, p. 299.

Deberes profesionales, p. 140.

Decreto-Ley y reserva de ley en el Derecho disciplinario, p. 102.

Decretos leyes y Derecho disciplinario, p. 96.

Deducción proporcional de haberes, p. 480.

Defectos en la redacción de los hechos, p. 507.

Defensa frente a actos administrativos dic- tados en ejercicio de potestades sancio- nadoras, p. 192.

Deficiencias psíquicas y alteraciones de la percepción, pp. 179-80.

Deficiente magistratu, populus est magistratu, p. 135.

Definición de los tipos, p. 119.

Definición del principio non bis in idem, p. 275.

Definición, p. 397.

Dejación total del puesto de trabajo enco- mendado al funcionario, p. 309.

Delimitación de la falta grave de la leve del art. 8.c) RRDFP de 1986, pp. 408-9.

Delito de desobediencia, p. 377. Delito de hurto, p. 302.

Delito doloso relacionado con el servicio, p. 372.

Delitos naturales y legales, p. 38.

Delitos y sanciones: confrontación, p. 112.

Denegación del tribunal a practicar prueba, p. 211.

Denuncia y acción a los denunciantes, p. 462.

Denunciante carece de competencia para iniciar el procedimiento disciplinario, pp. 461-2.

Departamentalización, p. 80.




Dependencia de otro Departamento, p. 480.

Dependencia jerárquica, p. 471.

Derecho a la prueba y litisconsorcio, p. 216.

Derecho a la prueba, pp. 212, 215, 216.

Derecho a la tutela judicial efectiva, p. 213.

Derecho a no declarar contra sí mismo y proceso judicial y administrativo, p. 256.

Derecho a ser informado de la acusación, p. 495.

Derecho a ser informado y derecho a la información, p. 237.

Derecho a ser informado y la no modifica- ción esencial de los hechos imputados, p. 241.

Derecho al proceso, p. 212. Derecho de corrección, p. 148.

Derecho de defensa comprensivo del dere- cho de igualdad y de contradicción, p. 200.

Derecho de defensa no reconocido en Tra- tados de la UE, pp. 196-7.

Derecho de defensa y procedimiento ad- ministrativo, p. 233.

Derecho de los funcionarios a exigir un comportamiento, p. 158.

Derecho del expedientado a utilizar no to- das las pruebas sino aquellas pruebas pertinentes y necesarias para su defensa, p. 210.

Derecho disciplinario y responsabilidad administrativa, p. 30.

Derecho disciplinario, e infracción de buena fe, p. 142.

Derecho penal administrativo y Derecho penal disciplinario, p. 37.

Derecho Penal y Gobernanza, p. 120.

Derechos a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable se derivan del derecho a la presunción de inocencia, p. 258.

Derechos cívicos, p. 301.

Derechos derivados del derecho de de- fensa, p. 197.

Derechos económicos del suspendido pro- visionalmente, p. 440.

Derechos fundamentales en la potestad disciplinaria de la UE, p. 66.

Derechos fundamentales y derechos de los funcionarios, p. 64.

Derechos fundamentales y derechos subje- tivos, p. 196.

Derechos fundamentales y relaciones de especial sujeción, p. 191.

Derechos fundamentales no sometidos a otros que no lo son, p. 104.

Derogación de la separación discrecional o del sistema spoil system, p 43.

Desapoderamiento de bienes privados de funcionarios, p. 137.

Desarrollo del poder punitivo de la Admi- nistración, p. 40.

Desconocimiento por el sujeto sobre el objeto de una agresión, p. 136.

Descripción abierta de los tipos, p. 271. 

Descripción del tipo, p. 333.

Desempeño dos puestos de trabajo incom- patibles en el sector público, p. 342.

Desentendimento unilateral de todos los deberes de actividad profesional, p. 311.

Desobediencia al superior como falta grave, p. 378.

Destierro administrativo, p. 454.

Desviación de poder e ilícitos presuntos con actuación inspectora, p. 138.

Desviación de poder en la información re- servada, p. 471.


Desviación de poder, p. 150.

Devaluación del liderazgo en la Adminis- tración Pública, p. 66.

Devaluación del mínimo normativo en la regulación del Derecho disciplinario, pp. 107, 108.

Devengo económico del funcionario en huelga, pp. 354-6.

Día de inicio de la sanción, p. 414. 

Diferencia entre falta grave y leve del art.   7.1.o) RRDFP de 1986, p. 401. 

Dificultad de constatar el ilícito, p. 396. 

Dificultad probatoria, p. 340.

Dificultades en la concreción del tipo, p. 386.

Dignidad del ciudadano y Estado Social, p. 26.

Dignidad y honor de los funcionarios, p. 41.

Dignidad, 142.

Dilaciones indebidas y concepto jurídico indeterminado, p. 251.

Dilaciones indebidas y doctrina judicial, pp. 248, 249-50.

Dimensión pública del procedimiento ad- ministrativo, p. 233.


Discapacitados y función pública, p. 179.

Discrecionalidad administrativa y control judicial, pp. 260, 261.

Discrecionalidad y desviación de poder, p. 84.

Discrepancia técnica en relación con órde- nes dadas, p. 45.

Discriminación odiosa, p. 306.

Discriminación razonable, p. 306. Discriminación y celeridad en la tramita-

ción del procedimiento, pp. 306-7.

Discriminación, p. 142. Disgregación normativa, p. 120.

Distinción con la falta muy grave, p. 386.

Distinción entre ilícitos graves o muy gra- ves del art. 31.1º.e) LMRFP de 1984, p. 330

Distinciones entre el derecho sancionador y disciplinario, p. 112.

Distinta aplicación de Derechos a la potes- tad disciplinaria y Derecho penal, p. 113.

Distribución o reparto de tareas, p. 80. División de poderes, p. 260.

Doble enjuiciamiento, p. 275.

Doble punibilidad en atención a la dife- rente relación jurídica, p. 373.

Documentos esenciales e imprescindibles, p. 383.

Dos fases en el procedimiento disciplina- rio, pp. 483-4.

DSM IV, p. 175.

Dualidad de sanciones cuando concurra relación jurídica diferente entre sancio- nador y sancionado, p. 287.


Dualidad de sanciones con dualidad de bienes jurídicos a proteger, p. 284.

Dualidad sancionadora sobre un funciona- rio e infracción del principio de igual- dad, pp. 285-6.

Duración de la sanción, pp. 436, 437. 

Duración de la suspensión firme, p. 443.

 Duración del procedimiento, p. 457.

E




Efectiva ofensa al bien jurídico tutelado por la norma sancionadora, p. 121.

Efecto psicológico como causa de inimpu- tabilidad, p. 183.

Efectos jurídicos derivados de la situación de suspensión de funciones, pp. 447-8.

Eficacia como principio material de actua- ción, p. 77.

Eficacia de la obediencia debida, p. 375. 

Eficacia del error invencible, pp. 188-9.

 Eficacia y principio de organización, p. 77.

Eficacia, jerarquía, descentralización, des- concentración y coordinación, p. 73.

EFQM (European Foundation for Quality Management), p. 71.

Ejecución de sentencia, p. 424.

Ejecución del principio de confianza legí- tima, p. 162.

Ejercicio legítimo de un derecho como ex- cluyente de la antijuridicidad, p. 148.

Ejercicio legítimo de un derecho y dere- chos fundamentales, p. 148.

Ejercicio de un derecho y autorización ad- ministrativa, p. 147.

Ejercicio legítimo del cargo e interpreta- ción lógica, p. 152.

Ejercicio privado de la medicina, p. 348.


El acto de incoación no implica lesión de derechos fundamentales, pp. 478-9.

El derecho al cargo junto al derecho al ho- nor, p. 44.

El Derecho garantiza un mínimo de estabi- lidad para construir un proyecto perso- nal o profesional, p. 156.

El ejercicio de oficio o cargo como exclu- sión de la antijuridicidad, pp. 151-2.

El fichaje como pobre y anodina fuente fiable de control horario del funciona- rio, p. 401.

El funcionario como instrumento del político, p. 30.

El hecho de fama pública, p. 206.

El instructor del expediente disciplinario como juez y parte, p. 167.

El procedimiento disciplinario no es un procedimiento judicial, p. 167.

Elemento finalista de lo disciplinario, p. 44.

Elementos de la eximente de ejercicio legí- timo de un derecho, p. 149.

Elementos del abandono de servicio, pp. 310-1.

Embriaguez del funcionario, p. 398.

Embriaguez plena y embriaguez fortuita o casual, p. 177.

Embriaguez: Requisitos, p. 178.

Emisión de actos resolutorios de conte- nido positivo, p. 324.

Empleo medios de defensa por el funcio- nario público, p. 209.

Empleo medios materiales y personales para el ejercicio de actividades no rela- cionadas con el servicio, p. 369.

Enajenación mental, p. 174. Enumeración, pp. 361-2.


Equilibrio entre las medidas adaptadas y los fines perseguidos, p. 289.

Equipos de alto rendimiento, p. 48. Error de Derecho invencible, p. 184.

Error de derecho o el error de hecho como causa excluyente del dolo, p. 183.

Error de derecho vencible, p. 184. Error de hecho, p. 136.

Error de prohibición y carácter vencible del error, p. 187.

Error de prohibición, p. 184.

Error de prohibición: notas jurispruden- ciales, pp. 186-7

Error de tipo y el error de prohibición, pp. 183-4.

Error invencible como excluyente de la culpabilidad, p. 185.

Error invencible como excluyente de la culpabilidad: elementos, pp. 185-6.

Error invencible y modificaciones no noti- ficadas a los contribuyentes, p. 189.

Error protección de intereses generales, pp. 184-5.

Error tipo y error de prohibición, p. 185. Error vencible e invencible, p. 185.

Error y su aplicación al Derecho disciplina- rio, p. 184.

Escrito de descargo, garantizando el prin- cipio de contradicción y el principio de defensa, p. 501.

Estado de necesidad en el Derecho disci- plinario, p. 139.

Estricta y concreta definición de la con- ducta, p. 116.

Ética pública, p. 71.

Evadir los sistemas de control del trabajo, p. 407.


Evolución del principio de subordinación a la autoridad judicial, p. 260.

Excedencia voluntaria por interés particu- lar de funcionario sancionado, pp. 452- 3.

Excelencia gestora, p. 71.

Exceso de celo profesional, p. 66.

Exceso de los 12 meses y caducidad, p. 457.

Exceso en el ejercicio de potestades admi- nistrativas, p. 367.

Exceso en la crítica y en la desconsidera- ción causada más allá del motivo que lo produce, p. 382.

Exclusión de conductas dolosas, p. 410. 

Exclusión de la analogía peyorativa, pp. 268-9.

Exclusión de la antijuridicidad, p. 140. Exclusividad jurisdiccional, p. 42.

Exención de responsabilidad disciplinaria excluye la responsabilidad civil, p. 130.

Exigencias prácticas en la modulación nor- mativa de Derecho disciplinario, p. 98.

Exigibilidad de otra conducta distinta, p. 183.

Expectativa razonable, p. 163.

Expediente disciplinario como prueba en procedimiento judicial, p. 245.

Expediente disciplinario de funcionario de la AGE en la Administración Local, p. 422.

Extender efectos negociables a su nombre con perjuicio a la Administración, p. 328.

Extensión a los estatutos de Autonomía, p. 298.

Extensión, p. 141.

Extinción de la responsabilidad penal o disciplinaria, p. 443.



F



Facultad disciplinaria sobre los titulares y funcionarios de su órgano, p. 81.

Falta de asistencia hasta 10 horas al mes, p. 406.

Falta de asistencia injustificada de un día, p. 408.

Falta de colaboración con la inspección, p. 256.

Falta de justificación apropiada, p. 406.

Falta de legitimación del denunciante para intervenir en el procedimiento discipli- nario, pp. 462, 463-5.

Falta de malicia e intencionalidad del fun- cionario en la comisión de la infracción, p. 343.

Falta de necesidad de la defensa y falta de proporcionalidad en los medios, p. 134.

Falta de probidad moral, p. 298.

Falta de rendimiento con afectación al servicio, p. 336.

Falta de rendimiento la comisión imper- fecta del abandono de servicio, p. 387.

Falta de toma de posesión del puesto de trabajo y abandono de servicio, pp. 316- 8.

Falta de toma de posesión y excedencia forzosa por interés particular, p. 445.

Faltas graves cometidas atentan a bienes ju- rídicos semejantes o diferentes, pp. 359- 60.

Fases de instrucción y resolución, p. 457. Fidelidad a la CE, p. 300.

Figuras jurídicas paralegales en la regula- ción del Derecho disciplinario, p. 99.

Fijación de los hechos en el acto de incoa- ción, p. 488.

Fijación de servicios mínimos, p. 352.


Finalidad del Derecho disciplinario, p. 31. 

Finalidad del precepto, p. 351.

Firmeza de la sanción y suspensión de fun- ciones, p. 433.

Flexibilidad en la exigencia del principio de reserva de ley, p. 95.

Flexibilidad horaria, p. 393.

Frustración de las políticas públicas de ges- tión de personal, p. 71.

Fuentes normativas de las órdenes de servi- cio, pp. 109, 111.

Fuerza obligatoria del principio de con- fianza legítima, p. 155.

Fumus boni iuris, p. 518.

Funcionario que no pertenezca al Ministe- rio en donde se incoe el expediente, p. 503.

Funcionario de Cuerpo de Veterinaria ejerciendo dos puestos de trabajo, p. 348.

Funcionario imposibilitado de cumplir las obligaciones funcionariales, p. 307.

Funcionario público y restricción de dere- chos fundamentales, p. 63.

Funcionario público que con prevaleci- miento de su cargo obtiene un beneficio para sí o para terceros, p. 368.

Funcionario público sancionado en Comu- nidad Autónoma, pp. 427-8.

Funcionario que designado para los servi- cios mínimos no los realizara, p. 353.

Funcionario que es titular de farmacia, p. 345.

Funcionario que no haga sus tareas y de- ban ser realizadas por otros, p. 338.

Funcionario que se ha quedado dormido en su puesto de trabajo, p. 388.

Funcionario sometido al interés general y libertad de expresión, p. 382.


Funcionario suspenso que insta el rein- greso, pp. 451-2.

Funcionario titular de farmacia, p. 390. 

Funcionarios docentes universitarios y se-

paración del servicio, p. 429.

Funciones del empleado determinadas en la RPT, p. 409.

Fundamento de los tribunales, pp. 276-7. 

Fundamento de la sanción disciplinaria, p. 192.

Fundamento del principio de confianza le- gítima, p. 156.

Fundamento, p. 141.

G




Garantías constitucionales y potestad disci- plinaria, pp. 90-1.

Garantías penales a funcionarios, p. 47.

Garantías procesales específicas, p. 212.

 Gestión de la potestad disciplinaria por la  Administración Pública, p. 46.

Gestión deficiente de los servicios públi- cos, p. 48.

Gestión objetiva, p. 66.

Gestiones independientes en unidades si- milares, p. 82.

Graduación de la sanción: circunstancias, p. 384.

Graduación del ius puniendi, p. 64.

H




Hechos alegados por las partes, tanto del mundo exterior como interior, p. 204.

Hechos diferentes a los originales, p. 236.

Hechos realizados por un mismo sujeto ya sancionados previamente, p. 358.

Hoja de servicios, p. 455.

Honor, personalidad y dignidad, pp. 43, 45.

Horas perdidas, p. 392.

Hurto funcionarial sobre instrumentos aje- nos a su trabajo, p. 398.

I

Identidad de los hechos a efecto de cómputo de sanciones, p. 357.

Identidad ilícito penal y administrativo, pp. 40, 41.

Identificación de los hechos imputables, p. 490.

Igualdad ante la ley e igualdad en la aplica- ción de la ley, p. 143.

Igualdad de trato, p. 144. Igualdad, p. 143.

Ilicitud de la orden, p. 146.

Imparcialidad a la actuación debida por los funcionarios públicos, p. 253.

Impedir el ejercicio de huelga, p. 354.

Implica una eficaz y positiva infidelidad a la CE, p. 300.

Importancia de los bienes jurídicos y ejer- cicio de la potestad punitiva, p. 124.

Imposibilidad que unos mismos hechos existan y dejen de existir para la Admi- nistración, p. 279.

Imposibilidad de interpretación extensiva, p. 116.

Imposibilidad que la Administración con- dene sin pruebas, pp. 243-4.

Imposible o difícil reparación, p. 529.

Imprecisión y falta de perspicuidad causan nulidad de actuaciones, p. 490.

Impugnabilidad a través del cauce de dere- chos fundamentales, p. 474.


Impugnabilidad del acto de incoación, p. 474.

Impulso de oficio en todos sus trámites, p. 457.

Inalterabilidad de los hechos cuando sea notificada la incoación, p. 240.

Inasistencia por presentación del parte médico, p. 391.

Incapacidad temporal como servicio ac- tivo, p. 350.

Incapacidad temporal excluye el aban- dono de servicio, pp. 311-2.

Incoación del procedimiento disciplinario por unos hechos que no resultaron pro- bados, p. 465.

Incomparecencia del funcionario en expe- diente disciplinario, p. 321.

Incompatibilidad de caracteres con el su- perior y abandono de servicio, p. 312.

Incompatibilidad del funcionario en otras actividades ajenas a la pública, p. 342.

Inconstitucionalidad del ilícito, p. 360. Incorrección con el público, superiores,

compañeros o subordinados, p. 408.

Incorrección, p. 378.

Incumplimiento de edicto de la Alcaldía, p. 410.

Incumplimiento de las tareas de informar al Director Provincial, p. 335.

Incumplimiento del deber de fidelidad a la Constitución, p. 398.

Incumplimiento del procedimiento de in- compatibilidad, p. 390.

Incumplimiento injustificado del horario de trabajo, cuando no suponga falta grave, pp. 405.

Indefensión en la notificación mediante edictos, p. 199.

Indefensión formal y material, pp. 221-2.

Indemnizaciones, p. 454.

Iindependencia del Derecho penal admi- nistrativo, pp. 38, 39.

Indeterminación de los hechos, p. 235. Indiferenciación entre derecho penal y

Derecho disciplinario, p. 91.

Indiferenciación entre el Derecho Penal y el Derecho Penal de la Administración, p. 40.

Ineficacia jurídica absoluta de las pruebas obtenidas infringiendo aquellos dere- chos y libertades, p. 222.

Ineficacia probatoria de la información reser- vada, pp. 225, 226.

Inejecución de la sanción: órgano compe- tente, p. 513.

Infidelidad y contenido político, p. 300.

Inflexión de los principios de legalidad y reserva de ley, p. 62.

Información reservada, p. 225.

Información reservada e indefensión, pp. 226-7.

Información reservada no forma parte del procedimiento disciplinario, p. 472.

Información reservada podrá realizarse o verbalmente o por escrito, p. 471.

Información reservada y acto de trámite, p. 472.

Información reservada y dignidad del fun- cionario, p. 66.

Información reservada y manipulación, pp. 228-9.

Información reservada y protección de da- tos reservados, pp. 227, 228.

Informes no ratificados, p. 500. Infracción a la ética profesional, p. 325.

Infracción del derecho de defensa cuando se rechacen pruebas de hechos decisi- vos, p. 210.

Infracción de derechos fundamentales, p. 299.

Infracción del derecho al cargo del art. 23.2º CE, p. 69.

Infracción y sanción no es facultad discre- cional de la autoridad sancionadora, p. 493.

Ingreso en cuenta corriente de dinero pú- blico, p. 399.

Inhabilitación especial, p. 443.

Inicio del cómputo cumplimiento con- dena, p. 423.

Inicio del procedimiento disciplinario, p. 461.

Injusto disciplinario específico, 125. Injusto penal específico, p. 125.

Inspecciones de servicios y dependencia je- rárquica, p. 73.

Instrucción, p. 487.

Instrucciones y Reglamentos, p. 109.

Integridad moral y dignidad, p. 289. 

Integridad moral y física y derecho a la salud, pp. 289-90.

Intención de minusvaloración personal, p. 379.

Intencionalidad frustrada del funcionario, p. 380.

Interés de la Administración Pública e in- terés general de la sociedad, p. 416.

Interés legítimo, p. 467.

Interés social de los ciudadanos, p. 75. 

Interposición de recurso contencioso-ad-ministrativo y efecto suspensivo, p. 427.













Interpretación extensiva, pp. 268, 270. Interrupción de las faltas, p. 296.

Intervención de abogado, p. 224.

Intervención de funcionarios en procesos electorales, p. 339.

Intervención del instructor en todas y cada una de las pruebas practicadas, p. 501.

Intervencionismo de la Administración en detrimento de los derechos fundamen- tales, p. 259.

Intoxicación por drogas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas, p. 177.

Intoxicación fortuita, p. 177.

Intoxicación y síndrome de abstinencia, p. 176.

Irrevocabilidad de las situaciones subjeti- vas consentidas, p. 160.

Ius puniendi y potestad sancionadora, p. 111.

J




Jerarquía como principio de organización, p. 80.

Jerarquía derivada del Derecho Canónico, p. 80.

Jornada de verano, p. 395. Jornada laboral, pp. 394-6.

Judicialización de la potestad disciplinaria, p. 45.

Juicio de valor sobre la proporcionalidad entre elementos concurrentes p. 134.

Juicio justo, p. 193.

Junta de Personal: Faltas muy graves y de- ber de ser oída, p. 533.

Juramento o promesa de acatamiento a la CE, p. 302.

Justificación de ausencias, p. 396. Justificación de la ausencia, p. 407.


Justificar inexistencia de notificación, p. 482.

L




La abstención y recusación se interpon- drán ante la autoridad que acordó el nombramiento, p. 481.

La Administración debe facilitar copia de documentos contenidos en los procedi- mientos que les afecten, p. 486.

La denuncia como acto de información o de excitación de potestades de oficio, p. 462.

La desidia o falta de autoridad de los supe- riores, p. 374.

La falta de rendimiento no debe ser noto- rio, p. 387.

La notoriedad, pp. 205, 206-7.

La obediencia debida como causa de ex- clusión de la antijuridicidad, p. 145.

La pena no debe sobrepasar la medida de la culpabilidad, p. 166.

La potestad disciplinaria como pretexto de una represión política, p. 30 .

La propuesta de resolución determina los ilícitos y las sanciones a imponer, p. 502.

La resolución deberá resolver todas las cuestiones planteadas, p. 505.

La suspensión firme como situación admi- nistrativa, pp. 442-3.

La tipicidad vincula a la Administración Pública, p. 116.

Las infracciones y sanciones disciplinarias deben estar perfectamente descritas y predeterminadas, p. 116-7.

Las presunciones legales no son reglas es- peciales sobre la carga de la prueba, p. 205.

Lealtad y compromiso dentro de la organi- zación pública, pp. 392, 393.


Legalidad del acto administrativo no altera la carga de la prueba, pp. 244-5.

Legislación vigente en el art. 25.1º CE, p. 97.

Legítima defensa y conducta intempestiva, p. 131.

Legítima defensa y causas de exclusión de la culpabilidad, p. 129.

Legítima defensa y estado de necesidad, p. 135.

Legítima defensa y génesis de la agresión, p. 132.

Legitimación en la acción tipificadora, p. 44.

Lesión a la dignidad del funcionario pú- blico, p. 398.

Lesión a la integridad moral del art. 15 CE, p. 68.

Lesión a los derechos al honor, intimidad y dignidad, p. 228.

Lesión del art. 14 CE que instaura la igualdad y la prohibición de sufrir discriminación, p. 67.

Lesión a principios de legalidad y tipicidad de las sanciones, p. 282.

Lesiones ínfimas, de muy pequeña reper- cusión, de ninguna o excesivamente es- casa potencialidad ofensiva, p. 121.

Ley anterior a la infracción, p. 266. Ley de Incompatibilidades, p. 389. Ley formal, p. 99.

Ley ordinaria, p. 102.

Ley orgánica en la regulación del Derecho disciplinario, pp. 99, 101.

Ley orgánica y Derecho disciplinario, p. 96.

Ley orgánica, p. 101.

Ley y Reglamento y su distinta funcionali- dad en el Derecho disciplinario, p. 103.


Ley y remisión reglamentaria, p. 101. Leyes penales en blanco, p. 263.

Libertad de expresión y Tratados interna- cionales, p. 381.

Libertad de expresión, p. 381.

Libre separación del servicio y la cesantía, p. 43.

Limitación del plus de protección, p. 271. Limitaciones al derecho a no declarar con-

tra sí mismos, p. 259.

Límites a la potestad sancionadora y disci- plinaria, p. 260.

Logística para el ejercicio de las funciones, p. 71.

Los hechos relevantes para la decisión del procedimiento podrán acreditarse por cualquier medio de prueba, p. 496.

Los medios dañados deben tener titulari- dad pública del órgano administrativo, p. 384.

M

Management directivo, p. 363. Mandatos jurídicos obligatorios, p. 144.

Mantenimiento de instrucciones y órdenes contrarias a la buena marcha del servi- cio, p. 369.

Materializa el principio acusatorio en la ór- bita administrativa, p. 488.

Máxima libertad del individuo y el mínimo de intervención del Estado, p. 124.

Máximas de experiencia y falta de alteridad en el procedimiento disciplinario, p. 207.

Máximas de experiencia y exención de su prueba, p. 208.

Mecánica y actuación de la prohibición del bis in idem, pp. 280-1.

Medidas cautelares innominadas, pp. 520- 2.

Medidas cautelares, pp. 516-8. Medidas de control horario, p. 403. Medios de prueba, pp. 496-8.

Medios jurídicos y materiales, p. 76. Medios probatorios, pp. 237, 238.

Medios que puedan ser obtenidos por otros procedimientos, p. 383

Miedo insuperable como causa de exclu- sión de la inculpabilidad, p. 181.

Miedo insuperable y anulación de la volun- tad del agente, p. 182.

Mínimo normativo para su regulación, p. 352.

Mínimos derechos del acusado, p. 193.

Mínimos posibilitadores de la defensa del acusado, p. 193.

Ministro y titular de la potestad disciplina- ria conforme LOFAGE, pp. 460-1.

Moción razonada de los subordinados y la denuncia, p. 461.

Modificación en la calificación de los he- chos, p. 241.

Modulación de los principios penales al Derecho disciplinario, p. 103.

Motivación in aliunde, p. 506.

Motivación de la suspensión provisional, pp. 435-6, 441.

Motivación de la no incoación del expe- diente sancionador, p. 479.

Motivación de la resolución, pp. 338, 506. Motivación de la suspensión de funciones,

p. 439.

N




Naturaleza cautelar, p. 438.


Necesidad de probar los hechos, p. 205.

Necesidades organizativas y restricción de derechos fundamentales, p. 31.

Negativa del centro de registrar documen- tos presentados por los ciudadanos, pp. 400-1.

Non bis in idem y teorías de especial suje- ción, p. 283.

No descripción suficiente del tipo y conse- cuencia de esa negligencia, p. 119.

No hay pena sin culpabilidad, p. 166. 

No justificar todas las ausencias, p. 391.

No podrán ponderarse hechos diferentes de los que sirvieron de base al pliego de cargos y a la propuesta de resolución, p. 506.

No se castiga a quien se halle en una situa- ción de incompatibilidad, sólo el incum- plimiento de los plazos, p. 389.

Nombramiento de instructor y eventual- mente secretario, p. 473.

Nombramiento de Instructor por el Subse- cretario, p. 480.

Nombramiento del Secretario, p. 481. Normativa de las faltas, pp. 293-5.

Normativa del derecho a no declarar con- tra sí mismo, pp. 255-6.

Normativa reguladora de la potestad disci- plinaria, p. 49.

Notificación al inculpado concediéndole un plazo de 10 días para su contesta- ción, pp. 493, 494.

Notificación conforme a Derecho, p. 198. 

Notificación de la propuesta de resolución, pp. 239, 503.

Notificación de las faltas, p. 296. 

Notificación del nombramiento de Instructor y Secretario, p. 481.


Notoria inhibición de las tareas encomen- dadas, art. 31.1º.f) LMRFP de 1984, p. 332.

Notoriedad y conocimiento público de la segunda actividad, p. 344.

Nulidad absoluta, p. 235.

Nulidad del procedimiento por faltar la propuesta de resolución, p. 235.

Nulla poena sine crimine, nullum crimen sine lege y nulla poena et nulum crimen sine iudi- cio, p. 232.

Nulla poena sine lege, p. 87.

Nulo riesgo para el bien jurídico protegido, p. 121.

O




Obediencia debida sólo a la Ley, p. 376. Obediencia jerárquica y principio de lega-

lidad, p. 376.

Obediencia y respeto, p. 375. Objetividad y ética pública, pp. 253-4.

Objetividad e imparcialidad en la tramita- ción del expediente disciplinario, pp. 252-3, 255.

Objetividad exigible a la actuación de la Administración Pública, p. 253.

Objeto de la prueba, p. 204. 


Omisión de trámite esencial, p. 234. 


Opción por los tribunales, p. 113.

Oportunidad y Reserva de ley, p. 97.

Orden conminatoria del superior, p. 146. Orden del superior como un acto adminis-

trativo, p. 365.

Orden en ejercicio de competencia legal- mente reconocida, p. 146.

Orden injusta y su nula vinculación, p. 147.


Órdenes de servicio e instrucciones, pp. 108-11.

Organización administrativa y acomoda- ción a las necesidades de los ciudadanos, p. 76.

Órgano ad hoc encargado de fiscalizar las infracciones disciplinarias, p. 36.

Órgano competente para la información reservada, p. 470.

Órganos competentes para la imposición de sanción, p. 510.

Órganos directivos, p. 73.

Órganos superiores de la Administración Pública, p. 73.

Origen del principio de legalidad, 85.

P




Paralización forzada en el centro de tra- bajo, p. 397.

Parcialidad del instructor, pp. 483, 484-5. 

Penas humillantes, sufrimiento, envilecimiento o infracciones del art. 15 CE, p. 289.

Pérdida de la condición de funcionario público, pp. 423, 424.

Pérdida del puesto de trabajo, p. 443.

Pérdida o devaluación del estatus dentro de la organización, p. 363.

Perjuicio a la Administración Pública o provecho propio, p. 389.

Perjuicio grave a la Administración, pp. 326, 327.

Perjuicio irreparable y suspensión de fun- ciones, pp. 448-9.

Personal sanitario no jerarquizado de la Seguridad Social que realiza segunda ac- tividad, p. 346.

Pertinencia de las pruebas, pp. 210-11.


Pertinencia y relevancia de las pruebas propuestas, pp. 220, 221.

Perturbación anímica, pp. 181-2. Petición de reingreso, pp. 446-7.

Plazo para la ejecución de la sanción, p. 513.

Pliego de cargos e imposibilidad de acusa- ción implícita ni tacita, p. 490.

Pliego de cargos sustitutivo del trámite de audiencia, pp. 199-200.

Pliego de cargos sustituye el trámite de au- diencia, p. 488.

Pliego de cargos y acotación de los ilícitos, p. 489.

Pliego de cargos y contenido, p. 237. Pliego de cargos y denuncia, pp. 235-6. Pliego de cargos y denuncia, pp. 492-3.

Pliego de cargos y descripción vaga de los hechos, pp. 491-2.

Pliego de cargos y materialización del prin- cipio inquisitivo, p. 489.

Pliego de cargos y plazo de emisión, p. 489.

Pliego de cargos y su contestación, 495.

Pliego de cargos y subsanación, p. 490.

Poder de control sobre la actuación de los órganos inferiores, p. 81.

Poder de impulso de la actividad, p. 80.

Poder de inspección y de vigilancia sobre la actividad de los inferiores, p. 80.

Poder de operar transferencias a los órga- nos inferiores, p. 81.

Poder de resolución sobre conflictos de atribuciones de los órganos inferiores, p. 81.

Poder de suplir a los titulares de los órga- nos inferiores, p. 81.


Polémica doctrinal sobre el cambio de resi- dencia, pp. 445-3.

Politización patente en la organización pú- blica, p. 471.

Ponderación de los intereses en conflicto, pp. 531, 532

Potestad administrativa de organización, p. 83.

Potestad disciplinaria en Alemania, Bél- gica e Italia, p. 34.

Potestad disciplinaria y reserva de ley, p. 94.

Potestad disciplinaria como potestad de se- gundo plano de protección, p. 113.

Potestad disciplinaria como potestad deva- luada, p. 66.

Potestad disciplinaria en Italia, pp. 35-6. 

Potestad disciplinaria y derecho subjetivo, p. 88.

Potestad disciplinaria y estrategias gesto- ras, p. 47.

Potestad disciplinaria y organización de los servicios, p. 62

Potestad disciplinaria y potestad adminis- trativa, p. 111.

Potestad doméstica y evolución doctrinal, 106.

Potestad organizativa y eficacia, p. 79. Potestad reglamentaria y Derecho disciplinario, p. 97.

Potestad sancionadora como instrumento represor en beneficio de intereses parti- distas, p. 29.

Potestad sancionadora en los órganos juris- diccionales, p. 92.

Potestad sancionadora e ius puniendi del Estado, pp. 168, 171-2.

Práctica de prueba sin notificación al expe- dientado, p. 499.

Precisión normativa en el reglamento dis- ciplinario, p. 107.

Predeterminación de las conductas, p. 94. Predeterminación normativa, p. 94.

Predicción razonable de las consecuencias jurídicas de la conducta, p. 117.

Preeminencia del principio de legalidad, p. 91.

Prescindir total y absolutamente del procedi- miento, p. 234.

Prescripción del procedimiento disciplina- rio, pp. 248, 249.

Presencia del inculpado en todas las prue- bas ordenadas por el instructor con an- terioridad a la emisión del pliego de car- gos, p. 487.

Prestación de servicios de carácter no per- manente durante suspensión de funcio- nes, pp. 450-1.

Prestación de servicios en otra Administra- ción o trabajo no supone abandono de servicio, p. 312.

Presunción de actos dictados conforme al ordenamiento jurídico no supone una presunción de oportunidad, racionali- dad y buena gestión del servicio, p. 79.

Presunción de inocencia como presunción y no como derecho subjetivo, pp. 242-3.

Presunción de inocencia y negligencia, p. 248.

Presunción de inocencia, p. 165.

Presunción de inocencia y prohibición del

bis in idem, p. 273. Presupuestos de la jerarquía, 80.

Presupuestos para la presunción de ino- cencia, p. 242.

Previo requerimiento de la Administración a funcionario para su reincorporación, pp. 313-4.


Previsibilidad de las consecuencias jurídi- cas, p. 116.

Previsibilidad y evitabilidad, p. 167. 


Principio a un proceso justo, p. 89. 


Principio de confianza legítima, p. 224.

Principio de confianza legítima en rela- ción con la buena fe y la creencia, p. 157.

Principio de confianza legítima y cambios normativos, p. 162.

Principio de confianza legítima y principio de seguridad jurídica, p. 161.

Principio de confianza legítima y salva- guarda de derechos, p. 163.

Principio de confianza legítima y su aplica- ción, p. 160.

Principio de culpabilidad y Derecho disci- plinario, pp. 170-1.

Principio de economía procedimental, p. 225.

Principio de eficacia como sustrato norma- tivo de la decisión, p. 78.

Principio de eficacia, p. 74.

Principio de eficiencia y principio de inter- vención mínima, p. 123.

Principio de eficiencia, pp. 74-5. Principio de igualdad, pp. 304, 305.

Principio de intervención mínima y ges- tión pública, p. 123.

Principio de jerarquía y su devaluación, p. 81.

Principio de jerarquía, pp. 362, 263. Principio de lealtad, p. 55.

Principio de legalidad y Estado de Dere- cho, p. 85.

Principio de legalidad y Tratados interna- cionales, p. 87.

Principio de legalidad y ámbito de actua- ción de la organización pública, p. 88.

Principio de legalidad y derecho al libre desarrollo de la personalidad, p. 165.

Principio de legalidad y garantía criminal,  p. 86

Principio de legalidad y garantía discipli- naria, p. 86

Principio de legalidad y garantía judicial, p. 86.

Principio de legalidad y potestad domés- tica, p. 106.

Principio de legalidad y principio de tipici- dad, pp. 116-7.

Principio de legalidad y procedimiento dis- ciplinario, p. 232.

Principio de legalidad y su atenuación, p. 62.

Principio de legalidad y valores constitu- cionales, p. 86.

Principio de legalidad, reserva de ley, tipi- ficación, non bis in idem e irretroactivi- dad, p. 92

Principio de legalidad, y su entidad jurí- dica superior a los principios de eficien- cia y eficacia, p. 77.

Principio de organización, p. 363. Principio de proporcionalidad y corres-

pondencia entre hechos imputados y sanción, p. 288.

Principio de proporcionalidad y principio de prohibición del exceso, p. 289.

Principio de proporcionalidad y Principio general del derecho, p. 288.

Principio de proporcionalidad y Tratado de Roma, p. 288.

Principio de publicidad en la acción del Estado, p. 329.

Principio de responsabilidad objetiva o sin culpa, p. 169.

Principio de seguridad jurídica del art. 9.3º CE, p. 225.

Principio de seguridad jurídica, p. 191. 

Principio de separación de poderes y Principio de reserva de ley, p. 97.

Principio de tipicidad y seguridad jurídica, p. 117.

Principio de tipicidad y vinculación a los órganos jurisdiccionales, p. 118.

Principio del mal menor, p. 30. Principio fiat ius, pereat vita, p. 37.

Principio general de la carga de la prueba, p. 243.

Principio general del derecho como fun- damento de la prohibición del bis in idem, p. 272.

Principio general del derecho confianza legítima, p. 155.

Principio non bis in idem y delitos dolosos, p. 373.

Principios de autoridad y jerarquía, p. 31.

Principios de eficacia como el de autoorga- nización no poseen entidad superior al de legalidad ex art. 25.1º CE, p. 79.

Principios de eficacia y celeridad y potes- tad disciplinaria, p. 248.

Principios de legalidad y de reserva mate- rial de ley, p. 31.

Principios de tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad en los ilícitos administrativos, pp. 168-9.

Principios esenciales y reglas conformado- ras en el Derecho disciplinario, pp. 92, 93.

Privación de libertad, p. 191.

Privación de todos los honores, empleos y cargos públicos, p. 416.

Procedimiento administrativo de la separa- ción del servicio, p. 420.


Procedimiento disciplinario y legitimación del denunciante, p. 466-7.

Procedimiento disciplinario y órgano je- rárquico superior, p. 458.

Procedimiento disciplinario y recepción de los principios del derecho penal, p. 42.

Procedimiento especial disciplinaria ante la jurisdicción contencioso-administra- tiva, p. 114.

Procedimiento garantista con el derecho al cargo, 43.

Procesamiento penal y suspensión de fun- ciones, p. 423.

Proceso formativo de las máximas de expe- riencia, p. 207-8.

Prohibición atinente a los métodos de in- vestigación y a los medios probatorios, p. 223.

Prohibición de remisiones a reglamentos independientes y no subordinados a la Ley, p. 103.

Prohibición de la analogía en malam par- tem, p. 266.

Prohibición de la duplicidad de sanciones administrativas y penales, p. 279.

Prohibición de utilizar pruebas con vulne- ración de derechos fundamentales, p. 242.

Prohibición del bis in idem y triple identi- dad de sujeto, objeto y fundamento, pp. 281-2.

Prohibición del bis in idem, principio de proporcionalidad y cosa juzgada, p. 275.

Prohibición del bis in idem en ámbito penal y disciplinario, p. 284.

Prohibición del bis in idem y cosa juzgada, p. 273.

Prohibición del bis in idem y dignidad del funcionario, p. 274.


Prohibición del bis in idem y diversos proce- dimientos disciplinarios, p. 280.

Prohibición del bis in idem y principio de proporcionalidad, p. 274.

Prohibición del TC de crear un tipo autó- nomo y no analizarlo como reinciden- cia, pp. 358-9.

Prohibición extensión analógica de las in- fracciones, p. 267.

Prohibiciones probatorias y relaciones de especial sujeción, p. 224.

Prohibiciones probatorias, pp. 222, 223. Proporción hechos y sanción, p. 152.

Propuesta de resolución en plazo 10 días, p. 502.

Propuesta de resolución es un acto admi- nistrativo de trámite, p. 502.

Propuesta de resolución, p. 238. Propuesta de separación del servicio al

Consejo de Ministros, p. 421.

Propuesta de separación del servicio al MAP, p. 421.

Propuesta del instructor no carácter vincu- lante, pp. 507-9.

Proscripción dilaciones indebidas, p. 219. 


Protección de derechos fundamentales, p. 453.

Protección de la apariencia del acto irregu- lar, p. 163.

Protección de la apariencia jurídica, p. 163.

Protección de la confianza legítima, p. 160.

Protección de los medios que dispone la administración, p. 383.

Protección del ejercicio legítimo de la au- toridad, p. 376.

Protección individual y la defensa del or- den público, p. 135.


Protección penal de la integridad moral, p. 290.

Protección penal y administrativa de datos de carácter disciplinario, pp. 229-30.

Provecho propio como elemento de la in- fracción, p. 368.

Provisión en comisión de servicios cuyo ti- tular está en suspensión provisional, pp. 445-6.

Prueba indiciaria, pp. 246-7.

Prueba material y prueba procesal, p. 204. Prueba y datos, p. 205.

Prueba y derechos fundamentales, p. 128.

Prueba y motivación de la Sentencia, p. 200.

Prueba y silogismo judicial, p. 200. Publicidad, p. 379.

Q


Quiebra de la teoría de las relaciones de especial sujeción, p. 32.

R


Reacción punitiva desproporcional, p. 277.

Realización de las pruebas, p. 487.

Régimen estatutario de la función pública y limitación a la discrecionalidad, p. 85.

Régimen disciplinario militar, p. 191.

Registro Central de Personal, p. 533. 


Reglamento y Derecho disciplinario, p. 100.

Reglamento y determinación de las infrac- ciones disciplinarias, p. 62.

Reglamento y habilitación legal, p. 62. 

Reglamentos independientes, p. 98.

Reglas conformadoras, p. 93.


Regulación de las faltas leves, p. 405.

Rehabilitación a funcionarios locales, pp. 432-3.

Reincorporación del funcionario castigado con cambio de residencia, p. 453.

Reingreso y excedencia forzosa, pp. 443, 444.

Reingreso y excedencia voluntaria, p. 443.

Reiteración continuada en actos que su- pongan abandono de servicio, p. 313.

Relación de especial sujeción, p. 362.

Relación de Puestos de Trabajo, p. 71.

Relación directa entre la acción realizada y la norma sancionadora, p. 127.

Relación entre la prueba y la resolución del procedimiento disciplinario, p. 201.

Relaciones de autonomía-responsabilidad, p. 80.

Relaciones de especial sujeción y principio de legalidad penal, 104.

Relevancia, p. 236.

Remisión expediente disciplinario al ór- gano decisor, pp. 504-5.

Remoción de puesto de trabajo, p. 333.

Renuncia a su puesto de trabajo como causa de archivo de actuaciones discipli- narias, p. 321.

Renuncia de derechos y ámbito doméstico de la relación estatutaria, p. 64.

Renuncia de funcionario público, pp. 426- 7.

Represión banal, p. 123. Requiere desidia, dejadez, p. 409.

Requisito de causar grave daño a la función pública, p. 325.

Requisitos de la intoxicación plena, pp. 176-7.


Requisitos de la pertinencia de la prueba, p. 211.

Requisitos, pp. 141, 180-1, 324, 366-7. Reserva de ley en la UE, p. 65.

Reserva de ley tributaria, p. 103.

Reserva de ley y Derecho disciplinario, p. 96.

Resocialización del condenado, p. 192. 

Resolución judicial motivada sobre la denegación de la prueba, p. 219.

Resolución administrativa arbitraria y le- sión al derecho de defensa, p. 198.

Resolución administrativa y presunción de inocencia, p. 509.

Resolución de 2 de septiembre de 2002 so- bre modelos de anotación en el Registro de Personal, p. 53.

Resolución de la Secretaría General del MAP de 20 de diciembre de 2005, p. 391.

Resolución final dictada en plazo 10 días, p. 505.

Resolución que ordena la apertura de un expediente sancionador es un mero acto de trámite, p. 481.

Responsabilidad disciplinaria y Derecho penal, p. 34.

Responsabilidad disciplinaria y manage- ment «burocrático», p. 34.

Responsabilidad disciplinaria y responsabi- lidad penal, p. 32.

Responsabilidad disciplinaria y sujeción es- pecial, p. 31.

Responsabilidad disciplinaria y sus defini- ciones, p. 33.

Responsabilidad disciplinaria, derechos constitucionales y principios de derecho Penal, p. 34.

Responsabilidad penal y civil, pp. 284-5.

Retroacción de actuaciones para imputar al funcionario público, p. 258.

Riña obligada o impuesta, en la que se aprecia la existencia de agresor y víc- tima, p. 131.

S




Sanción degradante, p. 289.

Sanción sin informar de la acusación, p. 237.

Sanciones graves y operación reglada, p. 291.

Secretario de Ayuntamiento, pp. 430, 431.

Secretismo administrativo, pp. 329, 330. Secretos oficiales, p. 331.

Segunda sanción administrativa sobre le- sión del prestigio de la Administración Pública, p. 288.

Seguridad jurídica, p. 160.

Separación del servicio e inhabilitación ab- soluta, p. 422.

Separación del servicio en Corporación Local, pp. 430-1.

Separación del servicio y modificación nor- mativa, p. 419.

Separación del servicio y procedimiento administrativo, p. 419.

Significado equívoco de la culpabilidad en el Derecho disciplinario, p. 171.

Silencio de la Administración Pública, p. 155.

Silencios del miedo en la Administración, p. 471.

Sistema de incompatibilidades, pp. 341-2.

Situación administrativa y cumplimiento de la sanción, pp. 414-5.

Sordomudo, p. 179.









Subdelegados del gobierno y potestad dis- ciplinaria, p. 460.

Subordinación a la autoridad judicial, p. 260.

Subordinación de la Administración al Po- der judicial: características, p. 261.

Subsecretaría del Ministerio como órgano titular de la potestad disciplinaria, p. 459.

Subsecretario del Departamento en que esté destinado el funcionario, p. 459.

Subsunción per legem subsequentem, p. 127 

Sujeción especial de la Administración, p. 224.

Sumisión de la potestad disciplinaria al principio de legalidad, p. 46.

Suspensión de la sanción e incapacidad temporal, p. 516.

Suspensión por tiempo inferior a la pres- cripción de la sanción, p. 516.

Suspensión de funciones y constitucionali- dad de la medida, pp. 440-1.

Suspensión de la suspensión provisional, pp. 449-50.

Suspensión del acto entre la solicitud de suspensión y decisión del órgano juris- diccional, p. 519.

Suspensión del procedimiento cuando concurre letrado, p. 231.

Suspensión del procedimiento disciplina- rio, p. 285.

Suspensión provisional y excedencia vo- luntaria, p. 450.

Suspensión temporal de la sanción, pp. 513-5.

Sustracción de la responsabilidad discipli- naria a la autoridad administrativa, p. 35.



T



Talento: detección y la retención, p. 392.

Taxatividad, concreción y precisión en la definición del ilícito disciplinario, p. 272.

Técnicas directivas que potencian el ele- mento humano, p. 123.

TEDH, p. 305.

Teoría de la insignificancia jurídica, p. 121. Teorías sobre el término legislación vi-

gente, p. 98.

Término «acuerdos», p. 324. Término «manifiesta», p. 325. Término «ostensible», p. 333.

Término para solicitar el reingreso al servi- cio activo, p. 443.

Thema probandum, p. 204.

Tiempos medios de productividad de la unidad, p. 387.

Tipicidad como garantía material, pp. 116, 117.

Tipicidad y garantía formal, p. 117. Tipicidad y garantía que los ciudadanos ac-

túen sin temor a represalias, pp. 117, 119

Tipicidad: art. 25.1º, p. 116. Tipo in rigor exhaustivo, p. 126. Tipos de sanciones, pp. 413-4.

Tipos genéricos e infracciones difusas o in- determinadas de deberes, p. 118.

Titularidad de la potestad disciplinaria, p. 29.

Tolerancia o actitud pasiva ante el compor- tamiento irregular de sus subordinados, p. 374.

Toma de declaración del imputado, p. 237.


Toma de posesión de puesto asignado pro- visionalmente, pp. 444-5.

Toma de posesión y renuncia de derechos, p. 64.

Tortura, p. 304.

Trabajo como expresión de existencia, p. 66.

Trabajo y dignidad del hombre, p. 66. Trámites propuestos para preservar el de-

recho de defensa, p. 199.

Transformación del derecho al puesto de trabajo por el deber al puesto de tra- bajo, p. 44.

Transparencia administrativa, p. 329. Trastorno mental transitorio, p. 174.

Tratados internacionales de la presunción de inocencia, p. 241.

Tratados internacionales y derecho a la de- fensa, p. 193.

Tribunales de honor, p. 41. Tutela de orden general, p. 38.


Tutela del orden interno de la administra- ción, p. 38.

V

Vacaciones y suspensión firme de funcio- nes, p. 446.

Valor constitucional de la dignidad, p. 398.

Vehículo oficial para usos particulares como abuso de autoridad, p. 369.

Vinculación de los hechos probados en otras jurisdicciones, p. 262.

Violación de la neutralidad o de la inde- pendencia política, p. 340.

Violación del principio de reserva de ley, p. 65.

Violencia moral, p. 181. Visado, p. 504.

Vista del expediente al inculpado para ale- gaciones, p. 501.

Voluntad de incumplimiento, p. 365.

Voluntad decidida y firme de no llevarla a cabo, p. 366.

Voluntad del funcionario de incorporarse a su puesto de trabajo, p. 313.